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Premio al Mejor Expediente MIR 2025

¡Nuevo Lanzamiento! Plazo: 31 de julio de 2025.

Si eres socio de la SEAIC y terminas tu residencia en Alergología en julio de 2025, ¡participa!

 

La Fundación de la SEAIC convoca el Premio al Mejor Expediente MIR 2025, con el patrocinio de API (Asac Pharmaceutical Immunology), con el objetivo de reconocer la excelencia académica, profesional e investigadora de los médicos residentes en la especialidad de Alergología.

  • Premio: 5.000 €.
  • Para participar deberás presentar un Informe de Méritos debidamente justificado y certificado por tu tutor y jefe de servicio.
  • Descarga las bases para conocer todos los detalles

icono PDF Instrucciones Premio Mejor Expediente MIR 2025 (1171 descargas )

icono PDF Convocatoria Premio Mejor Expediente MIR 2025 (1287 descargas )

 

Convocatoria de ayudas de la Fundación 2013

La Fundación de la SEAIC convoca ayudas para trabajos de investigación con aplicación clínica y para formación continua con estudios en el extranjero.

icono PDF Fundación SEAIC - Ayudas 2013 (2624 descargas )

Infografía: alergia al polen

La primavera ha llegado y con ella la preocupación por la patología alérgica. En torno a ocho millones de españoles sufren alergia a pólenes y experimentan síntomas en esta época del año. Según las previsiones de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC), el nivel de intensidad de la alergia al polen para esta primavera será elevado en Andalucía, moderado en todo el centro peninsular y leve en el resto de España.

» Infografía: alergia al polen

Instrucciones para las votaciones para la renovación de cargos de la Junta Directiva

INSTRUCCIONES A LOS SOCIOS PARA LAS VOTACIONES PARA LA RENOVACIÓN DE CARGOS DE LA JUNTA DIRECTIVA
Octubre de 2022

icono candado Contenido disponible sólo para socios.You do not have access to this post.

XLVII Congreso Regional de la SCLAIC

Próximamente se celebrará el XLVII Congreso de la Sociedad Castellano Leonesa de Alergología e Inmunología Clínica (SCLAIC). Será el 12 y 13 de abril de 2024 en el Seminario San Atilano de Zamora.

Se publicará más información en la web de la SCLAIC: sclaic.com

Documento de Consenso Medicamentos Hemoderivados

Publicamos el Documento de Consenso sobre Medicamentos Hemoderivados en el que han participado la SEI, SEICAP, SEAIC y la Asociación Española de Déficits Inmunitarios Primarios (AEDIP), en colaboración con CLS Behring cuyo objetivo es evaluar el marco regulatorio vigente y su impacto en la disponibilidad de estos tratamientos esenciales, para abordar los retos actuales del sector y su efecto en la gestión clínica y en los pacientes.

icono PDF Documento de Consenso Medicamentos Hemoderivados (1042 descargas )

FAQLQ-AF

El cuestionario FAQLQ-AF, que forma parte del proyecto EuroPrevall, consta de una serie de preguntas destinadas a pacientes adultos para valorar la influencia de la alergia a alimentos en la calidad de vida.

icono PDF FAQLQ-AF (5601 descargas )

Recomendaciones GINA para tratamiento inhalado en asma durante Estado de Alarma COVID-19

Os adjuntamos las recomendaciones dadas por GINA para el tratamiento inhalado en asma durante la Crisis Sanitaria por COVID-19, incidiendo en la necesidad de que las personas con asma deben continuar usando sus inhaladores durante la epidemia de COVID-19.

Recomendaciones GINA Asma- COVID19

Acreditación UAG

Acreditación de Unidades de Asma Grave

 


 

A continuación puede encontrar los documentos para guiarle a través del proceso de acreditación de una Unidad de Asma Grave:


icono PDF Guía de acreditación de Unidades de Asma Grave(7673 descargas)

1.  Introducción

 

  • Importancia de las Unidades de Asma Grave
  • Experiencia: Unidades de Asma Grave acreditadas
  • Periodos de entrega de documentación y evaluación

 

 

2.  Procedimiento

 

  • Tipos criterios
  • Listado documentos requeridos
  • Checklist Criterios acreditación

 

 

 

1. ​Introducción

 

1.1.  Importancia de las Unidades de Asma Grave

La estimación actual es que del 3 al 10% de los adultos asmáticos padecen asma grave, y el asma pediátrica grave afecta hasta al 2,5% de todos los niños con asma. Sin embargo, estos pacientes tienen un impacto importante sobre los costes sanitarios y el consumo de recursos: estudios previos en nuestro país han estimado el coste del asma grave en 8554

€ / paciente / año.

 

En pacientes que presentan síntomas crónicos de asma grave es necesario un estudio riguroso y sistemático, aunque, al mismo tiempo, muchos de estos pacientes presentan

 

particularidades que requieren un estudio individualizado. Estas dos realidades han dado lugar a pautas de consenso que aconsejan identificar y controlar el asma grave en consultas especializadas y preferentemente multidisciplinarias, que se han implementado como Unidades de Asma Grave. Esta situación se ha visto reforzada, en los últimos años, con el desarrollo de fármacos biológicos específicos para el tratamiento de estos pacientes, con indicaciones precisas y criterios de seguimiento muy específicos.

En 2015, el comité de asma de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC), abordó la tarea de establecer los requisitos necesarios para la acreditación de las unidades de asma grave en todo el territorio nacional.

Los objetivos de este proceso fueron mejorar la atención clínica de los pacientes con asma grave unificando criterios de buena práctica, estructurar y facilitar el manejo clínico de estos pacientes y promover la investigación en asma grave. También se planteó como objetivo fundamental incrementar la educación del paciente asmático: es conocido que una formación adecuada aumenta el cumplimiento terapéutico y el control de la enfermedad.

La evaluación de las unidades se basa en la definición de unos criterios que se clasificaron en tres niveles: esenciales, recomendables y de excelencia. Según el grado de cumplimiento las unidades fueron acreditadas como unidad de asma grave (UAG) o como UAG de Excelencia.

 

1.2.  Experiencia: Unidades de Asma Grave acreditadas

Desde que se inició en 2015 el proceso de acreditación de UAG por parte de SEAIC se han acreditado, hasta noviembre 2020, un total de 33 Unidades, de las que 22 han obtenido la acreditación como Unidades de Excelencia.

Se puede consultar el listado de UAG acreditadas en la web de SEAIC en el siguiente enlace: https://www.seaic.org/profesionales/acreditacion-unidades-de-asma- grave/unidades-de-asma-grave-acreditadas

 

1.3.  Periodos de entrega de documentación y evaluación

El periodo de entrega de documentación está abierto permanentemente. Dos veces al año (30 de abril y el 31 de octubre) se evalúan las peticiones recibidas los seis meses previos, emitiéndose la resolución dentro de los 6 meses siguientes.

La sistemática de evaluación y acreditación si procediera será la siguiente:

 

  • Solicitudes recibidas entre el 1 de noviembre y el 30 de abril del siguiente año: el grupo acreditador responderá antes del 31 de octubre de dicho año.
  • Solicitudes recibidas entre el 1 de mayo y el 31 de octubre: el grupo acreditador responderá antes del 30 de abril del siguiente.

Tras obtener la acreditación correspondiente, desde la secretaría de la SEAIC se remitirá tanto a unidad solicitante, como a la Dirección /Gerencia del centro sanitario un Diploma acreditativo de la evaluación realizada

 

En el caso de que la Unidad sea acreditada, el acto oficial y la entrega del Diploma Oficial de acreditación al responsable de la Unidad tendrá lugar en la ceremonia de clausura del siguiente congreso/simposio de la SEAIC.

Así mismo, los centros acreditados como unidades de excelencia que lo deseen, podrán participar en el programa de estancias formativas dentro del proceso de Desarrollo Profesional Continuado (DPC) de la SEAIC, consistente en la realización de estancias en esos centros de alergólogos previamente seleccionados.

 

 

2. Procedimiento

 

 

2.1.  Tipos de criterios

Se establecen 3 tipos de criterios, imprescindibles, recomendables y de excelencia.

 

Para obtener la acreditación como Unidad de Asma Grave se deben cumplir el 100% de los criterios imprescindibles y el 70% (≥10) de los criterios recomendables.

Se establece también una acreditación para las unidades de asma grave con mención de excelencia a aquellas que cumplan al menos el 80% (≥13) de los criterios de excelencia.

 

En el Anexo 1 se puede consultar el listado de los diferentes criterios.

 

 

2.2.  Listado de documentos requeridos

El listado completo de documentos a aportar puede verse en el Anexo 2. Por su relevancia destacamos el Informe del Coordinador, el Organigrama y el Inventario de la Unidad.

Informe del Coordinador

 

Como responsable de la Unidad, el Coordinador debe dar fe de que se cumplen los criterios de acreditación. Es su responsabilidad que toda la información que se incluye en dicho informe sea veraz y exacta.

El informe debe responder y justificar, de forma individual, cada uno de los criterios imprescindibles y recomendables y, en el caso de optar a excelencia, los criterios de excelencia.

Organigrama

 

El Organigrama debe aportarse como un documento aparte, separado del Informe del Coordinador. Debe recoger de forma sistemática toda la información que se señala en el Anexo 2 en el apartado Organigrama.

Se recomienda realizar un esquema o figura donde se recojan todos los miembros de la Unidad, especificando sus funciones, responsabilidades, los procedimientos, etc.

Inventario de la Unidad

 

El inventario debe ser exhaustivo, incluyendo todo el material disponible en la Unidad: espacio físico, consultas, mobiliario, aparataje, material ofimático, material educativo disponible incluyendo dispositivos para entrenamiento, cuestionarios, material didáctico, vídeos explicativos, etc., equipamiento para tratar una crisis de asma o una reacción alérgica grave, carro de parada, desfibrilador, material para ventilación, soporte circulatorio, fluidos, nebulizadores, monitorización de pico de flujo, equipamiento para espirometría, material para prueba de broncodilatación, pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos, test de ejercicio, determinación de FeNO, estudio de celularidad en esputo inducido, equipamiento para los estudios de exploración y funcionalismo nasal: rinometría, fibroscopia nasal, FENO nasal, etc.

 

2.3.  Checklist de Criterios acreditación

En el Anexo 3 se encuentra el checklist de criterios de acreditación, donde se recogen los diferentes criterios y la forma de justificar cada uno de ellos. Se recomienda seguir este checklist a la hora de confeccionar el Informe del Coordinador y presentar la documentación, con el fin de facilitar el trabajo de evaluación.

icono PDF Anexo 1: Listado de criterios para la acreditación de Unidades de Asma Grave(7467 descargas)

Criterios imprescindibles

 

Para obtener la acreditación como Unidad de Asma Grave se deben cumplir el 100% de los criterios imprescindibles (CI):

  • CI9: La UAG permite la cita prioritaria a pacientes con un empeoramiento de su situación basal.

 

  • CI10: El sistema de citaciones de la UAG tiene en cuenta que el tipo de pacientes evaluados requieren mayor dedicación de tiempo, tanto de primeras visitas como en consecutivas.

 

  • CI11: La Unidad tiene designado un médico alergólogo responsable de la misma.

 

  • CI12: Existe un organigrama con la distribución de funciones y responsabilidades que es conocido por los miembros de la UAG y del Servicio de Alergología

 

  • CI13: La UAG incluye entre su personal al menos un DUE con experiencia en el manejo del asma grave y de las técnicas de exploración respiratoria.

 

  • CI14: La Unidad basa su actividad clínica en las recomendaciones de manejo del asma de los consensos vigentes avalados por la SEAIC y tiene una cartera de servicios acorde a estas guías.

 

  • CI16: La UAG dispone del instrumental, mobiliario y material ofimático necesario para el desarrollo de su cartera de Todo este material está inventariado.

 

  • CI17: La UAG realiza periódicamente la revisión de su aparataje, que tiene encomendada al servicio de mantenimiento de su hospital o a otra empresa externa suficientemente capacitada.

 

  • CI19: Existe una persona encargada de determinar la periodicidad de la calibración del aparataje y responsable de que esta calibración se lleve a cabo.

 

  • CI20: La calibración de los instrumentos de medida y de pruebas de función pulmonar se realiza con la periodicidad recomendada por el fabricante.

 

  • CI24: Todos los sistemas de información en los que se recopilan datos de pacientes cumplen con la Ley de Protección de Datos.

 

  • CI25: La UAG dispone de los medios necesarios para tratar una crisis de asma o una reacción alérgica grave.

 

  • CI26: Existe un responsable de revisar periódicamente la disponibilidad de los medios necesarios para el tratamiento de una crisis de asma o una relación alérgica grave en sus

 

  • CI27: Existe un responsable encargado de la revisión periódica, por medio de un libro de registro, de la caducidad de los medicamentos que existen en la UAG y del control de temperatura de los medicamentos que lo necesiten.

 

  • CI28: Existen hojas de consentimiento informado, que se cumplimentan antes de la realización de cualquier prueba de riesgo, con una copia para el paciente y otra copia para el archivo de la UAG.

 

  • CI30: Existe un plan escrito de medidas higiénicas para disminuir el riesgo de transmisión de enfermedades, aplicable a pacientes, personal e instalaciones implicados en los estudios de función pulmonar y otros procedimientos diagnósticos y terapéuticos, de acuerdo las recomendaciones de la SEAIC.

 

  • CI35: La UAG tiene entre sus objetivos la realización de investigación clínica sobre asma, con una actividad constatada mínima de una publicación anual en una revista especializada o de una presencia anual a un congreso.

 

  • CI69: La UAG sigue la nomenclatura y protocolo en vigor utilizados en los documentos avalados por SEAIC para designar y valorar a los pacientes con Asma Grave persistente no

 

 

La cartera de servicios incluye los siguientes servicios médicos:

 

  • CI38: Primeras visitas procedentes del Servicio de Alergología.

 

  • CI39: Interconsultas procedentes de los servicios de Urgencias y de otros especialistas.

 

  • CI40: Consultas

 

  • CI41: Elaboración de informe clínico en todos los casos al acabar el estudio inicial del paciente así como en las consultas sucesivas en caso de que existan cambios en el diagnóstico o tratamiento que lo hagan necesario.

 

 

La   cartera   de   servicios   incluye       los          siguientes        servicios       de educación para la salud:

 

  • CI42: Educación en

 

  • CI43: Valoración de la técnica de inhalación y educación sobre la misma.

 

 

La evaluación del paciente incluye las siguientes valoraciones periódicas:

  • CI46: Valoración de gravedad de la enfermedad siguiendo las recomendaciones de las GEMA o GINA junto con la historia clínica y exploración física, con especial relevancia en la dosis de tratamiento de corticoides inhalados prescrita y otros

 

  • CI47: Valoración del grado de control de la enfermedad mediante historia clínica y exploración física utilizando los criterios de las guías GEMA o GINA y usando herramientas como ACT o ACQ y función pulmonar.

 

  • CI48: Valoración del control de las comorbilidades

 

  • CI49: Valoración de los factores

 

La    cartera    de    servicios        incluye    los   siguientes        estudios alergológicos:

  • CI51: Estudios alergológicos in

 

  • CI52: Pruebas de exposición controlada con alérgenos: nasal, conjuntival, bronquial.

 

  • CI53: Estudios alergológicos in vitro: IgE total y específica, IgG específica, triptasa.

 

 

La cartera de servicios incluye las siguientes pruebas funcionales respiratorias:

  • CI57: Monitorización pico

 

  • CI58: Espirometría, Curva flujo/volumen.

 

  • CI59: Test

 

  • CI60: Pruebas de exposición a agentes broncoconstrictores directos y/o indirectos.

 

 

La cartera de servicios incluye al menos uno de los siguientes estudios de inflamación bronquial:

  • CI62:

 

 

 

La   cartera   de   servicios   incluye       las          siguientes       prestaciones terapéuticas:

  • CI64: Capacidad para utilizar tratamientos biológicos en los pacientes en los que estén indicados y de realizar los controles necesarios para la valoración de su eficacia y seguridad.

 

  • CI65: Uso de medicamentos en

 

Criterios recomendables

Para obtener la acreditación como Unidad de Asma Grave se deben cumplir el 70% de los criterios recomendables (CR):

  • CR1: La UAG tiene definidos los criterios de derivación que deben cumplir los pacientes que son remitidos para su

 

  • CR3: La UAG está señalizada físicamente en el centro

 

  • CR7: Existe un plan de reuniones periódicas (al menos una al año) con los miembros del servicio de Alergología en las que se explica el funcionamiento y actividad asistencial de la UAG.

 

  • CI15: La UAG funciona como una unidad multidisciplinar: existen profesionales de referencia de otras especialidades (EJ. ORL, neumología, gastroenterología, psiquiatría o psicología) para la valoración de comorbilidades, con los que se desarrollan sesiones conjuntas al menos una vez al año (de forma individual o con varias especialidades en la misma sesión).

 

  • CR18: Existe un procedimiento para comunicar si detecta alguna anomalía de funcionamiento del aparataje.

 

  • CR21: La actividad de la UAG se realiza en un entorno apropiado con acceso al material educativo y al aparataje necesarios para su actividad.

 

  • CR22: La UAG cuenta con un sistema de información con datos de su actividad para facilitar su gestión y evaluar el cumplimiento de los objetivos.

 

  • CR29: La UAG cuenta con el apoyo de un hospital de día para efectuar procedimientos que aconsejen ser realizados en ambiente hospitalario.

 

  • CR31: La UAG dispone de información anual sobre la actividad esencial realizada.

 

  • CR37: La UAG organiza sesiones clínicas periódicas.

 

La   cartera   de   servicios   incluye       los          siguientes        servicios       de educación para la salud:

  • CR44: Educación sobre la técnica de pico
  • CR45: Plan de automanejo por

La evaluación del paciente incluye las siguientes valoraciones periódicas:

  • CR50: Valoración de la calidad de vida por medio de cuestionarios (miniAQLQ en asma y SPRINT en rinitis).

La    cartera    de    servicios        incluye    los   siguientes        estudios alergológicos:

  • CR55: La UAG dispone de medios y protocolo para la realización de test de provocación con AINE con control espirométrico.

La cartera de servicios incluye estas otras prestaciones:

  • CR67: Colaboración en docencia y formación continuada de

Criterios de excelencia

Se establece también una acreditación para las unidades de asma grave con mención de excelencia a aquellas que cumplan al menos el 80% de los criterios de excelencia (CE):

  • CE2: La derivación a las UAG se realiza desde el propio servicio de Alergología, desde el servicio de Urgencias o desde cualquier otra especialidad hospitalaria.

 

  • CE4: La UAG aparece en la cartera de servicios del Servicio de Alergología o en algún documento similar como memoria de actividades o documentos oficiales internos del Servicio.

 

  • CE5: La UAG dispone de una cartera de servicios

 

  • CE6: La UAG dispone de una hoja de derivación para solicitar el acceso a la misma.

 

  • CE8: La UAG, en colaboración con el Servicio de Alergología al que pertenece, desarrolla actividades puntuales (al menos una al año) o continuadas en Atención Primaria, en las que da a conocer la cartera de servicios entre los médicos de AP de su área.

 

  • CE23: La UAG tienen definida una base de datos que completa en cada consulta y que permite la explotación de la información.

 

  • CE32: La UAG cuenta con un documento que permite la realización de reclamaciones y un mecanismo de respuesta a las mismas. Pueden utilizarse las del propio servicio o centro

 

  • CE33: La UAG realiza encuestas de satisfacción a los usuarios de forma periódica y cuenta con un buzón de sugerencias y

 

  • CE34: La UAG dispone de un plan de calidad y mejora continua, que es conocido por sus profesionales, y que identifica las áreas de mejora.

 

  • CE36: La UAG colabora con estudios multicéntricos con otras

La    cartera    de    servicios        incluye    los   siguientes        estudios alergológicos:

  • CE54: Acceso a la utilización de extractos alergénicos no habituales para la su utilización en pruebas diagnósticas específicas, como los test de provocación bronquial (o nasal) específica necesarias para el diagnóstico de asma ocupacional, intolerancia a AINEs o sensibilidad a alérgenos no habituales.
  • CE56: La UAG dispone de medios y protocolo para la realización de pauta de desensibilización a AINE.

 

La cartera de servicios incluye las siguientes pruebas funcionales respiratorias:

  • CE61: Test de ejercicio o

La cartera de servicios incluye al menos uno de los siguientes estudios de inflamación bronquial:

  • CE63: Estudio de la celularidad del esputo

La   cartera   de   servicios   incluye       las          siguientes       prestaciones terapéuticas:

  • CE66: Estudios de exploración y funcionalismo

La cartera de servicios incluye estas otras prestaciones:

  • CE68: Investigación con personal de apoyo.

icono PDF Anexo 2: Listado de documentos requeridos para solicitar la acreditación de una Unidad de Asma Grave(6820 descargas)

 

CI: Criterio Imprescindible CR: Criterio recomendable CE: Criterio de excelencia

 

  1. Organigrama de la UAG (Contenido especificado en "organigrama").

 

  1. Informe en el que coordinador de la UAG como responsable de la misma, dé fe de que se cumplen, los puntos referentes a su UAG que se especifican al final del documento. Contenido especificado en "Informe del coordinador").

 

  1. Inventario de la UAG (Contenido especificado en "Inventario)

 

  1. Curriculum vitae del alergólogo coordinador (CI11). Debe acreditar Formación específica en Asma Grave (Proactive, otros cursos)

 

  1. Curriculum vitae de DUE/DUEs a cargo de la UAG: referido a su experiencia específica en el manejo del asma grave y de las técnicas de exploración respiratoria (CI13). Recomendable Curso Formación Asma Grave.

 

  1. Informe de la última revisión del equipamiento de la UAG (CI17). Adjuntar

 

  1. Plantilla del libro de registro de la caducidad de los medicamentos que existen en la UAG y del control de temperatura de los medicamentos que lo necesiten (CR27)

 

  1. Ejemplo anonimizado de plan de automanejo en asma (CR45)

 

  1. Protocolo provocación con AINE con control espirométrico (CR55)

 

  1. Protocolo para la realización de pauta de desensibilización a AINE (CE56)

 

  1. Protocolo/s para las diferentes pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos (CI60)

 

12.  Protocolo de test de ejercicio o similar (CE61)

 

  1. Modelo de hoja de derivación de pacientes a la Si es telemático imprimir o captura de pantalla (CE6)

 

  1. Hoja modelo de citaciones de consulta de UAG anonimizada (CI10)

 

  1. Datos del último año de la actividad asistencial realizada (número de pacientes evaluados, número de visitas por paciente, exploraciones, etc) (CR31)

 

  1. Documento de consentimiento informado, que se cumplimentan antes de la realización de cualquier prueba de riesgo, con una copia para el paciente y otra copia para el archivo de la UAG (CI28)

 

17.  Documento para la realización de reclamaciones (CE32)

 

  1. Documento de encuestas de satisfacción / sugerencias y comentarios (CE33)

 

  1. Aportar Plan de calidad y mejora continua en vigor para el año en curso (CE34)

 

  1. Memoria anual de actividades en las que la UAG ha participado: publicaciones y aportaciones a cursos y congresos (CI35), docencia en el servicio, docencia con AP (CE8), estudios multicéntricos y estudios en redes en los que la UAG está incluida(CE36). Participación de personal de apoyo en los mismos (CE68): Adjuntar memoria. Especificar personas de apoyo y proyectos.

 

  1. Cartera servicios aprobada y firmada por dirección del Hospital (CE5)

 

  1. Certificado Comisión de Docencia del Hospital de que colabora en docencia y formación continuada de postgrado (CR67)

 

Organigrama de la UAG

Debe dar información sobre la composición y forma de organización de la UAG. Como esquema, debe incluir, en caso de que existan, los siguientes puntos:

 

  • Médicos de la El coordinador debe ser alergólogo (CI11+ curriculum vitae)
  • DUEs a cargo de la UAG (CI13 + curriculum vitae)
  • Organigrama de la UAG, explicando su funcionamiento y el cometido de cada uno de sus integrantes (CI12),
  • Cauces de detección y solución de problemas en el equipamiento (CR18). Descripción del procedimiento establecido.
  • Persona encargada de controlar la periodicidad de la calibración del aparataje y responsable de que esta calibración se lleve a cabo (CI19)
  • Responsable de revisar periódicamente la disponibilidad de los medios necesarios para el tratamiento de una crisis de asma o una reacción alérgica grave en sus instalaciones (CI26)
  • Responsable encargado de la revisión periódica, por medio de un libro de registro, de la caducidad de los medicamentos que existen en la UAG y del control de temperatura de los medicamentos que lo necesiten (CI27 + plantilla del libro de registro)
  • Responsable de realizar educación en asma (CI42), de valorar la técnica de Inhalación y educar sobre la misma (CI43), de enseñar la técnica de pico flujo (CI44), de elaborar y explicar de planes de automanejo por escrito (CR45 + ejemplo anonimizado)
  • Responsable de valorar la gravedad del asma (CI46), su grado de control (CI47), el control de comorbilidades asociadas (CI48) y factores desencadenantes CI49)
  • Responsable de la entrega y valoración de los índices de calidad de vida por medio de cuestionarios (miniAQLQ en asma y SPRINT en rinitis) (CR50)
  • Responsable de realizar pruebas cutáneas (CI51), pruebas de exposición controlada con alérgenos: nasal, conjuntival, bronquial (CI52), estudios alergológicos in vitro: IgE total y específica, IgG específica, triptasa (CI53), pruebas de provocación con AINEs (CR55 + adjuntar protocolo)
  • Responsable de realización de pautas de desensibilización con AINEs (CE56 + adjuntar protocolo)
  • Responsable de indicar, realizar y valorar el resultado de: monitorización de pico de flujo (CI57), espirometría: curvas flujo/volumen (CI58), prueba de broncodilatación (CI59), Pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos (CI60), Test de ejercicio (CE61), determinación de FENO (CI62), estudio de celularidad en esputo inducido (CE63)
  • Responsables de los estudios de exploración y funcionalismo nasal: rinometría, fibroscopia nasal, FENO nasal (CE66)

 

Informe del coordinador de la UAG

Como responsable de la misma, debe dar fé de que se cumplen los siguientes puntos referentes a su UAG :

·       Características de la UAG:

  • Señalizada físicamente en el servicio/centro hospitalario (CR3). Adjuntar
  • Presente en la cartera de servicios del Alergología (CE4)
  • Desarrolla su actividad en un entorno apropiado con acceso al material educativo y al aparataje necesarios para su actividad (CR21)
  • Cuenta con el apoyo de un hospital de día para efectuar procedimientos que aconsejen ser realizados en ambiente hospitalario (CR29)

·       Funcionamiento de la UAG:

  • Criterios de derivación de pacientes (CR1). Adjuntar los Criterios de derivación.
  • Especificación de la procedencia de los pacientes (desde dónde se derivan) (CE2)
  • Hoja de derivación para solicitar el acceso a la misma (CE6 + modelo de hoja de derivación, si es telemático imprimir o captura de pantalla (CE6)
  • Actividad multidisciplinar: existen profesionales de referencia de otras especialidades (ORL, neumología, GI, psiquiatría, psicología, etc) (CR15)
  • Especificación de los consensos y guías en los que basa su actividad y desarrolla su cartera de servicios (CI14)
  • Cartera de servicios actualizada (CE5).
  • Sistema de información con datos de su actividad para facilitar su gestión y evaluar el cumplimiento de los objetivos. Explicar en qué consiste (CR22)
  • La UAG tiene definida una base de datos que completa en cada consulta y que permite la explotación de la información (CE23). Adjuntar captura de pantalla base de datos.
  • Todos los sistemas de información en los que se recopilan datos de pacientes cumplen con la Ley de Protección de Datos (CI24)
  • La UAG dispone de información anual sobre la actividad asistencial realizada (CR31) + Datos del último año: actividad en primeras visitas procedentes del servicio de Alergología (CI38), Interconsultas procedentes de los servicios de Urgencias y de otros especialistas (CI39), consultas sucesivas (CI40)
  • Permite la cita prioritaria a pacientes con empeoramiento de su situación basal (CI9)
  • Sistema de citaciones de la UAG y tiempo dedicado a los pacientes evaluados en la (CI10 + hoja modelo citaciones)
  • Funcionamiento de la actividad asistencial de la UAG
    • Se valora la gravedad de la enfermedad siguiendo las recomendaciones de las guías de práctica clínica (especificar cuál) junto con historia clínica y exploración

 

física, con especial relevancia en la dosis de tratamiento de corticoides inhalados prescrita y otros controladores. (CI46)

  • Se valora el grado de control de la enfermedad mediante historia clínica y exploración física utilizando los criterios de las guías de práctica clínica (especificar cuál), usando herramientas como ACT o ACQ y función (CI47)
  • Se valora el control de las comorbilidades asociadas (CI 48)
  • Se valoran los factores desencadenantes (CI49)
  • Se valora la calidad de vida por medio de cuestionarios (miniAQLQ en asma y SPRINT en rinitis) (CR50)
  • Se realizan estudios alergológicos in vivo (CI51), Pruebas de exposición controlada con alérgenos: nasal, conjuntival, bronquial (CI52),
  • Acceso a estudios alergológicos in vitro: IgE total y específica, IgG específica, triptasa (CI53)
  • Acceso a extractos alergénicos comerciales y no comerciales para pruebas diagnósticas in vivo (CE54)
  • Se dispone de medios y protocolo para la realización de test de provocación con AINE con control espirométrico (CR55 + adjuntar protocolo)
  • Se realiza:
    • Monitorización de pico de flujo (CI57),
    • Espirometría: curvas flujo/volumen (CI58),
    • Prueba de broncodilatación (CI59),
    • Pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos : indicar cuales (CI60 + incluir protocolos),
    • Test de ejercicio o similar (CE61 + incluir protocolo),
    • Determinación de FENO (CI62),
    • Estudio de celularidad en esputo inducido (CE63)
    • Estudios de exploración y funcionalismo nasal: rinometría, fibroscopia nasal, FENO nasal (CE66)
  • Los pacientes cumplimentan un documento de consentimiento informado, antes de la realización de cualquier prueba de riesgo, con una copia para el paciente y otra copia para el archivo de la UAG (CI28 + incluir hoja)
  • Se elabora un informe clínico en todos los casos al acabar el estudio inicial del paciente así como en las consultas sucesivas en caso de que existan cambios en el diagnóstico o tratamiento que lo hagan necesario (CI 41)
  • Se realiza educación en el asma (CI42): Aportar sesiones, temas y tareas. Conocer que el asma es una enfermedad crónica y necesita tratamiento continuo, Saber las diferencias que existen entre inflamación y broncoconstricción, Diferenciar los fármacos “controladores” de la inflamación, de los “aliviadores” de la obstrucción, Reconocer los síntomas de la enfermedad, Identificar y evitar en lo posible los desencadenantes,

 

Monitorizar los síntomas, Reconocer los signos y síntomas de agravamiento de la enfermedad (pérdida del control) y Actuar ante un deterioro de su enfermedad para prevenir la crisis o exacerbación.

  • Se comprueba la técnica de inhalación y se educa sobre la misma (CI43)
  • Educación sobre la técnica de pico flujo (CR44)
  • Se entregan y explican planes de Plan de automanejo por escrito (CR45 + ejemplo anonimizado)
  • Emplea tratamientos biológicos en los pacientes con indicación y realiza los controles necesarios para la valoración de su eficacia y seguridad (CI64)
  • Administra tratamientos nebulizados (CI65)
  • Control de calidad de la Actividad asistencial de la UAG
    • Existe un documento para realizar reclamaciones y un mecanismo de respuesta a las Pueden utilizarse las del propio servicio o centro sanitario (CE32 + documento)
    • Se realizan encuestas de satisfacción a los usuarios de forma periódica y cuenta con un buzón para sugerencias y comentarios (CE33 + documento)
    • Se dispone de un plan de calidad y mejora continua, que es conocido por los integrantes de la UAG, y que identifica las áreas de mejora (CE34 + documento)
    • La UAG sigue la nomenclatura y protocolo en vigor utilizados en los documentos avalados por SEAIC para designar y valorar a los pacientes con Asma Grave persistente no controlada (CI 69)
  • Actividades de la UAG
    • Sesiones clínicas periódicas: periodicidad y contenido (CR37)
    • Plan de reuniones periódicas con los miembros del Alergología y en qué consisten las mismas (CR7)
    • Desarrollo, en colaboración con el servicio de Alergología, de actividades puntuales o continuadas con AP (CE8 + listado/certificado de actividades organizadas)
    • Colabora en docencia y formación continuada de postgrado (CR67). Aportar

Certificado Comisión de Docencia del Hospital.

  • Investigación con personal de apoyo (CE68) + adjuntar memoria: Especificar personas de apoyo y proyectos.
  • Control de calidad del aparataje de la UAG
    • Revisión periódica del aparataje: quien realiza la revisión y con qué periodicidad (CI17+ documento de la última revisión)
    • La calibración de los instrumentos de medida y de pruebas de función pulmonar se realiza con la periodicidad recomendada por el fabricante (CI20)
  • Existe un plan escrito de medidas higiénicas para disminuir el riesgo de transmisión de enfermedades, aplicable a pacientes, personal e instalaciones implicados en los estudios de función pulmonar, de acuerdo al plan de

 

recomendaciones de la SEAIC y SEPAR (CI30). Especificar persona responsable + Enviar check list del procedimiento.

 

Inventario de la UAG, especificar:

  • Material ofimático inventariado necesario para el desarrollo de su cartera de servicios. (CI16)
  • Material educativo y aparataje necesarios para la actividad de la UAG (CR21)
  • Equipamiento para tratar una crisis de asma o una reacción alérgica grave (CI25)
  • Equipamiento para Monitorización de pico de flujo (CI57),
  • Equipamiento para Espirometría (CI58), Prueba de broncodilatación (CI59), Pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos, (CI60), Test de ejercicio (CE61), Determinación de FENO (CI62), Estudio de celularidad en esputo inducido (CE63)
  • Equipamiento para los estudios de exploración y funcionalismo nasal: rinometría, fibroscopia nasal, FENO nasal (CE66)

*Este “check list” basado en los criterios de la SEAIC para acreditación de UAG, es orientativo. Se recomienda que el solicitante revise detenidamente dicho documento de criterios a fin de que los documentos que se remitan reflejen la debida información.

icono PDF Anexo 3: Checklist de criterios de acreditacion de Unidades de Asma Grave(6373 descargas)

Documentación que se debe presentar para optar por la acreditación de Unidad de Asma Grave (UAG).

Para facilitar el proceso de evaluación se deberá adjuntar la documentación requerida junto con un informe escrito explicativo del coordinador de la UAG. En caso de que el comité evaluador tenga dudas acerca de alguno de los criterios presentados, pedirá al coordinador de la UAG más información al respecto. Cabe la posibilidad de que algún miembro del comité evaluador (o personas designadas por él) realicen visitas presenciales de comprobación a los centros solicitantes.

 

CI: Criterio Imprescindible

CR: Criterio recomendable

CE: Criterio de excelencia

CriterioModo de evaluaciónTipo
1. Criterios definidos de derivación de los pacientes a la UAGInforme del coordinador

Adjuntar criterios

CR
2. La derivación a la UAG se puede realizar desde el S. de Alergología, Urgencias o desde cualquier otra especialidad hospitalariaInforme del coordinadorCE
3. Está señalizada físicamente en el centro hospitalarioInforme del coordinador

Enviar Foto

CR
4. Aparece en la cartera de servicios del S. de Alergología o similar (memoria de actividades, documentos internos, etc)Informe del coordinador Adjuntar copiaCE
5. Dispone de cartera de servicios actualizadaInforme del coordinador Adjuntar Cartera servicios aprobada y firmada por direcciónCE
6. Dispone de hoja de derivación para solicitar el acceso a la mismaPresentación del documento,

si es telemático imprimir o captura de pantalla

CE
7. Existe un plan de reuniones periódicas (≥1/año) con los miembros del S. Alergología en las que se explicará el funcionamiento y actividad asistencial de la UAGInforme del coordinadorCR
8. La UAG, en colaboración con el S. de Alergología, al que pertenece, desarrolla actividades puntuales (≥1/año) o continuadas con AP, en las que da a conocer su cartera de servicios entre los médicos de AP de su áreaInforme del coordinador + Detallar actividades en las que se ha participadoCE
9. Permite la cita prioritaria a pacientes con empeoramiento de su situación basalInforme del coordinadorCI

Puede enviar sus datos a través del siguiente formulario y nos pondremos en contacto con usted:

    Nombre completo

    Cargo

    Centro

    Dirección

    e-Mail

    Teléfono

    Documentación adjunta
    Tamaño máximo: 10 Mb

    Acreditación de Unidades de Asma Grave

    A continuación puede encontrar los documentos para guiarle a través del proceso de acreditación de una Unidad de Asma Grave:


    icono PDF Guía de acreditación de Unidades de Asma Grave(7673 descargas)

    1.  Introducción

     

    • Importancia de las Unidades de Asma Grave
    • Experiencia: Unidades de Asma Grave acreditadas
    • Periodos de entrega de documentación y evaluación

     

     

    2.  Procedimiento

     

    • Tipos criterios
    • Listado documentos requeridos
    • Checklist Criterios acreditación

     

     

     

    1. ​Introducción

     

    1.1.  Importancia de las Unidades de Asma Grave

    La estimación actual es que del 3 al 10% de los adultos asmáticos padecen asma grave, y el asma pediátrica grave afecta hasta al 2,5% de todos los niños con asma. Sin embargo, estos pacientes tienen un impacto importante sobre los costes sanitarios y el consumo de recursos: estudios previos en nuestro país han estimado el coste del asma grave en 8554

    € / paciente / año.

     

    En pacientes que presentan síntomas crónicos de asma grave es necesario un estudio riguroso y sistemático, aunque, al mismo tiempo, muchos de estos pacientes presentan

     

    particularidades que requieren un estudio individualizado. Estas dos realidades han dado lugar a pautas de consenso que aconsejan identificar y controlar el asma grave en consultas especializadas y preferentemente multidisciplinarias, que se han implementado como Unidades de Asma Grave. Esta situación se ha visto reforzada, en los últimos años, con el desarrollo de fármacos biológicos específicos para el tratamiento de estos pacientes, con indicaciones precisas y criterios de seguimiento muy específicos.

    En 2015, el comité de asma de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC), abordó la tarea de establecer los requisitos necesarios para la acreditación de las unidades de asma grave en todo el territorio nacional.

    Los objetivos de este proceso fueron mejorar la atención clínica de los pacientes con asma grave unificando criterios de buena práctica, estructurar y facilitar el manejo clínico de estos pacientes y promover la investigación en asma grave. También se planteó como objetivo fundamental incrementar la educación del paciente asmático: es conocido que una formación adecuada aumenta el cumplimiento terapéutico y el control de la enfermedad.

    La evaluación de las unidades se basa en la definición de unos criterios que se clasificaron en tres niveles: esenciales, recomendables y de excelencia. Según el grado de cumplimiento las unidades fueron acreditadas como unidad de asma grave (UAG) o como UAG de Excelencia.

     

    1.2.  Experiencia: Unidades de Asma Grave acreditadas

    Desde que se inició en 2015 el proceso de acreditación de UAG por parte de SEAIC se han acreditado, hasta noviembre 2020, un total de 33 Unidades, de las que 22 han obtenido la acreditación como Unidades de Excelencia.

    Se puede consultar el listado de UAG acreditadas en la web de SEAIC en el siguiente enlace: https://www.seaic.org/profesionales/acreditacion-unidades-de-asma- grave/unidades-de-asma-grave-acreditadas

     

    1.3.  Periodos de entrega de documentación y evaluación

    El periodo de entrega de documentación está abierto permanentemente. Dos veces al año (30 de abril y el 31 de octubre) se evalúan las peticiones recibidas los seis meses previos, emitiéndose la resolución dentro de los 6 meses siguientes.

    La sistemática de evaluación y acreditación si procediera será la siguiente:

     

    • Solicitudes recibidas entre el 1 de noviembre y el 30 de abril del siguiente año: el grupo acreditador responderá antes del 31 de octubre de dicho año.
    • Solicitudes recibidas entre el 1 de mayo y el 31 de octubre: el grupo acreditador responderá antes del 30 de abril del siguiente.

    Tras obtener la acreditación correspondiente, desde la secretaría de la SEAIC se remitirá tanto a unidad solicitante, como a la Dirección /Gerencia del centro sanitario un Diploma acreditativo de la evaluación realizada

     

    En el caso de que la Unidad sea acreditada, el acto oficial y la entrega del Diploma Oficial de acreditación al responsable de la Unidad tendrá lugar en la ceremonia de clausura del siguiente congreso/simposio de la SEAIC.

    Así mismo, los centros acreditados como unidades de excelencia que lo deseen, podrán participar en el programa de estancias formativas dentro del proceso de Desarrollo Profesional Continuado (DPC) de la SEAIC, consistente en la realización de estancias en esos centros de alergólogos previamente seleccionados.

     

     

    2. Procedimiento

     

     

    2.1.  Tipos de criterios

    Se establecen 3 tipos de criterios, imprescindibles, recomendables y de excelencia.

     

    Para obtener la acreditación como Unidad de Asma Grave se deben cumplir el 100% de los criterios imprescindibles y el 70% (≥10) de los criterios recomendables.

    Se establece también una acreditación para las unidades de asma grave con mención de excelencia a aquellas que cumplan al menos el 80% (≥13) de los criterios de excelencia.

     

    En el Anexo 1 se puede consultar el listado de los diferentes criterios.

     

     

    2.2.  Listado de documentos requeridos

    El listado completo de documentos a aportar puede verse en el Anexo 2. Por su relevancia destacamos el Informe del Coordinador, el Organigrama y el Inventario de la Unidad.

    Informe del Coordinador

     

    Como responsable de la Unidad, el Coordinador debe dar fe de que se cumplen los criterios de acreditación. Es su responsabilidad que toda la información que se incluye en dicho informe sea veraz y exacta.

    El informe debe responder y justificar, de forma individual, cada uno de los criterios imprescindibles y recomendables y, en el caso de optar a excelencia, los criterios de excelencia.

    Organigrama

     

    El Organigrama debe aportarse como un documento aparte, separado del Informe del Coordinador. Debe recoger de forma sistemática toda la información que se señala en el Anexo 2 en el apartado Organigrama.

    Se recomienda realizar un esquema o figura donde se recojan todos los miembros de la Unidad, especificando sus funciones, responsabilidades, los procedimientos, etc.

    Inventario de la Unidad

     

    El inventario debe ser exhaustivo, incluyendo todo el material disponible en la Unidad: espacio físico, consultas, mobiliario, aparataje, material ofimático, material educativo disponible incluyendo dispositivos para entrenamiento, cuestionarios, material didáctico, vídeos explicativos, etc., equipamiento para tratar una crisis de asma o una reacción alérgica grave, carro de parada, desfibrilador, material para ventilación, soporte circulatorio, fluidos, nebulizadores, monitorización de pico de flujo, equipamiento para espirometría, material para prueba de broncodilatación, pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos, test de ejercicio, determinación de FeNO, estudio de celularidad en esputo inducido, equipamiento para los estudios de exploración y funcionalismo nasal: rinometría, fibroscopia nasal, FENO nasal, etc.

     

    2.3.  Checklist de Criterios acreditación

    En el Anexo 3 se encuentra el checklist de criterios de acreditación, donde se recogen los diferentes criterios y la forma de justificar cada uno de ellos. Se recomienda seguir este checklist a la hora de confeccionar el Informe del Coordinador y presentar la documentación, con el fin de facilitar el trabajo de evaluación.

    icono PDF Anexo 1: Listado de criterios para la acreditación de Unidades de Asma Grave(7467 descargas)

    Criterios imprescindibles

     

    Para obtener la acreditación como Unidad de Asma Grave se deben cumplir el 100% de los criterios imprescindibles (CI):

    • CI9: La UAG permite la cita prioritaria a pacientes con un empeoramiento de su situación basal.

     

    • CI10: El sistema de citaciones de la UAG tiene en cuenta que el tipo de pacientes evaluados requieren mayor dedicación de tiempo, tanto de primeras visitas como en consecutivas.

     

    • CI11: La Unidad tiene designado un médico alergólogo responsable de la misma.

     

    • CI12: Existe un organigrama con la distribución de funciones y responsabilidades que es conocido por los miembros de la UAG y del Servicio de Alergología

     

    • CI13: La UAG incluye entre su personal al menos un DUE con experiencia en el manejo del asma grave y de las técnicas de exploración respiratoria.

     

    • CI14: La Unidad basa su actividad clínica en las recomendaciones de manejo del asma de los consensos vigentes avalados por la SEAIC y tiene una cartera de servicios acorde a estas guías.

     

    • CI16: La UAG dispone del instrumental, mobiliario y material ofimático necesario para el desarrollo de su cartera de Todo este material está inventariado.

     

    • CI17: La UAG realiza periódicamente la revisión de su aparataje, que tiene encomendada al servicio de mantenimiento de su hospital o a otra empresa externa suficientemente capacitada.

     

    • CI19: Existe una persona encargada de determinar la periodicidad de la calibración del aparataje y responsable de que esta calibración se lleve a cabo.

     

    • CI20: La calibración de los instrumentos de medida y de pruebas de función pulmonar se realiza con la periodicidad recomendada por el fabricante.

     

    • CI24: Todos los sistemas de información en los que se recopilan datos de pacientes cumplen con la Ley de Protección de Datos.

     

    • CI25: La UAG dispone de los medios necesarios para tratar una crisis de asma o una reacción alérgica grave.

     

    • CI26: Existe un responsable de revisar periódicamente la disponibilidad de los medios necesarios para el tratamiento de una crisis de asma o una relación alérgica grave en sus

     

    • CI27: Existe un responsable encargado de la revisión periódica, por medio de un libro de registro, de la caducidad de los medicamentos que existen en la UAG y del control de temperatura de los medicamentos que lo necesiten.

     

    • CI28: Existen hojas de consentimiento informado, que se cumplimentan antes de la realización de cualquier prueba de riesgo, con una copia para el paciente y otra copia para el archivo de la UAG.

     

    • CI30: Existe un plan escrito de medidas higiénicas para disminuir el riesgo de transmisión de enfermedades, aplicable a pacientes, personal e instalaciones implicados en los estudios de función pulmonar y otros procedimientos diagnósticos y terapéuticos, de acuerdo las recomendaciones de la SEAIC.

     

    • CI35: La UAG tiene entre sus objetivos la realización de investigación clínica sobre asma, con una actividad constatada mínima de una publicación anual en una revista especializada o de una presencia anual a un congreso.

     

    • CI69: La UAG sigue la nomenclatura y protocolo en vigor utilizados en los documentos avalados por SEAIC para designar y valorar a los pacientes con Asma Grave persistente no

     

     

    La cartera de servicios incluye los siguientes servicios médicos:

     

    • CI38: Primeras visitas procedentes del Servicio de Alergología.

     

    • CI39: Interconsultas procedentes de los servicios de Urgencias y de otros especialistas.

     

    • CI40: Consultas

     

    • CI41: Elaboración de informe clínico en todos los casos al acabar el estudio inicial del paciente así como en las consultas sucesivas en caso de que existan cambios en el diagnóstico o tratamiento que lo hagan necesario.

     

     

    La   cartera   de   servicios   incluye       los          siguientes        servicios       de educación para la salud:

     

    • CI42: Educación en

     

    • CI43: Valoración de la técnica de inhalación y educación sobre la misma.

     

     

    La evaluación del paciente incluye las siguientes valoraciones periódicas:

    • CI46: Valoración de gravedad de la enfermedad siguiendo las recomendaciones de las GEMA o GINA junto con la historia clínica y exploración física, con especial relevancia en la dosis de tratamiento de corticoides inhalados prescrita y otros

     

    • CI47: Valoración del grado de control de la enfermedad mediante historia clínica y exploración física utilizando los criterios de las guías GEMA o GINA y usando herramientas como ACT o ACQ y función pulmonar.

     

    • CI48: Valoración del control de las comorbilidades

     

    • CI49: Valoración de los factores

     

    La    cartera    de    servicios        incluye    los   siguientes        estudios alergológicos:

    • CI51: Estudios alergológicos in

     

    • CI52: Pruebas de exposición controlada con alérgenos: nasal, conjuntival, bronquial.

     

    • CI53: Estudios alergológicos in vitro: IgE total y específica, IgG específica, triptasa.

     

     

    La cartera de servicios incluye las siguientes pruebas funcionales respiratorias:

    • CI57: Monitorización pico

     

    • CI58: Espirometría, Curva flujo/volumen.

     

    • CI59: Test

     

    • CI60: Pruebas de exposición a agentes broncoconstrictores directos y/o indirectos.

     

     

    La cartera de servicios incluye al menos uno de los siguientes estudios de inflamación bronquial:

    • CI62:

     

     

     

    La   cartera   de   servicios   incluye       las          siguientes       prestaciones terapéuticas:

    • CI64: Capacidad para utilizar tratamientos biológicos en los pacientes en los que estén indicados y de realizar los controles necesarios para la valoración de su eficacia y seguridad.

     

    • CI65: Uso de medicamentos en

     

    Criterios recomendables

    Para obtener la acreditación como Unidad de Asma Grave se deben cumplir el 70% de los criterios recomendables (CR):

    • CR1: La UAG tiene definidos los criterios de derivación que deben cumplir los pacientes que son remitidos para su

     

    • CR3: La UAG está señalizada físicamente en el centro

     

    • CR7: Existe un plan de reuniones periódicas (al menos una al año) con los miembros del servicio de Alergología en las que se explica el funcionamiento y actividad asistencial de la UAG.

     

    • CI15: La UAG funciona como una unidad multidisciplinar: existen profesionales de referencia de otras especialidades (EJ. ORL, neumología, gastroenterología, psiquiatría o psicología) para la valoración de comorbilidades, con los que se desarrollan sesiones conjuntas al menos una vez al año (de forma individual o con varias especialidades en la misma sesión).

     

    • CR18: Existe un procedimiento para comunicar si detecta alguna anomalía de funcionamiento del aparataje.

     

    • CR21: La actividad de la UAG se realiza en un entorno apropiado con acceso al material educativo y al aparataje necesarios para su actividad.

     

    • CR22: La UAG cuenta con un sistema de información con datos de su actividad para facilitar su gestión y evaluar el cumplimiento de los objetivos.

     

    • CR29: La UAG cuenta con el apoyo de un hospital de día para efectuar procedimientos que aconsejen ser realizados en ambiente hospitalario.

     

    • CR31: La UAG dispone de información anual sobre la actividad esencial realizada.

     

    • CR37: La UAG organiza sesiones clínicas periódicas.

     

    La   cartera   de   servicios   incluye       los          siguientes        servicios       de educación para la salud:

    • CR44: Educación sobre la técnica de pico
    • CR45: Plan de automanejo por

    La evaluación del paciente incluye las siguientes valoraciones periódicas:

    • CR50: Valoración de la calidad de vida por medio de cuestionarios (miniAQLQ en asma y SPRINT en rinitis).

    La    cartera    de    servicios        incluye    los   siguientes        estudios alergológicos:

    • CR55: La UAG dispone de medios y protocolo para la realización de test de provocación con AINE con control espirométrico.

    La cartera de servicios incluye estas otras prestaciones:

    • CR67: Colaboración en docencia y formación continuada de

    Criterios de excelencia

    Se establece también una acreditación para las unidades de asma grave con mención de excelencia a aquellas que cumplan al menos el 80% de los criterios de excelencia (CE):

    • CE2: La derivación a las UAG se realiza desde el propio servicio de Alergología, desde el servicio de Urgencias o desde cualquier otra especialidad hospitalaria.

     

    • CE4: La UAG aparece en la cartera de servicios del Servicio de Alergología o en algún documento similar como memoria de actividades o documentos oficiales internos del Servicio.

     

    • CE5: La UAG dispone de una cartera de servicios

     

    • CE6: La UAG dispone de una hoja de derivación para solicitar el acceso a la misma.

     

    • CE8: La UAG, en colaboración con el Servicio de Alergología al que pertenece, desarrolla actividades puntuales (al menos una al año) o continuadas en Atención Primaria, en las que da a conocer la cartera de servicios entre los médicos de AP de su área.

     

    • CE23: La UAG tienen definida una base de datos que completa en cada consulta y que permite la explotación de la información.

     

    • CE32: La UAG cuenta con un documento que permite la realización de reclamaciones y un mecanismo de respuesta a las mismas. Pueden utilizarse las del propio servicio o centro

     

    • CE33: La UAG realiza encuestas de satisfacción a los usuarios de forma periódica y cuenta con un buzón de sugerencias y

     

    • CE34: La UAG dispone de un plan de calidad y mejora continua, que es conocido por sus profesionales, y que identifica las áreas de mejora.

     

    • CE36: La UAG colabora con estudios multicéntricos con otras

    La    cartera    de    servicios        incluye    los   siguientes        estudios alergológicos:

    • CE54: Acceso a la utilización de extractos alergénicos no habituales para la su utilización en pruebas diagnósticas específicas, como los test de provocación bronquial (o nasal) específica necesarias para el diagnóstico de asma ocupacional, intolerancia a AINEs o sensibilidad a alérgenos no habituales.
    • CE56: La UAG dispone de medios y protocolo para la realización de pauta de desensibilización a AINE.

     

    La cartera de servicios incluye las siguientes pruebas funcionales respiratorias:

    • CE61: Test de ejercicio o

    La cartera de servicios incluye al menos uno de los siguientes estudios de inflamación bronquial:

    • CE63: Estudio de la celularidad del esputo

    La   cartera   de   servicios   incluye       las          siguientes       prestaciones terapéuticas:

    • CE66: Estudios de exploración y funcionalismo

    La cartera de servicios incluye estas otras prestaciones:

    • CE68: Investigación con personal de apoyo.

    icono PDF Anexo 2: Listado de documentos requeridos para solicitar la acreditación de una Unidad de Asma Grave(6820 descargas)

     

    CI: Criterio Imprescindible CR: Criterio recomendable CE: Criterio de excelencia

     

    1. Organigrama de la UAG (Contenido especificado en "organigrama").

     

    1. Informe en el que coordinador de la UAG como responsable de la misma, dé fe de que se cumplen, los puntos referentes a su UAG que se especifican al final del documento. Contenido especificado en "Informe del coordinador").

     

    1. Inventario de la UAG (Contenido especificado en "Inventario)

     

    1. Curriculum vitae del alergólogo coordinador (CI11). Debe acreditar Formación específica en Asma Grave (Proactive, otros cursos)

     

    1. Curriculum vitae de DUE/DUEs a cargo de la UAG: referido a su experiencia específica en el manejo del asma grave y de las técnicas de exploración respiratoria (CI13). Recomendable Curso Formación Asma Grave.

     

    1. Informe de la última revisión del equipamiento de la UAG (CI17). Adjuntar

     

    1. Plantilla del libro de registro de la caducidad de los medicamentos que existen en la UAG y del control de temperatura de los medicamentos que lo necesiten (CR27)

     

    1. Ejemplo anonimizado de plan de automanejo en asma (CR45)

     

    1. Protocolo provocación con AINE con control espirométrico (CR55)

     

    1. Protocolo para la realización de pauta de desensibilización a AINE (CE56)

     

    1. Protocolo/s para las diferentes pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos (CI60)

     

    12.  Protocolo de test de ejercicio o similar (CE61)

     

    1. Modelo de hoja de derivación de pacientes a la Si es telemático imprimir o captura de pantalla (CE6)

     

    1. Hoja modelo de citaciones de consulta de UAG anonimizada (CI10)

     

    1. Datos del último año de la actividad asistencial realizada (número de pacientes evaluados, número de visitas por paciente, exploraciones, etc) (CR31)

     

    1. Documento de consentimiento informado, que se cumplimentan antes de la realización de cualquier prueba de riesgo, con una copia para el paciente y otra copia para el archivo de la UAG (CI28)

     

    17.  Documento para la realización de reclamaciones (CE32)

     

    1. Documento de encuestas de satisfacción / sugerencias y comentarios (CE33)

     

    1. Aportar Plan de calidad y mejora continua en vigor para el año en curso (CE34)

     

    1. Memoria anual de actividades en las que la UAG ha participado: publicaciones y aportaciones a cursos y congresos (CI35), docencia en el servicio, docencia con AP (CE8), estudios multicéntricos y estudios en redes en los que la UAG está incluida(CE36). Participación de personal de apoyo en los mismos (CE68): Adjuntar memoria. Especificar personas de apoyo y proyectos.

     

    1. Cartera servicios aprobada y firmada por dirección del Hospital (CE5)

     

    1. Certificado Comisión de Docencia del Hospital de que colabora en docencia y formación continuada de postgrado (CR67)

     

    Organigrama de la UAG

    Debe dar información sobre la composición y forma de organización de la UAG. Como esquema, debe incluir, en caso de que existan, los siguientes puntos:

     

    • Médicos de la El coordinador debe ser alergólogo (CI11+ curriculum vitae)
    • DUEs a cargo de la UAG (CI13 + curriculum vitae)
    • Organigrama de la UAG, explicando su funcionamiento y el cometido de cada uno de sus integrantes (CI12),
    • Cauces de detección y solución de problemas en el equipamiento (CR18). Descripción del procedimiento establecido.
    • Persona encargada de controlar la periodicidad de la calibración del aparataje y responsable de que esta calibración se lleve a cabo (CI19)
    • Responsable de revisar periódicamente la disponibilidad de los medios necesarios para el tratamiento de una crisis de asma o una reacción alérgica grave en sus instalaciones (CI26)
    • Responsable encargado de la revisión periódica, por medio de un libro de registro, de la caducidad de los medicamentos que existen en la UAG y del control de temperatura de los medicamentos que lo necesiten (CI27 + plantilla del libro de registro)
    • Responsable de realizar educación en asma (CI42), de valorar la técnica de Inhalación y educar sobre la misma (CI43), de enseñar la técnica de pico flujo (CI44), de elaborar y explicar de planes de automanejo por escrito (CR45 + ejemplo anonimizado)
    • Responsable de valorar la gravedad del asma (CI46), su grado de control (CI47), el control de comorbilidades asociadas (CI48) y factores desencadenantes CI49)
    • Responsable de la entrega y valoración de los índices de calidad de vida por medio de cuestionarios (miniAQLQ en asma y SPRINT en rinitis) (CR50)
    • Responsable de realizar pruebas cutáneas (CI51), pruebas de exposición controlada con alérgenos: nasal, conjuntival, bronquial (CI52), estudios alergológicos in vitro: IgE total y específica, IgG específica, triptasa (CI53), pruebas de provocación con AINEs (CR55 + adjuntar protocolo)
    • Responsable de realización de pautas de desensibilización con AINEs (CE56 + adjuntar protocolo)
    • Responsable de indicar, realizar y valorar el resultado de: monitorización de pico de flujo (CI57), espirometría: curvas flujo/volumen (CI58), prueba de broncodilatación (CI59), Pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos (CI60), Test de ejercicio (CE61), determinación de FENO (CI62), estudio de celularidad en esputo inducido (CE63)
    • Responsables de los estudios de exploración y funcionalismo nasal: rinometría, fibroscopia nasal, FENO nasal (CE66)

     

    Informe del coordinador de la UAG

    Como responsable de la misma, debe dar fé de que se cumplen los siguientes puntos referentes a su UAG :

    ·       Características de la UAG:

    • Señalizada físicamente en el servicio/centro hospitalario (CR3). Adjuntar
    • Presente en la cartera de servicios del Alergología (CE4)
    • Desarrolla su actividad en un entorno apropiado con acceso al material educativo y al aparataje necesarios para su actividad (CR21)
    • Cuenta con el apoyo de un hospital de día para efectuar procedimientos que aconsejen ser realizados en ambiente hospitalario (CR29)

    ·       Funcionamiento de la UAG:

    • Criterios de derivación de pacientes (CR1). Adjuntar los Criterios de derivación.
    • Especificación de la procedencia de los pacientes (desde dónde se derivan) (CE2)
    • Hoja de derivación para solicitar el acceso a la misma (CE6 + modelo de hoja de derivación, si es telemático imprimir o captura de pantalla (CE6)
    • Actividad multidisciplinar: existen profesionales de referencia de otras especialidades (ORL, neumología, GI, psiquiatría, psicología, etc) (CR15)
    • Especificación de los consensos y guías en los que basa su actividad y desarrolla su cartera de servicios (CI14)
    • Cartera de servicios actualizada (CE5).
    • Sistema de información con datos de su actividad para facilitar su gestión y evaluar el cumplimiento de los objetivos. Explicar en qué consiste (CR22)
    • La UAG tiene definida una base de datos que completa en cada consulta y que permite la explotación de la información (CE23). Adjuntar captura de pantalla base de datos.
    • Todos los sistemas de información en los que se recopilan datos de pacientes cumplen con la Ley de Protección de Datos (CI24)
    • La UAG dispone de información anual sobre la actividad asistencial realizada (CR31) + Datos del último año: actividad en primeras visitas procedentes del servicio de Alergología (CI38), Interconsultas procedentes de los servicios de Urgencias y de otros especialistas (CI39), consultas sucesivas (CI40)
    • Permite la cita prioritaria a pacientes con empeoramiento de su situación basal (CI9)
    • Sistema de citaciones de la UAG y tiempo dedicado a los pacientes evaluados en la (CI10 + hoja modelo citaciones)
    • Funcionamiento de la actividad asistencial de la UAG
      • Se valora la gravedad de la enfermedad siguiendo las recomendaciones de las guías de práctica clínica (especificar cuál) junto con historia clínica y exploración

     

    física, con especial relevancia en la dosis de tratamiento de corticoides inhalados prescrita y otros controladores. (CI46)

    • Se valora el grado de control de la enfermedad mediante historia clínica y exploración física utilizando los criterios de las guías de práctica clínica (especificar cuál), usando herramientas como ACT o ACQ y función (CI47)
    • Se valora el control de las comorbilidades asociadas (CI 48)
    • Se valoran los factores desencadenantes (CI49)
    • Se valora la calidad de vida por medio de cuestionarios (miniAQLQ en asma y SPRINT en rinitis) (CR50)
    • Se realizan estudios alergológicos in vivo (CI51), Pruebas de exposición controlada con alérgenos: nasal, conjuntival, bronquial (CI52),
    • Acceso a estudios alergológicos in vitro: IgE total y específica, IgG específica, triptasa (CI53)
    • Acceso a extractos alergénicos comerciales y no comerciales para pruebas diagnósticas in vivo (CE54)
    • Se dispone de medios y protocolo para la realización de test de provocación con AINE con control espirométrico (CR55 + adjuntar protocolo)
    • Se realiza:
      • Monitorización de pico de flujo (CI57),
      • Espirometría: curvas flujo/volumen (CI58),
      • Prueba de broncodilatación (CI59),
      • Pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos : indicar cuales (CI60 + incluir protocolos),
      • Test de ejercicio o similar (CE61 + incluir protocolo),
      • Determinación de FENO (CI62),
      • Estudio de celularidad en esputo inducido (CE63)
      • Estudios de exploración y funcionalismo nasal: rinometría, fibroscopia nasal, FENO nasal (CE66)
    • Los pacientes cumplimentan un documento de consentimiento informado, antes de la realización de cualquier prueba de riesgo, con una copia para el paciente y otra copia para el archivo de la UAG (CI28 + incluir hoja)
    • Se elabora un informe clínico en todos los casos al acabar el estudio inicial del paciente así como en las consultas sucesivas en caso de que existan cambios en el diagnóstico o tratamiento que lo hagan necesario (CI 41)
    • Se realiza educación en el asma (CI42): Aportar sesiones, temas y tareas. Conocer que el asma es una enfermedad crónica y necesita tratamiento continuo, Saber las diferencias que existen entre inflamación y broncoconstricción, Diferenciar los fármacos “controladores” de la inflamación, de los “aliviadores” de la obstrucción, Reconocer los síntomas de la enfermedad, Identificar y evitar en lo posible los desencadenantes,

     

    Monitorizar los síntomas, Reconocer los signos y síntomas de agravamiento de la enfermedad (pérdida del control) y Actuar ante un deterioro de su enfermedad para prevenir la crisis o exacerbación.

    • Se comprueba la técnica de inhalación y se educa sobre la misma (CI43)
    • Educación sobre la técnica de pico flujo (CR44)
    • Se entregan y explican planes de Plan de automanejo por escrito (CR45 + ejemplo anonimizado)
    • Emplea tratamientos biológicos en los pacientes con indicación y realiza los controles necesarios para la valoración de su eficacia y seguridad (CI64)
    • Administra tratamientos nebulizados (CI65)
    • Control de calidad de la Actividad asistencial de la UAG
      • Existe un documento para realizar reclamaciones y un mecanismo de respuesta a las Pueden utilizarse las del propio servicio o centro sanitario (CE32 + documento)
      • Se realizan encuestas de satisfacción a los usuarios de forma periódica y cuenta con un buzón para sugerencias y comentarios (CE33 + documento)
      • Se dispone de un plan de calidad y mejora continua, que es conocido por los integrantes de la UAG, y que identifica las áreas de mejora (CE34 + documento)
      • La UAG sigue la nomenclatura y protocolo en vigor utilizados en los documentos avalados por SEAIC para designar y valorar a los pacientes con Asma Grave persistente no controlada (CI 69)
    • Actividades de la UAG
      • Sesiones clínicas periódicas: periodicidad y contenido (CR37)
      • Plan de reuniones periódicas con los miembros del Alergología y en qué consisten las mismas (CR7)
      • Desarrollo, en colaboración con el servicio de Alergología, de actividades puntuales o continuadas con AP (CE8 + listado/certificado de actividades organizadas)
      • Colabora en docencia y formación continuada de postgrado (CR67). Aportar

    Certificado Comisión de Docencia del Hospital.

    • Investigación con personal de apoyo (CE68) + adjuntar memoria: Especificar personas de apoyo y proyectos.
    • Control de calidad del aparataje de la UAG
      • Revisión periódica del aparataje: quien realiza la revisión y con qué periodicidad (CI17+ documento de la última revisión)
      • La calibración de los instrumentos de medida y de pruebas de función pulmonar se realiza con la periodicidad recomendada por el fabricante (CI20)
    • Existe un plan escrito de medidas higiénicas para disminuir el riesgo de transmisión de enfermedades, aplicable a pacientes, personal e instalaciones implicados en los estudios de función pulmonar, de acuerdo al plan de

     

    recomendaciones de la SEAIC y SEPAR (CI30). Especificar persona responsable + Enviar check list del procedimiento.

     

    Inventario de la UAG, especificar:

    • Material ofimático inventariado necesario para el desarrollo de su cartera de servicios. (CI16)
    • Material educativo y aparataje necesarios para la actividad de la UAG (CR21)
    • Equipamiento para tratar una crisis de asma o una reacción alérgica grave (CI25)
    • Equipamiento para Monitorización de pico de flujo (CI57),
    • Equipamiento para Espirometría (CI58), Prueba de broncodilatación (CI59), Pruebas de exposición a broncoconstrictores directos y/o indirectos, (CI60), Test de ejercicio (CE61), Determinación de FENO (CI62), Estudio de celularidad en esputo inducido (CE63)
    • Equipamiento para los estudios de exploración y funcionalismo nasal: rinometría, fibroscopia nasal, FENO nasal (CE66)

    *Este “check list” basado en los criterios de la SEAIC para acreditación de UAG, es orientativo. Se recomienda que el solicitante revise detenidamente dicho documento de criterios a fin de que los documentos que se remitan reflejen la debida información.

    icono PDF Anexo 3: Checklist de criterios de acreditacion de Unidades de Asma Grave(6373 descargas)

    Documentación que se debe presentar para optar por la acreditación de Unidad de Asma Grave (UAG).

    Para facilitar el proceso de evaluación se deberá adjuntar la documentación requerida junto con un informe escrito explicativo del coordinador de la UAG. En caso de que el comité evaluador tenga dudas acerca de alguno de los criterios presentados, pedirá al coordinador de la UAG más información al respecto. Cabe la posibilidad de que algún miembro del comité evaluador (o personas designadas por él) realicen visitas presenciales de comprobación a los centros solicitantes.

     

    CI: Criterio Imprescindible

    CR: Criterio recomendable

    CE: Criterio de excelencia

    CriterioModo de evaluaciónTipo
    1. Criterios definidos de derivación de los pacientes a la UAGInforme del coordinador

    Adjuntar criterios

    CR
    2. La derivación a la UAG se puede realizar desde el S. de Alergología, Urgencias o desde cualquier otra especialidad hospitalariaInforme del coordinadorCE
    3. Está señalizada físicamente en el centro hospitalarioInforme del coordinador

    Enviar Foto

    CR
    4. Aparece en la cartera de servicios del S. de Alergología o similar (memoria de actividades, documentos internos, etc)Informe del coordinador Adjuntar copiaCE
    5. Dispone de cartera de servicios actualizadaInforme del coordinador Adjuntar Cartera servicios aprobada y firmada por direcciónCE
    6. Dispone de hoja de derivación para solicitar el acceso a la mismaPresentación del documento,

    si es telemático imprimir o captura de pantalla

    CE
    7. Existe un plan de reuniones periódicas (≥1/año) con los miembros del S. Alergología en las que se explicará el funcionamiento y actividad asistencial de la UAGInforme del coordinadorCR
    8. La UAG, en colaboración con el S. de Alergología, al que pertenece, desarrolla actividades puntuales (≥1/año) o continuadas con AP, en las que da a conocer su cartera de servicios entre los médicos de AP de su áreaInforme del coordinador + Detallar actividades en las que se ha participadoCE
    9. Permite la cita prioritaria a pacientes con empeoramiento de su situación basalInforme del coordinadorCI

    Puede enviar sus datos a través del siguiente formulario y nos pondremos en contacto con usted:

      Nombre completo

      Cargo

      Centro

      Dirección

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      Teléfono

      Documentación adjunta
      Tamaño máximo: 10 Mb


      Unidades de asma grave acreditadas

      Puede consultar el listado de centros con Unidades de Asma Grave acreditadas:

      CentroCiudadAcreditaciónFecha acreditaciónFecha reacreditación
      HOSPITAL GERMANS TRIAS I PUJOLBadalona (Barcelona)Excelencia24/10/201525/04/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO LA PAZMadridExcelencia24/10/201525/04/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO 12 DE OCTUBREMadridExcelencia24/10/201525/04/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DR. PESETValenciaExcelencia24/10/201525/04/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO INFANTA ELENAValdemoro (Madrid)Excelencia24/10/201525/04/2022
      HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO VIRGEN DE LA ARRIXACAMurciaUAG24/10/201525/04/2022
      HOSPITAL CENTRAL DE LA CRUZ ROJA SAN JOSÉ Y SANTA ADELAMadridUAG24/10/201525/04/2022
      HOSPITAL DE LA SANTA CREU I SANT PAUBarcelonaExcelencia28/10/201710/10/2023
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GUADALAJARAGuadalajaraExcelencia30/04/201824/04/2024
      HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN MACARENASevillaExcelencia30/04/201824/04/2024
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO REINA SOFÍAMurciaExcelencia30/04/201824/04/2024
      HOSPITAL UNIVERSITARI SANTA MARÍALleidaUAG30/04/201824/04/2024
      CLÍNICA DERMATOLOGÍA Y ALERGIABadajozUAG30/04/201824/04/2024
      HOSPITAL UNIVERSITARIO FUNDACIÓN JIMÉNEZ DÍAZMadridExcelencia11/10/201803/10/2024
      HOSPITAL CLINIC DE BARCELONABarcelonaExcelencia11/10/201803/10/2024
      HOSPITAL UNIVERSITARIO RÍO HORTEGAValladolidExcelencia11/10/201803/10/2024
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE SALAMANCASalamancaExcelencia11/10/201803/10/2024
      HOSPITAL UNIVERSITARI I POLITÈCNIC LA FEValenciaExcelencia10/10/201910/06/2025
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE FUENLABRADAMadridExcelencia10/10/201930/04/2025
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO GREGORIO MARAÑÓNMadridExcelencia10/10/201930/04/2025
      HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIASanta Cruz de TenerifeExcelencia10/10/201917/10/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CANARIASLa Laguna (Tenerife)Excelencia10/10/201930/04/2025
      COMPLEXO HOSPITALARIO UNIVERSITARIO A CORUÑAA CoruñaExcelencia10/10/201920/05/2025
      SANT JOAN DE DÉU MANRESAManresaUAG10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE BASURTOBilbaoExcelencia06/05/2020
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE CIUDAD REALCiudad RealUAG06/05/2020
      HOSPITAL DE TERRASSA – CONSORCI SANITARI TERRASSATerrassaUAG06/05/2020
      HOSPITAL DE MÉRIDAMéridaExcelencia06/05/2020
      HOSPITAL MEIXOEIRO – EOXI VIGOVigo (Pontevedra)UAG06/05/2020
      HOSPITAL UNIVERSITARIO FUNDACIÓN ALCORCÓNAlcorcónUAG06/11/2020
      COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDOToledoUAG06/11/2020
      HOSPITAL PUERTA DE HIERRO (Majadahonda)Majadahonda (Madrid)Excelencia06/05/2021
      HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO NIÑO JESÚSMadridExcelencia06/05/2021
      HOSPITAL UNIVERSITARIO INFANTA LEONORMadridUAG06/05/2021
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE LA RIBERAValenciaUAG06/05/2021
      HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO SAN CECILIOGranadaUAG12/05/2021
      HOSPITAL REGIONAL UNIVERSITARIO DE MÁLAGAMálagaExcelencia14/10/2021
      HOSPITAL UNIVERSITARI BELLVITGEL'Hospitalet de LlobregatExcelencia25/04/2022
      HOSPITAL JUAN RAMÓN JIMÉNEZHuelvaUAG25/04/2022
      HOSPITAL SANTA MARÍA DEL ROSELL – COMPLEJO HOSPITALARIO CARTAGENACartagenaUAG17/10/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO RAMÓN Y CAJALMadridExcelencia17/10/2022
      HOSPITAL MUNICIPAL DE BADALONABadalona (Barcelona)Excelencia03/05/2023
      HOSPITAL DE LA VEGA LORENZO GUIRAOMurciaUAG03/05/2023
      HOSPITAL UNIVERSITARIO INFANTA SOFÍASan Sebastián de los Reyes (Madrid)UAG30/04/2024
      HOSPITAL INSULAR MATERNO INFANTIL DE GRAN CANARIACanariasUAG30/04/2025
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DEL PRADO (Talavera)TalaveraExcelencia30/04/2025
      CLÍNICA UNIVERSIDAD DE NAVARRAPamplonaExcelencia30/04/2025

      icono PDF Centros acreditados unidades de asma grave marzo 2024(2933 descargas)

      Unidades de asma grave acreditadas por SEAIC
      CentroCiudadAcreditación alcanzadaFecha de acreditación
      COMPLEJO HOSPITALARIO DE NAVARRAPamplonaExcelencia24/10/2015
      HOSPITAL GERMANS TRIAS I PUJOLBadalona (Barcelona)Excelencia25/04/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO LA PAZMadridExcelencia25/04/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO 12 DE OCTUBREMadridExcelencia25/04/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DR. PESETValenciaExcelencia25/04/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO INFANTA ELENAValdemoro (Madrid)Excelencia25/04/2022
      HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO VIRGEN DE LA ARRIXACAEl Palmar (Murcia)UAG25/04/2022
      HOSPITAL CENTRAL DE LA CRUZ ROJA SAN JOSÉ Y SANTA ADELAMadridUAG25/04/2022
      HOSPITAL DE LA SANTA CREU I SANT PAUBarcelonaExcelencia10/10/2023
      HOSPITAL DE MÉRIDAMéridaExcelencia06/05/2020
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GUADALAJARAGuadalajaraUAG30/04/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARI SANTA MARÍALleidaUAG30/04/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN MACARENASevillaExcelencia30/04/2018
      CLÍNICA DERMATOLOGÍA Y ALERGIABadajozUAG30/04/2018
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO REINA SOFÍAMurciaExcelencia30/04/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARIO FUNDACIÓN JIMÉNEZ DÍAZMadridExcelencia11/10/2018
      HOSPITAL CLINIC DE BARCELONABarcelonaExcelencia11/10/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARIO RÍO HORTEGAValladolidExcelencia11/10/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE SALAMANCASalamancaExcelencia11/10/2018
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE ELDAEldaExcelencia10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARI I POLITÈCNIC LA FEValenciaExcelencia10/10/2019
      HOSPITAL SANT JOAN DE DÉU – Xarxa Assistencial i Universitària de ManresaManresaExcelencia10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE FUENLABRADAMadridExcelencia10/10/2019
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO GREGORIO MARAÑÓNMadridExcelencia10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIASanta Cruz de TenerifeExcelencia17/10/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CANARIASLa Laguna (Tenerife)Excelencia10/10/2019
      COMPLEXO HOSPITALARIO UNIVERSITARIO A CORUÑAA CoruñaUAG10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE BASURTOBilbaoExcelencia06/05/2020

       

      icono PDF Unidades de Asma Grave acreditadas(5584 descargas)

       

      CentroCiudadAcreditación alcanzadaFecha de acreditación
      COMPLEJO HOSPITALARIO DE NAVARRAPamplona UAGExcelencia 24/10/2015
      HOSPITAL GERMANS TRIAS I PUJOLBadalona UAGExcelencia 24/10/2015
      HOSPITAL UNIVERSITARIO LA PAZMadrid UAGExcelencia 24/10/2015
      HOSPITAL UNIVERSITARIO 12 DE OCTUBREMadrid UAGExcelencia 24/10/2015
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DR. PESETValencia UAGExcelencia 24/10/2015
      HOSPITAL UNIVERSITARIO INFANTA ELENAValdemoro (Madrid) UAGExcelencia 24/10/2015
      HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO VIRGEN DE LA ARRIXACAEl Palmar – MurciaUAG24/10/2015
      HOSPITAL CENTRAL DE LA CRUZ ROJA SAN JOSÉ Y SANTA ADELAMadridUAG24/10/2015
      HOSPITAL DE LA SANTA CREU I SANT PAUBarcelona UAGExcelencia 28/10/2017
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE GUADALAJARAGuadalajaraUAG30/04/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARI SANTA MARÍALleidaUAG30/04/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARIO VIRGEN MACARENASevilla UAGExcelencia 30/04/2018
      CLÍNICA DERMATOLOGÍA Y ALERGIABadajozUAG30/04/2018
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO REINA SOFÍAMurcia UAGExcelencia 30/04/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARIO FUNDACIÓN JIMÉNEZ DÍAZMadrid UAGExcelencia 11/10/2018
      HOSPITAL CLINIC DE BARCELONABarcelona UAGExcelencia 11/10/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARIO RÍO HORTEGAValladolid UAGExcelencia 11/10/2018
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE SALAMANCASalamanca UAGExcelencia 11/10/2018
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE ELDAElda (Alicante) UAGExcelencia 10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARI I POLITECNIK LA FEValencia UAGExcelencia 10/10/2019
      HOSPITAL SAN JOAN DE DÉU, XARXA ASISTENCIAL I UNIVERSITARIA DE MANRESAManresa (Barcelona) UAGExcelencia 10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE FUENLABRADAMadrid UAGExcelencia 10/10/2019
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO GREGORIO MARAÑÓNMadridExcelencia10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARIO NUESTRA SEÑORA DE CANDELARIASanta Cruz de TenerifeUAG10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE CANARIASLa Laguna (Tenerife) UAGExcelencia 10/10/2019
      COMPLEXO HOSPITALARIO UNIVERSITARIO A CORUÑAA CoruñaUAG10/10/2019
      HOSPITAL UNIVERSITARIO DE BASURTOBilbao (Bizkaia) UAGExcelencia 06/05/2020
      HOSPITAL GENERAL UNIVERSITARIO DE CIUDAD REALCiudad RealUAG06/05/2020
      HOSPITAL DE TERRASSA – CONSORCI SANITARI TARRASSATerrassa (Barcelona)UAG06/05/2020
      HOSPITAL MEIXOEIRO – EOXI VIGOVigo (Pontevedra)UAG06/05/2020
      HOSPITAL DE MÉRIDAMérida (Badajoz) UAGExcelencia 06/05/2020
      HOSPITAL UNIVERSITARIO FUNDACIÓN ALCORCÓNAlcorcón (Madrid)UAG06/11/2020
      COMPLEJO HOSPITALARIO DE TOLEDOToledoUAG06/11/2020
      HOSPITAL UNIVERSITARIO INFANTA LEONORMadridUAG06/05/2021
      HOSPITAL UNIVERSITARIO LA RIBERAValenciaUAG06/05/2021
      HOSPITAL PUERTA DE HIERROMajadahonda (Madrid) UAGExcelencia 06/05/2021
      HOSPITAL CLÍNICO UNIVERSITARIO SAN CECILIOGranadaUAG06/05/2021
      HOSPITAL INFANTIL UNIVERSITARIO NIÑO JESÚSMadrid UAGExcelencia 06/05/2021
      HOSPITAL REGIONAL DE MÁLAGAMálaga UAGExcelencia 13/10/2021
      HOSPITAL JUAN RAMÓN JIMÉNEZHuelvaUAG25/04/2022
      HOSPITAL UNIVERSITARI DE BELLVITGEL'Hospitalet (Barcelona) UAGExcelencia 25/04/2022

      Comisión de acreditación

      Coordinadora del grupo: Alicia Habernau Mena
      Miembros: Mª Isabel Alvarado Izquierdo
      Virginia Bellido Linares
      Irina Bobolea
      Julio Delgado Romero
      Victoria Múgica
      Manuel Rial
      Coordinador de las estancias formativas: Aythamy Enríquez

      Comunicado oficial SEAIC en apoyo a las movilizaciones contra el borrador del Estatuto Marco

      La Junta Directiva de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC), que agrupa a más de 1.800 profesionales, principalmente médicos especialistas en Alergología de los ámbitos público, privado y mixto, y que tiene como objetivo velar por los intereses profesionales, formativos, docentes, investigadores y científicos de sus asociados, manifiesta su rechazo al actual borrador de modificación del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Ley 55/2003) proporcionado recientemente por el Ministerio de Sanidad.

      Este posicionamiento está en la misma línea de las declaraciones presentadas por la Organización Médica Colegial (OMC), la Federación Española de Sociedades Científico Médicas (FACME), los distintos sindicatos de la profesión médica y múltiples Sociedades Científicas Médicas.

      La SEAIC comparte que, en su versión actual, el borrador de modificación del Estatuto Marco no refleja ni resguarda adecuadamente las particulares condiciones laborales, formativas y de responsabilidad propias de la profesión médica. Por esta razón, manifestamos nuestro rechazo y solicitamos a las autoridades competentes que revisen, negocien y modifiquen el Estatuto con el fin de garantizar el reconocimiento y la adecuada protección del colectivo médico.

      Por todo ello, queremos adherirnos a las diferentes concentraciones convocadas por las organizaciones sindicales que, en contra del actual borrador y reclamando un Estatuto propio para la profesión médica, se convocan estos días en las diferentes Comunidades Autónomas, y a la convocatoria en Madrid el sábado 22 de marzo de 12:00 a 14:00, bajo el lema “Por un estatuto propio de la profesión médica y facultativa”, que saldrá de la Plaza de las Cortes, frente al Congreso de los Diputados y la sede de la Organización Médica Colegial (OMC) y que transcurrirá hasta el Ministerio de Sanidad.

      La Junta Directiva de la SEAIC anima a todos los médicos y profesionales sanitarios a participar activamente en las movilizaciones en defensa de sus derechos laborales y condiciones profesionales.

       

      En Madrid, a 10 de marzo de 2025

       

      Junta Directiva de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC)

       

      icono PDF Comunicado oficial SEAIC borrador del Estatuto Marco (1623 descargas )

      Prevención del tabaquismo

      Apreciados socios:

      Desde la Comisión Nacional de Prevención del Tabquismo, nos remiten esta información para el que quiera adherirse. Un saludo.

      Dr. Pedro Ojeda
      Secretario General de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica


      Las Redes Internacionales de Hospitales sin Humo (ENSH) y de Hospitales Promotores de la Salud (HPH) han emprendido una campaña mundial con el objetivo de concienciar a los profesionales que trabajamos en el ámbito de la salud del importante papel que tenemos para reducir el consumo de tabaco de la población.

      Nos gustaría implicaros en esta misión y que todos pidamos a los gobernantes una aplicación efectiva del Convenio Marco de la OMS para el Control del Tabaquismo. Esta campaña pide nuestra adhesión como profesionales sanitarios a un Pacto institucional [«Pact»], una Declaración [«charter»] individual y una Petición [«petition»] a los gobiernos.

      La manera de adherirse es simple:

      – Marcar las casillas correspondientes [Pact, Charter y Petition]
      – Rellenar los datos solicitados (apellido, nombre, profesión, organización, ciudad y país)

      La dirección es la siguiente:

      http://www.ensh.eu/tfu-form.php

      En esta página también encontraréis la manera de compartirlo en las redes sociales y un contador que le permitirá saber cuántos profesionales ya han firmado (casi 36.000 sanitarios de 41 países hasta ahora!).

      ¿Qué es la SEAIC?

      seaic_2La Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC) es una sociedad profesional y científica, sin ánimo de lucro, que desarrolla sus actividades en todo el territorio español. La Sociedad está constituida por más de un millar de profesionales que trabajan en el estudio de las enfermedades de mecanismo inmunológico, particularmente por hipersensibilidad.

      Los principales objetivos de la SEAIC se centran en:

      • Fomentar y difundir la investigación sobre la especialidad de alergología y la inmunología clínica.
      • Promover actividades de formación y perfeccionamiento profesional.
      • Fomentar el contacto, el intercambio de experiencias y la puesta en común entre sus socios.
      • Intervenir en los problemas que puedan afectar a sus miembros.
      • Promover la información y la educación sanitaria para el público en general, en el área de estudio que le corresponde.

      Asimismo, la Sociedad también lleva a cabo diferentes actividades destinadas a contribuir y mejorar el conocimiento de la especialidad, como:

      • Organización de congresos y simposios con periodicidad anual.
      • Publicación de guías, monografías y tratados.
      • Establecimiento de pautas y protocolos a través de sus grupos de trabajo, también de programas de formación continuada.
      • Representación en la Comisión Nacional de la Especialidad de Alergología.
      • Representación en otras sociedades científicas.
      • Colaboración con la industria farmacéutica.
      • Colaboración con los medios de comunicación.
      • Colaboración con asociaciones de pacientes alérgicos.
      • Divulgación sobre enfermedades alérgicas.
      • Financiación de trabajos de investigación a través de la «Fundación SEAIC».

      Cada año se incorporan a SEAIC varias decenas de jóvenes especialistas que creen que la relevancia de las enfermedades alérgicas se merecen una atención especial y por ello trabajan en el avance de los conocimientos científicos, en el incremento de la calidad asistencial y en la capacidad divulgativa de todos aquellos factores clave para el diagnóstico, tratamiento y la prevención de enfermedades alérgicas.

      Las enfermedades alérgicas son de las más frecuentes en el mundo occidental. Hasta un 20% de la población mundial padece algún tipo de enfermedad alérgica, aproximadamente 1.300 millones de personas. Las enfermedades alérgicas llevan aparejado un alto coste económico. Por un lado, suponen un gran consumo de recursos sanitarios y provocan una pérdida de productividad laboral y escolar. Además, derivan en un deterioro significativo de la calidad de vida y una cifra nada desdeñable de muertes asociadas principalmente a la anafilaxia y el asma mal controlada.

      Como una muestra más del compromiso de la SEAIC con las enfermedades alérgicas, la Sociedad creó, en 1986, la Fundación SEAIC, una entidad sin ánimo de lucro cuyo objetivo prioritario se basa en estimular la investigación en el campo de la Alergología y la Inmunología Clínica. La Fundación ha llevado a cabo diversas actividades dirigidas al colectivo de alergólogos, fundamentalmente convocatoria de ayudas para trabajos de investigación, becas para jóvenes alergólogos y edición de monografías de elevado nivel científico.


      Más detalles en Dosier informativo Fundación de la SEAIC (7107 descargas )


      El portal web de la SEAIC está destinado a ofrecer información actualizada sobre estas actividades, poniendo a disposición de profesionales y pacientes los canales de comunicación propios de Internet para transmitir esta información.

      En relación con las actividades divulgativas, informamos que los contenidos ofrecidos en este sitio están desarrollados por profesionales especialistas de la SEAIC. La información ofrecida en este sitio no puede sustituir en ningún caso la necesaria relación médico-paciente en que se sustenta la asistencia sanitaria especializada.

      De acuerdo con la estrategia institucional de la SEAIC, como sociedad profesional y científica sin ánimo de lucro, esta página no aloja ni recibe financión procedente de la publicidad.

      Última edición: 13/02/2016

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      Curso Paciente Experto en Angioedema Hereditario

      El angioedema hereditario (AEH) es una enfermedad rara que afecta aproximadamente a 1/50.000 personas (unas 800 en España).  Con el compromiso de mejorar la calidad de vida de los pacientes, la SEAIC presenta el curso “Paciente experto en angioedema hereditario” disponible en la plataforma educativa ‘Soy Experto en Alergia’. El curso ha sido impulsado por la escuela de pacientes de la SEAIC con el apoyo de la Asociación Española de Angioedema Familiar y el grupo Español de Medicamentos Hemoderivados. Con esta iniciativa, dirigida a pacientes, familiares y profesionales sanitarios con interés en esta patología, se busca concienciar sobre la enfermedad, y ofrecer la información necesaria para mejorar el proceso diagnóstico y el manejo de los pacientes, así como el conocimiento de los tratamientos específicos existentes. Como expone la Dra. Mª Teresa Caballero, coordinadora del curso y del CSUR de angioedema del Hospital La Paz “ los tratamientos específicos disponibles suponen un gran avance terapéutico pues permiten disminuir la carga de la enfermedad y contribuyen a normalizar el día a día. Además, debemos fomentar la autonomía de los pacientes con las nuevas formas de autoadministración, mejorando su independencia y bienestar, así como el de sus familias”. Además del contenido teórico, el curso incluye una mesa redonda donde profesionales y pacientes con angioedema hereditario comparten su experiencia con la enfermedad, y la evolución que ha experimentado en los últimos años. Las asociaciones de pacientes son un actor activo en el abordaje de las enfermedades. “En el proceso de difusión y concienciación de la población general, pacientes y profesionales sanitarios, tenemos un papel fundamental. Además, somos el punto de relación con otros grupos internacionales y el foco para dar a conocer a los pacientes los recursos disponibles”, resalta Sarah Smith, presidenta de la Asociación Española de Angioedema Familiar (AEDAF).

      CSL Behring, colaborador del curso, califica de pilar fundamental para el manejo eficaz y eficiente de las patologías, el ofrecer un conocimiento profundo de todas las dimensiones que rodean la enfermedad.

      https://soyexpertoenalergia.es/p/angioedema-hereditario

      Virginia Rodríguez, coordinadora de la Comisión de relación con asociaciones de pacientes de la SEAIC y miembro del Comité de Angioedema

      Los Bomberos crean un protocolo para neutralizar los riesgos de las abejas

      Fuente: V. López Del Tell (Elche) para http://www.diarioinformacion.com

      El suboficial del Parque de Elche diseña un plan que se aplica en toda la provincia basado en la formación para atajar colmenas y enjambres.
      Los Bomberos han normalizado sus actuaciones para hacer frente a los riesgos de las abejas mediante un protocolo que están aplicando los parques de toda la provincia. El suboficial jefe del área operativa del Baix Vinalopó, José Soler Bonet, ha sido el encargado de diseñar un plan que ha fijado las pautas de actuación y el material necesario para neutralizar las colmenas silvestres y los enjambres cuando pueden ser peligrosos para las personas.
      Los Bomberos han tenido que adaptarse a los nuevos tiempos para poder ofrecer el servicio de recogida de enjambres y colmenas de una forma racional y compatible con la sostenibilidad. «La crisis de la miel provocó que, en una zona como la nuestra donde prima el turismo, las urbanizaciones e infraestructuras, descendiera mucho el número de apicultores», explica el suboficial. En los años 80 y 90 los Bomberos disponían de una lista de apicultores muy extensa a la que recurrían cuando un ciudadano daba aviso de una situación peligrosa a causa de las abejas. «El número de profesionales se redujo tanto, y los pocos que había no podían acudir principalmente por sus quehaceres profesionales, que tuvimos que ponernos al día, porque los problemas de este tipo siempre acababan en nuestra centralita», asegura José Soler.

      Necesidad
      La demanda de los ciudadanos encontró respuesta en este bombero aficionado a la apicultura. «Aprendimos de los profesionales y de los libros. Teniendo en cuenta que la abeja es una especie protegida no podíamos llegar y destruir las colmenas sin más, así que nos preparamos hasta normalizar el servicio», expone Soler. Él es el encargado de ofrecer una acción formativa entre los bomberos de toda la provincia para que estén preparados para actuar en caso de urgencia. «Lo primero que hacemos siempre es avisar a los apicultores que nos han facilitado sus contactos, porque no se trata de quitarle a nadie el trabajo. De hecho, seguimos animando a que los interesados nos llamen para tener sus teléfonos en la base de datos», afirma el suboficial, quien recuerda al ciudadano que «este tipo de servicios generan unas tasas, por lo que al final es mejor que los realice un profesional».
      Otro punto que el responsable del servicio quiere dejar claro a los ciudadanos es que «la neutralización sólo la realizamos cuando hay un enjambre o una colmena de abejas, por ser una especie protegida. Para tratar los problemas generados por avispas u otros insectos no protegidos, existen empresas de desinsectación que se encargan de ello», apunta el responsable del Parque de Bomberos de Elche-Baix Vinalopó. En la comarca se atienden cada año más de 80 casos de abejas, «destacando lógicamente los meses de primavera». Hay que tener en cuenta que las abejas, cuando la colmena se hace muy grande o una reina es expulsada y se lleva consigo a parte de la colonia, se marchan a otro sitio buscando el lugar más idóneo para su asentamiento. «Pueden estar hasta tres días en forma de enjambre, que es cuando vemos como una pelota de abejas que lo que hacen es proteger a su reina y llevarla a un lugar tranquilo y donde haya alimento», explica el responsable de la unidad, quien recalca que «para hacer ese transporte eligen los meses de mejor climatología».
      Cuando los Bomberos reciben una llamada de alerta, primero valoran si es un enjambre (multitud de abejas con su maestra, que juntas salen de una colmena para formar otra colonia) o de una colmena silvestre (recipiente construido para habitáculo de las abejas). El enjambre es menos peligroso que la colmena. «En él las abejas no están en su casa y, por tanto, no tienen el sentido de proteger su territorio. Están de paso y, por ello, se pueden encontrar enjambres en lugares tan extraños como un semáforo, árboles de parques, bancos o un espejo de coche», afirma Soler. En un reciente parte de novedades de la Policía Local de Elche se cita textualmente: «Detección de un panal de abejas en la parte posterior de una motocicleta, cuyo conductor se percató de ello cuando se encontraba en marcha, deteniéndose de inmediato, dando aviso a los Bomberos».

      Peligrosidad
      Este tipo de casos, que parecen más propios del cine que de la realidad, «se dan porque las abejas, cuando están cansadas y cae la noche, se resguardan para con el alba volver a buscar el lugar para su asentamiento definitivo». En estos casos «el peligro es menor también porque esas abejas se han alimentado más de lo normal para soportar dos o tres días de viaje y llevan el buche lleno, lo que les impide hacer el movimiento para picar. Además, guardan sus fuerzas para buscar su sitio. Los enjambres no atacan si tú no los atacas», asegura Soler.
      El caso de la colmena silvestre (distinta a la racional que utilizan los apicultores para producir jalea, miel y cera) es más complejo. «Fue famoso el caso de la basílica de Santa María. Allí se formó una colmena inmensa bajo unas tablas de madera», cuenta el bombero, quien apunta que «las abejas buscan lugares tranquilos, donde pase muy poca gente». Otro caso que Soler recuerda se dio en un chalé de Matola. «Las casas de campo que son ocupadas sólo en verano suelen ser sitios frecuentados por las abejas, que forman sus colonias principalmente en chimeneas, grietas, hasta en un «colombaire» encontramos hace semanas una colmena», afirma José Soler.
      La forma de actuar de los Bomberos se ha profesionalizado. Además del vestuario de protección adecuado, utilizan enseres propios de la apicultura para introducir en cajas a las abejas, «que después soltamos en lugares apartados, en plena naturaleza». Además, usan ahumadores para adormilar al insecto y feromonas para atraer su atención hacia el recipiente. Cuando la colmena ya se ha trasladado, rocían su antigua colmena con gasoil o vinagre para evitar su regreso. «En poco más de media hora podemos retirar la colmena en casos normales. En la basílica de Santa María necesitamos mucho más tiempo porque allí se recogieron el triple de abejas de lo normal».

      Encuestas en alergología

      Estudio MIRLO, desarrollado desde la Universidad de La Laguna. La investigadora Elena Lorenzo, doctoranda en el Departamento de Psicología Cognitiva, Social y Organizacional, nos ha contactado en el marco de su Tesis Doctoral sobre “El sufrimiento moral en las profesiones sanitarias”. El estudio busca comprender mejor los retos y dilemas morales presentes en la práctica profesional del personal médico y de enfermería.

       Resumen de la solicitud:

      • Destinatarios: profesionales de medicina y enfermería con al menos tres meses de experiencia, incluidos quienes ejercen docencia universitaria.
      • Participación: completar un cuestionario online (25–30 minutos).
      • Carácter de la participación: anónima, voluntaria y confidencial.
      • Aprobación ética: Comité de Ética de la Investigación y Bienestar Animal (CEIBA2025-3628) – Universidad de La Laguna.
      • Acceso al cuestionario: facilitado a través del enlace proporcionado por la investigadora.

      Acceso al Estudio Mirlo

      EL GEAH en colaboración con AEDAF tienen interés en explorar si las diferencias en el acceso y disponibilidad de tratamientos innovadores para AEH detectados en 2021 persisten a día de hoy, incluyendo aspectos relacionados con la disponibilidad según el lugar de residencia del paciente, la posibilidad de disponer de medicamentos en casa o la autoadministración y, por otro lado, quieren estudiar a su vez el impacto de la creación de los CSUR en la atención a los pacientes y en el acceso al diagnóstico y tratamientos innovadores para el AEH.

      La encuesta es anónima y sólo se utilizarán los datos de forma agregada.

      Accede a la encuesta para médicos

      El proyecto VAC-ASMA, busca conocer la actitud de los profesionales ante la vacunación en pacientes con asma grave desde las consultas de Alergología y Neumología de España.

      El estudio está dirigido a especialistas que realicen labor asistencial en asma grave en hospitales españoles y cuenten con más de tres años de experiencia.

      Participa en: https://vacasma.gruposaned.com

      Código de acceso: ASMA

      icono PDF Estudio VAC-ASMA(924 descargas)

      Desde la SEAIC queremos informaros de una iniciativa conjunta con la Agencia Española de Seguridad Alimentaria y Nutrición (AESAN), destinada a recopilar información actualizada sobre alergias alimentarias en España, un tema de gran relevancia para la salud pública.

      Con este fin, la AESAN ha creado un cuestionario, dirigido a médicos especialistas en Alergología, con el objetivo de conocer su experiencia clínica en relación con determinadas alergias alimentarias en nuestro país. La información recabada mediante este cuestionario será de gran valor, al aportar datos de evidencia clínica que serán clave para fundamentar una posible actualización de la normativa europea sobre etiquetado de alimentos y una posible inclusión de alimentos hasta ahora no incluidos en la lista de sustancias o productos que causan alergias o intolerancia de declaración obligatoria en la Unión Europea, como son: las rosáceas, las leguminosas, el kiwi y los piñones.

      Desde la AESAN solicitan tu respuesta, con base en tu experiencia clínica, a las preguntas que aparecen en el cuestionario al que puede acceder a través del siguiente enlace:

       

      https://es.surveymonkey.com/r/aesancuestionarioalergiasalimentarias

       

      Desde la SEAIC te animamos a participar cumplimentando el cuestionario, ya que tu aportación es clave para reflejar la realidad asistencial y contribuir a un análisis riguroso y representativo de la situación actual. Te agradeceríamos que lo cumplimentaras cuanto antes, preferiblemente antes del día 31 de julio de 2025 .

      Agradecemos de antemano tu tiempo y colaboración. Tu participación es fundamental para el éxito de este proyecto y para seguir avanzando en la mejora de la atención a los pacientes con alergias alimentarias.

      Merco Salud (MRS) tiene como misión la de evaluar con rigor e independencia a los principales actores del sistema sanitario español y publicar anualmente sus resultados en diversos rankings de reputación de la sanidad española. Animamos a todos los socios a participar y aportar su opinión sobre la reputación de servicios, hospitales, médicos, empresas farmacéuticas y medicamentos en España.

      Accede al cuestionario

      • Título: Primas de salud y honorarios médicos: retos y perspectivas para la sostenibilidad del sistema asegurador en España.
      • Universidad: Universidad Rey Juan Carlos (URJC).
      • Investigadora principal: Cristina De La Morena Aragón
      • Duración estimada de la encuesta: 5-10 minutos.
      • Anónimo y voluntario.
      • Enlace a la encuesta

      Impulsada por el Comité de Rinología y Conjuntivitis Alérgica, busca conocer el manejo clínico del olfato en pacientes con rinitis o RSCcPN.

      El Comité de Rinología y Conjuntivitis Alérgica de la SEAIC invita a los socios a participar en una encuesta sobre el manejo clínico de pacientes con rinitis o rinosinusitis crónica con pólipos nasales (RSCcPN).

      El objetivo es conocer si se evalúa la pérdida de olfato en la práctica habitual y la disponibilidad de olfatometría en los servicios de Alergología.

      • Cuestionario breve (menos de 5 minutos)
      • Participación anónima y confidencial
      • Resultados destinados a mejorar el conocimiento del olfato en nuestros pacientes

      Enlace a la encuesta

      Organización y recursos

      Comités

      Los Comités científicos de la SEAIC están formados por profesionales de reconocida experiencia en diversas áreas de la Especialidad de Alergología. Su trabajo busca contribuir a la generación de conocimiento en los distintos campos de la especialidad. También ejercen funciones de representación de la Sociedad, participando en grupos de trabajo interdisciplinares, documentos de consenso o reuniones con las administraciones públicas.

      Se trata de una actividad voluntaria que responde al compromiso con el progreso científico y académico de la Alergología e Inmunología Clínica de los profesionales que participan.

      Están compuestos por un presidente (nombrado por la Junta Directiva de la SEAIC), un secretario y varios miembros permanentes que intervienen de forma activa en el desarrollo de cada uno de los objetivos específicos sobre los que se fundamenta su trabajo.

      Conoce los Comités de la SEAIC

       

      Comisiones

      El objetivo básico de las Comisiones es proporcionar una estructura a la SEAIC para complementar el conocimiento y desarrollo científico que se genera a través de los Comités, cumplimentando el plan estratégico a la sociedad.

      Están formadas en su mayor parte por socios que han colaborado en la gestión de nuestra sociedad, así como de otros profesionales de reconocida experiencia.

      Conoce las Comisiones de la SEAIC

      Ayuda al diagnóstico

      Glass AI

      Descripción general: Glass AI es una herramienta de inteligencia artificial diseñada para ayudar en el diagnóstico diferencial y generar resúmenes clínicos y guías de práctica médica basadas en las pruebas científicas más recientes.

      Ventajas destacadas:

      • Proporciona resúmenes clínicos actualizados y basados en evidencia.
      • Facilita la toma de decisiones médicas informadas al ofrecer información concisa y relevante.
      • Interfaz intuitiva que permite una navegación sencilla y eficiente.

      Desventajas:

      • Puede requerir suscripción o pago para acceder a todas las funcionalidades avanzadas.
      • Al ser una herramienta en constante desarrollo, podría presentar limitaciones en la cobertura de ciertos temas médicos.

      Modelo de acceso: Ofrece una versión gratuita con funcionalidades básicas y planes de suscripción para acceder a características avanzadas.

      URL de acceso: https://glass.health.

      ChatGPT

      Descripción general: ChatGPT es un modelo de lenguaje de inteligencia artificial desarrollado por OpenAI, diseñado para responder preguntas, analizar datos médicos y apoyar en la toma de decisiones clínicas proporcionando información basada en evidencia.

      Ventajas destacadas:

      • Capacidad para interpretar y analizar casos clínicos, facilitando la generación de diagnósticos diferenciales.
      • Ayuda a los médicos a acceder rápidamente a información actualizada sobre enfermedades, tratamientos y protocolos médicos.
      • Analiza imágenes de lesiones cutáneas, pruebas radiológicas y ECG, entre otras.
      • Puede asistir en la preparación de explicaciones detalladas para los pacientes sobre diagnósticos y tratamientos.
      • Interactividad que permite profundizar en temas específicos o explorar preguntas relacionadas con el caso clínico.
      • Multilingüe, permitiendo la interacción en diversos idiomas, incluida terminología médica compleja.

      Desventajas:

      • No es un sustituto del juicio clínico ni de un profesional médico capacitado; sugiere posibilidades basadas en patrones y datos.
      • Limitaciones en la comprensión de casos extremadamente complejos o con información incompleta.
      • La precisión de las recomendaciones depende de la calidad y claridad de los datos proporcionados.
      • Puede carecer de conocimiento sobre pautas locales o específicas de ciertas regiones médicas.

      Modelo de acceso: Gratuito con funcionalidades básicas; opciones de suscripción (como ChatGPT Plus) para acceso a versiones avanzadas con mayor capacidad de procesamiento.

      URL de acceso: https://chat.openai.com.

      DxGPT

      Descripción general: DxGPT es una herramienta de inteligencia artificial basada en el modelo GPT-4 de OpenAI, diseñada para asistir a profesionales de la salud en el diagnóstico de enfermedades, especialmente las raras. Su objetivo es reducir el tiempo de diagnóstico y mejorar la precisión en la identificación de patologías complejas.

      Ventajas destacadas:

      • Proporciona una lista de posibles diagnósticos en cuestión de minutos, agilizando el proceso clínico.
      • Facilita la identificación de enfermedades raras, que suelen requerir múltiples consultas y años para un diagnóstico preciso.
      • Potencia las capacidades del médico sin reemplazar su juicio clínico, actuando como una herramienta complementaria.
      • Integración en sistemas de atención primaria, como en la Comunidad de Madrid, mejorando la eficiencia en la atención al paciente.

      Desventajas:

      • Al ser una herramienta en constante desarrollo, puede presentar limitaciones en la precisión de algunos resultados.
      • Requiere una descripción clínica detallada para generar diagnósticos precisos, lo que depende de la calidad de la información proporcionada.
      • No sustituye al juicio clínico del profesional de la salud y debe ser utilizada como apoyo, no como fuente única de diagnóstico.

      Modelo de acceso: Actualmente, DxGPT se encuentra en fase piloto y está siendo implementada en centros de atención primaria de la Comunidad de Madrid. Su acceso está dirigido a profesionales de la salud dentro de este sistema.

      URL de acceso: https://dxgpt.app.

      Zebra Medical Vision

      Descripción general: Zebra Medical Vision es una plataforma de inteligencia artificial que analiza imágenes médicas para identificar una varias enfermedades y trastornos y que asiste a los médicos en el diagnóstico temprano y preciso.

      Ventajas destacadas:

      • Amplia gama de análisis automatizados, desde enfermedades cardiovasculares hasta trastornos óseos y hepáticos.
      • Capacidad para analizar imágenes de radiografías, tomografías computarizadas (TC) y resonancias magnéticas (RM).
      • Mejora la eficiencia al proporcionar informes automatizados y priorizar casos urgentes.
      • Ayuda en la detección temprana de enfermedades, reduciendo el tiempo de diagnóstico.

      Desventajas:

      • Requiere integración con los sistemas de salud existentes, lo cual puede ser un desafío técnico.
      • Dependencia de la calidad de las imágenes médicas proporcionadas para garantizar resultados precisos.
      • Algunos médicos pueden percibirlo como una herramienta complementaria en lugar de esencial, limitando su adopción.

      Modelo de acceso: Zebra Medical Vision ofrece servicios basados en suscripción y está orientado a instituciones médicas y hospitales.

      URL de acceso: https://www.zebra-med.com.

      Estatutos

      Los vigentes estatutos de la SEAIC se estructuran en los siguientes capítulos:

      Artículo 1º.

      Con el nombre de Sociedad Española De Alergología E Inmunología Clínica, se constituye una Sociedad Profesional y Científica, sin ánimo de lucro, que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación y demás normas que la desarrollan y por los presentes Estatutos.

      Artículo 2º.

      Los fines de la Sociedad son:

      a) Fomentar y dar a conocer los estudios sobre Alergología e Inmunología Clínica.

      b) Promover y facilitar el contacto de sus miembros entre sí y con otros profesionales o entidades afines.

      c) Contribuir a la formación y perfeccionamiento profesional en Alergología e Inmunología Clínica.

      d) Propiciar cualquier tipo de intercambio e iniciativa (no exclusivamente científico profesional) entre los socios, que contribuya a la buena marcha de la Sociedad.

      e) Intervenir como tal Sociedad en los problemas que puedan afectar a sus miembros, al ejercicio profesional, a la Especialidad, a la Sanidad y a la Salud Pública.

      f) Promover programas educativos para el público en general, encaminados a dar a conocer las enfermedades inmunoalérgicas, su prevención, tratamiento, y cualquier actividad relacionada con este fin.

      Artículo 3º

      La Sociedad tiene personalidad jurídica propia, con plena capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes, enajenarlos y venderlos, así como para celebrar cualquier tipo de contratos relacionados con sus fines, pudiendo comparecer ante Tribunales y Organismos, tanto públicos como privados.

      Artículo 4º.

      Es competencia de la Sociedad:

      a) Organizar o patrocinar en las condiciones que puedan determinarse, reuniones de Alergología e Inmunología Clínica en cualquiera de sus formas y celebrar Congresos y Simposios Nacionales o Internacionales.

      b) Potenciar la formación científica y profesional de sus miembros estimulando toda clase de actividades científicas. Ayudar a sus miembros en la tarea y en la proyección de sus actividades en toda clase de manifestaciones científicas. El Copyright de los trabajos de investigación patrocinados por la SEAIC u organismos dependientes de la misma pertenecerán a ésta.

      c) Mantener un servicio de información referido a la Especialidad entre sus miembros.

      d) Colaborar con otras entidades científicas, nacionales y extranjeras especialmente con las de Alergología e Inmunología Clínica.

      e) Cualesquiera otros medios adecuados para el cumplimiento de los fines señalados.

      Artículo 5º

      La Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica se integra en la Asociación Internacional de Alergia e Inmunología Clínica. Para su futura integración o separación de cualquier organismo nacional o extranjero será preceptiva la apertura del oportuno expediente por la Junta Directiva, cuya resolución final deberá ser aprobada por la Asamblea General.

      Artículo 6º

      De común acuerdo, las Sociedades o Asociaciones de la Especialidad actualmente existentes en el Estado Español y otras que en lo sucesivo lleguen a constituirse, podrán establecer relación con la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica, a través de un consejo de representantes de las distintas Sociedades o Asociaciones sin menoscabo de las competencias de todas las sociedades. Este consejo tendrá carácter consultor y se regirá por una normativa de régimen interno.

      Igualmente, en el seno de la propia Sociedad podrán establecerse distintas secciones de Alergología e Inmunología Clínica.

      Artículo 7º.

      A propuesta de la Junta Directiva o de la Asamblea General Ordinaria, podrán crearse comités, grupos de trabajo o comisiones en el seno de la Sociedad con objetivos y fines determinados. El período máximo de actuación de cada Comité será hasta la renovación efectiva del cargo de Presidente de la Sociedad, y se regirán por las normas de

      funcionamiento que se determinen.

      Artículo 8º

      El domicilio de la Sociedad está en la Calle Agustín de Foxá Núm. 25, planta baja, local comercial nº 1.  Madrid (CP: 28036).

      Artículo 9º

      El ámbito de acción para las actividades de la Sociedad es el territorio español.

       

      Artículo 10º

      Los órganos directivos de la Sociedad estarán constituidos por:

      1. Asamblea General de Socios.

      2. Junta Consultiva.

      3. Junta Directiva.

      1.- DE LA ASAMBLEA GENERAL

      Artículo 11º

      La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y estará integrada por todos los asociados.

      Artículo 12º

      Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará al menos una vez al año, las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los Asociados.

      Artículo 13º

      Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión, así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria habrán de mediar al menos quince días, pudiendo asimismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a media hora.

      Artículo 14º

      Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto.

      Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos en blanco ni las abstenciones.

      Será mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de éstas, para:

      1. Acuerdo para constituir una Federación de asociaciones o integrarse en ellas.
      2. Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado.
      3. Modificación de estatutos.
      4. Disolución de la entidad.

      Artículo 15º

      Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:

      1. Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
      2. Examinar y aprobar la Cuentas anuales.
      3. Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la Asociación.
      4. Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.
      5. Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea Extraordinaria.
      6. Acordar la remuneración, en su caso, de los miembros de los órganos de representación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.5 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.

      Artículo 16º

      Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria:

      1. Nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.
      2. Modificación de los Estatutos.
      3. Disolución de la Asociación.
      4. Expulsión de socios, a propuesta de la Junta Directiva.
      5. Constitución de Federaciones o integración en ellas.

      Artículo 17º

      17.1) Las Votaciones.

      El voto de los miembros de la Asamblea General es personal e indelegable.

      Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los socios de Honor, Eméritos, Adheridos, Numerarios y Pre-numerarios presentes. En caso de empate, será decisivo el voto del Presidente.

      Las votaciones no deben interrumpirse por causa alguna. Las modalidades de votación son:
      a) Por asentimiento a la propuesta de la Junta Directiva cuando, una vez anunciada, no suscite reparo u oposición.

      b) Pública, que es el carácter de procedimiento ordinario de votación. La votación pública u ordinaria se realizará por el sistema de levantados o sentados, por el de mano alzada o por llamamiento del Secretario de la Mesa a los distintos socios. Votarán en primer lugar quienes estén a favor de la propuesta que se someta a votación, en segundo lugar quienes estén en contra y, en tercer lugar, quienes se abstengan.

      c) Secreta, que es la procedente en las distintas elecciones, cuando se vote una moción de censura, cuando lo solicite la décima parte al menos, de los miembros de pleno derecho presentes en la Asamblea General o a propuesta de la Junta Directiva.

      La votación secreta se hará en papeletas especialmente habilitadas, debiendo entregar a cada socio la suya al Presidente de la Asamblea, tras ser llamado por el Secretario de ésta.

      Los electores que lo deseen, podrán emitir su voto por correo dirigido al Presidente de la Asamblea en un doble sobre: el primero contendrá nombre, fotocopia del D.N.I. y firma, y el segundo contendrá el voto en una papeleta igual a la exigida para el voto personal y permanecerá cerrado hasta que la aceptación se produzca. La recepción del voto por correo terminará la víspera del día de la votación. Los sobres serán abiertos públicamente por el Secretario en el momento del escrutinio.

      A fin de agilizar estas votaciones, la Junta Directiva podrá consensuar otro procedimiento, siempre que garantice absolutamente la pureza de la votación.

      17.2) De las actas de las Sesiones.

      En el Acta de las sesiones de la Asamblea General debe hacerse una relación fiel y sucinta de las incidencias y acuerdos, recogiéndose los resultados de las votaciones y el texto de las resoluciones si las hubiere. El Acta debe ser firmada por el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva.

      El Acta ha de depositarse en la Secretaría de la SEAIC, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la celebración de la sesión, y de ella se mandará copia a todos los socios.

      Se entenderá que el Acta se da por aprobada provisionalmente si no se hubiese efectuado ninguna reclamación al respecto en los siguientes sesenta días naturales a su envío.

      En caso de haberse recibido alguna alegación, se someterá ésta a la consideración de la Asamblea General en la siguiente Sesión, figurando en el orden del día de la misma.

      2.- DE LA JUNTA CONSULTIVA

      Artículo 18º

      Estará constituida por los ex-presidentes de la Sociedad que elegirán un Presidente de entre ellos. Actuará de Secretario el último de sus miembros en relación a su ingreso en la Junta Consultiva.

      Artículo 19º

      Serán funciones de la Junta Consultiva:

      a) Actuar en aquellos asuntos que afectan a la ética de la Sociedad y asesorará a la Junta Directiva en cuantos asuntos sea requerida.

      b) Elevar a la Asamblea General a través de la Junta Directiva, cuantos asuntos crea necesarios.

      c) La duración de los cargos de la Junta Consultiva se corresponderá con la de Junta Directiva que le dé posesión.

      3.- DE LA JUNTA DIRECTIVA

      Artículo 20º

      Constitución de la Junta Directiva.

      La Sociedad estará regida por una Junta Directiva compuesta por un Presidente, un Presidente electo, un Vicepresidente Primero, un Vicepresidente Segundo, un Secretario, un Vicesecretario-Tesorero, y nueve Vocales.

      Todos los cargos de la Junta Directiva serán elegidos por la Asamblea General Extraordinaria. La duración del mandato será de cuatro años para todos sus miembros, renovándose por mitades cada dos años; primero el Vicepresidente Primero, el Vicesecretario-Tesorero y cinco Vocales; y después el Presidente, el Vicepresidente Segundo, el Secretario y los cuatro Vocales restantes.

      Los miembros de la Junta Directiva no podrán ser reelegidos para el mismo cargo de inmediato, pero sí reelegidos posteriormente. Quedan exceptuados los cargos técnicos: Secretario y Vicesecretario-Tesorero que podrán ser reelegidos de inmediato. El Presidente electo será elegido dos años antes de la finalización del mandato del Presidente al que debe suceder.

      Artículo 21º

      1º Candidaturas:

      1.a) Convocadas las elecciones por el Presidente de la Junta Directiva, se abrirá un período de presentación de candidaturas durante un plazo de treinta días naturales.

      Los candidatos para cualquier cargo de la Junta Directiva de la Sociedad deberán ser socios de honor o numerarios de la misma, reunir las condiciones exigidas por la legislación vigente y tener la plenitud de sus derechos como tales con una antigüedad de al menos dos años.

      1.b) Cada candidatura, individual o colectiva, dirigida al Presidente de la Junta Directiva, deberá ser propuesta por diez miembros numerarios o de honor, incluirá el programa de actuación, e irá acompañada de una declaración de los candidatos afirmando que están dispuestos a aceptar el cargo, en caso de ser elegidos.

      Las candidaturas deberán estar en poder de la Junta Directiva al menos tres meses antes de la fecha de las elecciones y comunicadas con sus respectivos programas de actuación, a todos los miembros con derecho a voto, al menos dos meses antes de la citada fecha de elección.

      Posteriormente se abrirá un período de campaña electoral de un mínimo de treinta días naturales de duración, a fin de que todos los candidatos puedan dirigirse a los electores.

      2º Elección:

      La Junta Directiva debe comunicar a los electores mediante una convocatoria de Asamblea General Extraordinaria, con un mínimo de treinta días naturales, el día, hora, lugar y demás circunstancias de la elección.

      La elección se realizará mediante voto directo y secreto de los electores, en papeletas que se confeccionarán para ello. En cada una de estas papeletas debe figurar el cargo y nombre de todos los candidatos. Sólo se podrá emitir un voto por cada vacante convocada, independiente de la candidatura a que pertenezca.

      Cada elector deberá depositar su voto en una urna, debidamente acreditado.

      3º Voto por correo:

      Los electores podrán votar por correo dirigido al Presidente de la Junta Directiva en un doble sobre: el primero contendrá el nombre, fotocopia del D.N.I. y firma, y el segundo, contendrá el voto en una papeleta igual a la exigida para el voto personal y permanecerá cerrado hasta que la aceptación se produzca. La recepción del voto por correo terminará la víspera del día de la votación. Los sobres serán abiertos públicamente por el Secretario en el momento del escrutinio.

      El voto por correo sólo será válido en la primera votación y el voto personal anula el voto por correo.

      4º Escrutinio:

      El escrutinio será realizado por una mesa constituida por el Secretario, Vicesecretario- Tesorero, un vocal designado por el Presidente, y un delegado de cada una de las candidaturas presentadas, procediendo en primer lugar al escrutinio del voto personal, seguido del escrutinio del voto por correo.

      5º Proclamación:

      a) Realizado el escrutinio, serán proclamados electos, en primera votación, los candidatos que obtengan la mayoría simple de los votos emitidos.

      b) El Secretario de la Junta Directiva levantará acta de la sesión, haciendo constar el número de participantes en las votaciones, los votos por correo y el resultado de la elección, y se comunicará durante el transcurso de la Asamblea.

      c) Si se produjesen empates entre varios candidatos, se procederá a una segunda votación entre los que, manteniendo su candidatura, hayan obtenido igual número de votos. En esta segunda votación será proclamado electo aquel que obtenga mayor número de votos, y se realizará mediante nueva convocatoria de Asamblea General Extraordinaria.

      Artículo 22º - Vacantes

      En caso de quedar vacante la Presidencia antes del término de su mandato, este cargo pasará a ser ocupado con carácter accidental por el Vicepresidente Primero y en su defeco por el Vicepresidente Segundo hasta completar el término de su mandato. Las vacantes de Secretario se cubrirán por el Vicesecretario-Tesorero y las de éste por el vocal que designe la Junta Directiva. Las vacantes de vocales no serán cubiertas hasta la fecha que corresponda la renovación de la Junta Directiva.

      Artículo 23º - Funciones de la Junta Directiva

      La actuación de la Junta Directiva se hará con arreglo a las normas siguientes:

      a) Será competencia de la Junta Directiva el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º de estos Estatutos.

      1. Propondrá a la Asamblea General los posibles Presidentes y Sedes de los Congresos y Simposios de la Sociedad. Las propuestas de Sede se enviarán debidamente detalladas y documentadas a la Junta Directiva al menos 3 meses antes de la reunión que debe decidir el asunto. Asimismo, los candidatos a Presidente del Congreso enviarán una aceptación por escrito para el caso de ser elegidos. La Junta Directiva estudiará las propuestas y las que en su criterio reúnan las condiciones requeridas las elevará a la Asamblea para su definitiva designación.

      2. La Junta Directiva nombrará el Comité Científico de las reuniones científicas de la Sociedad, que elaborará una propuesta de los temas a tratar. Los temas definitivos serán elegidos por el Comité Científico y la Junta Directiva conjuntamente.

      3. La Junta Directiva designará al Presidente y cargos electivos de la Fundación de la SEAIC, que tendrán una duración de un máximo de 4 años.

      b) Aunque es deseable la participación en las decisiones de todos los integrantes de la Junta Directiva, los asuntos de trámite y la realización de gestiones urgentes serán resueltos por el Presidente, Vicepresidente y el Secretario a los que se incorporará el Vicesecretario-Tesorero en ausencia de éste último o bien cuando se trate de asuntos que de alguna manera atañen a las finanzas de la Sociedad. Estos acuerdos se comunicarán a los restantes miembros de la Junta Directiva por escrito a la mayor brevedad posible.

      c) Otros asuntos requerirán la consulta a todos los miembros de la Junta Directiva. La Junta Directiva se reunirá al menos dos veces al año para hacer examen del estado y funcionamiento de la Sociedad.

      Otras funciones de la Junta Directiva en pleno serán:

      1. Conocimiento del estado financiero de la Sociedad.

      2. Preparación de los programas de trabajo que en cumplimiento de los Estatutos deba efectuar la Sociedad.

      3. Designación conjuntamente con el Comité Científico, de los temas de Simposios, Reuniones Científicas o similares y de las personas a cuyo cargo debe ir su desarrollo.

      4. Concesión de patrocinio, ayudas económicas y de otra posible clase a las actividades que los Estatutos de la Sociedad contemplan.

      5. Admisión de socios en las condiciones que marcan los Estatutos.

      6. Apertura, estudio y resolución de los diversos expedientes que en función de su cargo, los Estatutos de la Sociedad encomiendan.

      7. Estudio y en su caso resolución de los asuntos que el Presidente de la Sociedad proponga.

      8. Estudio y en su caso aprobación de los asuntos que a solicitud de cualquier miembro de la Junta Directiva queden incluidos en el Orden del Día de la Reunión pertinente.

      9. Admisión y estudio de las propuestas que por escrito sean elevadas por miembros de la sociedad.

      Artículo 24º - Funciones de los miembros de la Junta Directiva.

      Serán funciones del Presidente:

      responderá al Presidente la representación de la Sociedad en todas las relaciones de la misma con los Poderes Públicos, Entidades Públicas, Corporaciones y Personas Jurídicas o naturales de cualquier orden, incluso ante los Tribunales y Juzgados que fueren menester, pudiendo a tal fin designar Letrados y Procuradores para la defensa de los intereses de la Sociedad.

      Podrá delegar sus atribuciones en el Vicepresidente, o en cualquier otro miembro de la Junta Directiva.

      2. Presidir la Asamblea General.

      3. Presidir la Junta Directiva.

      4. Velar por el cumplimiento de los Estatutos de la Sociedad.

      Serán funciones del Vicepresidente Primero:

      1. Sustituir al Presidente cuando éste delegue en él por escrito.

      2. Ocupar la Presidencia con carácter accidental en caso de vacante de la misma, hasta completar el término de su mandato.

      3. Coordinar el trabajo, la organización y las funciones de los Comités de la Sociedad.

      Serán funciones del Vicepresidente segundo:

      1. Sustituir al Presidente cuando éste delegue en él por escrito.

      2. Ocupar la vicepresidencia primera con carácter accidental en caso de vacante de la misma, hasta completar el término de su mandato.

      3. Coordinar el trabajo, la organización y las funciones de las Comisiones de la Sociedad.

      Serán funciones del Secretario:

      1. Convocar por orden del Presidente las Reuniones de los diversos órganos gestores de la Sociedad.

      2. Cuidar de la apertura y desarrollo de los expedientes que se incoen en el seno de la Sociedad.

      3. Levantar Actas de las Sesiones celebradas.

      4. Expedir las certificaciones oportunas con autorización y visto bueno del Presidente.

      5. Redactar la Memoria anual.

      6. Custodiar la documentación oficial y social.

      7. Controlar el fichero de asociados.

      8. Cuantas otras funciones sean propias de su cargo.

      El Secretario dispondrá de una Secretaría Técnica encargada de ejecutar todo el trabajo burocrático de la Sociedad.

      La Secretaría Técnica tendrá su sede en el lugar que determine la Junta Directiva y su trabajo será supervisado por el Secretario de la Sociedad, que será responsable de su funcionamiento.

      La vacante de Secretario será cubierta por el Vicesecretario hasta completar el término de su mandato.

      Serán funciones del Vicesecretario-Tesorero, el cuidado de las finanzas de la Sociedad.

      Serán funciones de los Vocales las derivadas del cumplimiento de los apartados precedentes y todas aquellas que les puedan ser encomendadas por la Junta Consultiva, la Junta Directiva o la Asamblea General.

       

      Artículo 25º - Convocatoria y Constitución de la Reunión:

       

      El Secretario convocará la reunión a instancias del Presidente, tantas veces como el interés de la Sociedad lo exija, debiendo hacerlo con, al menos 15 días de antelación. La mitad más uno de los miembros de la Junta Directiva puede solicitar en escrito dirigido al Presidente la convocatoria de una reunión.

      La Junta Directiva se considerará válidamente reunida cuando estén presentes la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de los miembros presentes. En caso de empate se procederá a una nueva votación. De producirse un nuevo empate será decisivo el voto del Presidente.

      La Junta Directiva no se considerará válidamente reunida sin la presencia del Presidente o por delegación de éste por escrito, la del Vicepresidente Primero.

       

      Artículo 26º

      La Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica estará constituida por personas naturales con capacidad de obrar y mayores de edad. En las condiciones que se determinan podrán pertenecer a la Sociedad, entidades de otra clase.

      Artículo 27º

      Los socios podrán ser: de Mérito, de Honor, Eméritos, Numerarios, Pre-Numerarios, Adheridos y Cooperadores.

      a) Podrán ser socios de Mérito aquellas personas nacionales o extranjeras que destaquen por sus merecimientos científicos en el campo de la Alergología y de la Inmunología Clínica o que hayan prestado relevantes servicios a la Sociedad. También podrán ostentar esta categoría aquellas personas que sin merecimientos específicos de la Especialidad lo tengan en otros campos de la ciencia.
      Para la concesión del Certificado de socio de Mérito, será preceptivo que la Junta Directiva abra el oportuno expediente y que eleve la correspondiente propuesta a la Asamblea General, sin cuya aprobación no será posible el nombramiento. Estarán exentos de pago de cuota y recibirán el oportuno diploma acreditativo de su categoría.

      b) Podrán ser socios de Honor, los Presidentes de la Sociedad al acabar su mandato. Su designación será hecha por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. Tendrán los mismos derechos de los socios numerarios, estarán exentos del pago de cuota y recibirán el oportuno Diploma acreditativo de su categoría.

      c) Podrán ser socios Eméritos aquellos miembros Numerarios de la Sociedad, con antigüedad superior a 15 años, que hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad o hayan cesado en su ejercicio profesional activo o sufran invalidez para el desarrollo de la profesión, acreditando documentalmente dichas circunstancias. Tendrán los mismos derechos de los socios numerarios, estarán exentos del pago de cuota y recibirán el oportuno Diploma acreditativo de su categoría. La admisión deber ser aprobada por la Junta Directiva.

      Si a criterio de la Junta Directiva o por propuesta de la Asamblea General se considerara que algún miembro de la Sociedad no incluido en las condiciones anteriores merece esta categoría, se procederá a la apertura del correspondiente expediente por la Junta Directiva y en caso afirmativo la nominación precisará la aprobación de la Asamblea General.

      d) Podrán ser socios Numerarios

      aquellas personas que estén en posesión del título de licenciado o doctor en Medicina o grado académico correspondiente y del título oficial de especialista en Alergología, expedido u homologado en un estado de la Unión Europea. El candidato aportará una solicitud de admisión presentada por dos socios de Honor, Eméritos o Numerarios de la Sociedad y la correspondiente certificación del título de Especialista en Alergología. La admisión debe ser aprobada provisionalmente por la Junta Directiva, que enviará a los socios la lista de los candidatos y de sus valedores, por si existiera alguna objeción. Si transcurrido el plazo de 30 días, no hubiese objeción alguna, se considerarán definitivamente admitidos. En caso contrario, la admisión se decidirá en la Asamblea General. La Junta Directiva podrá admitir como socios Numerarios a los Especialistas en Inmunología o en otra rama de las Ciencias, que por su labor científica y profesional considere acreedores de ello; serán presentados por dos socios de Honor o Numerarios y aportarán un "curriculum vitae". Tendrán los derechos y deberes inherentes a su condición y recibirán el correspondiente certificado acreditativo.

      e) Podrán ser socios Pre-numerarios aquellas personas que estén cursando su formación para la obtención del título de especialista en Alergología. El candidato aportará una solicitud de admisión presentada por dos socios de Honor, Eméritos o Numerarios de la Sociedad y la correspondiente justificación de su período de formación. La admisión deber ser aprobada por la Junta Directiva. Tendrán los derechos y deberes inherentes a su

      condición y recibirán el correspondiente diploma acreditativo. Al adquirir el título de especialista en Alergología y comunicarlo documentalmente a la Junta Directiva, podrán pasar a ser socios Numerarios, con todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición.

      f) Podrán ser socios Adheridos aquellas personas que, no reuniendo las condiciones exigidas para ser socios Numerarios o Pre-Numerarios, demuestren sus reconocidos méritos científicos y profesionales en relación con la Alergología e Inmunología Clínica. Las propuestas de socios Adheridos deberán ser presentadas por dos socios de Honor, Eméritos o Numerarios y se acompañarán del "curriculum vitae" del solicitante. La admisión debe ser aprobada provisionalmente por la Junta Directiva, que enviará a los socios la lista de los candidatos y de sus valedores, por si existiera alguna objeción. Si transcurrido el plazo de 30 días, no hubiese objeción alguna, se considerarán definitivamente admitidos. En caso contrario, la admisión se decidirá en la Asamblea General.

      g) Podrán tener la categoría de socios Cooperadores aquellas personas, entidades, corporaciones, sociedades, agrupaciones, asociaciones o similares que por su cooperación y ayuda a los fines de la Sociedad, se hagan acreedores de ello. Para la concesión es preceptiva la apertura del correspondiente expediente por la Junta Directiva y su nombramiento debe ser aprobado por la Asamblea General. Recibirán el oportuno diploma acreditativo de su condición.

      Artículo 28º

      Serán derechos y deberes de los socios los siguientes:

      Beneficiarse de los fines de la Sociedad y que estos Estatutos contemplan.

      Todos los socios de Mérito, de Honor, Eméritos, Numerarios, Pre-Numerarios y Cooperadores tendrán un documento expedido por la Sociedad que acredite su condición.

      Ser informados de todas las actividades de la Sociedad.

      Los socios de Mérito tendrán voz y voto en la Asamblea General, pero no podrán ser elegidos para ocupar cargos directivos en la Sociedad.

      Los socios de Honor, los socios Eméritos y los socios Numerarios tendrán desde el momento de su admisión voz y voto en la Asamblea General y podrán ser elegidos en las condiciones previstas por los Estatutos para desempeñar cargos directivos de la Sociedad.

      Los socios Pre-Numerarios y los Adheridos tendrán voz y voto en la Asamblea General, pero no podrán ser elegidos para ocupar cargos directivos en la Sociedad.

      Artículo 29º

      Los socios podrán perder su condición de tales de la forma siguiente:

      a) Por fallecimiento.

      b) Por renuncia voluntaria.

      c) Por falta injustificada de pago de cuotas durante dos años consecutivos. La baja por impago de cuotas irá precedida de advertencia por parte del Vicesecretario-Tesorero y el abono de todas las cuotas pendientes rehabilitará al interesado en todos sus derechos.

      d) Por acuerdo de la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, previa incoación del oportuno expediente y consecutivo a la certeza de que haya realizado alguna acción contraria a los fines e intereses de la Sociedad. Para ello se nombrará previamente un Instructor y un Secretario, ambos miembros de la Junta Directiva.

      Por abandonar su periodo de formación.

      Artículo 30º

      La Junta Directiva será la competente para conocer de las distintas infracciones señaladas en el Art. 31 de los presentes Estatutos, cuya corrección se ajustará al procedimiento que se establece en los artículos siguientes.

      La Junta Directiva, podrá actuar de oficio, o por denuncia de un tercero, con independencia que sea persona física o Jurídica.

      Las faltas leves podrán ser corregidas por el Presidente de la Sociedad, previa autorización de la Junta Directiva, y oyendo al supuesto infractor.

      Las faltas prescribirán al año de su comisión, salvo que se haya procedido a su corrección, bien mediante la iniciación de una información reservada, o del correspondiente expediente disciplinario.

      Artículo 31º

      Las infracciones serán calificadas de leves, graves y muy graves, con arreglo a la tipificación siguiente.

      1.- Son infracciones muy graves:

      a) La ejecución de algún acto que contradiga, impida o dificulte el cumplimiento de los objetivos y fines sociales.
      b) La conducta pública reprobable, y la que constituya grave detrimento para el prestigio de la Sociedad o para el de alguno de los Miembros.
      c) Haber sido sancionado por la comisión de dos faltas graves.
      d) Pertenecer o actuar a través de Sociedades Mercantiles que capten su clientela a través de Publicidad organizada, en clara competencia desleal con el resto de sus compañeros.

      e) Participar en Asambleas u otros actos, cuyos programas y objetivos sean contrarios a los intereses de nuestra Sociedad.
      f) Actuar bajo la supuesta cobertura de titulaciones, que no se posean y cualesquiera otras conductas dolosas, constitutivas de delitos.

      2.- Son infracciones graves:

      a) El incumplimiento doloso de los acuerdos de las Juntas General y Directiva.
      b) El incumplimiento esencial de los cometidos y gestiones específicamente asignados.
      c) La inhibición y falta de participación reiterada, sin justificación adecuada, en las actividades que promueva la Sociedad.
      d) Haber sido sancionado por dos infracciones leves.

      3.- Son infracciones leves:

      a) El incumplimiento por negligencia de los acuerdos adoptados por la Junta General o la Junta Directiva.
      b) La falta de cooperación al cumplimiento de los fines sociales, cuando por su poca entidad tal omisión no imposibilite o dificulte la realización de estos.
      c) La incorrección con los socios o con terceros, cuando, en éste último caso, afecte a la Sociedad o a sus componentes.
      d) El incumplimiento de los deberes y obligaciones estatutarias inherentes a la condición de socio, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave.

      Artículo 32º.

      Las sanciones que podrán imponerse por razón de las infracciones son las siguientes:

      1. Expulsión de la Sociedad.
      2. Suspensión de la condición que ostente el sancionado por un período máximo de un año.
      3. Inhabilitación por período de uno a cuatro años para ejercer cargos directivos o representar públicamente a la Sociedad.
      4.. Amonestación escrita.

      Las sanciones se impondrán atendiendo a las circunstancias objetivas y subjetivas concurrentes y a la reiteración en la conducta infractora.

      La sanción de expulsión sólo podrá imponerse por la comisión de falta muy grave.

      La suspensión de derechos societarios y la de inhabilitación para ejercer cargos directivos y de representación podrá imponerse por la comisión de falta muy grave o grave.

      La amonestación escrita, podrá imponerse por la comisión de falta grave o leve.

      Artículo 33º.

       

      La Junta Directiva, actuando bien de oficio, bien a instancia de cinco de sus miembros, será la competente para conocer de las distintas infracciones, que resultan del precedente Art. 31, a excepción de las leves, respecto de las que no, lo será el Presidente de la misma, quien podrá oír, si lo estima oportuno, al supuesto infractor, antes de emitir su veredicto.

      Artículo 34º.

      La Junta Directiva, procederá a designar entre los miembros de la Sociedad, una Comisión Deontológica, que habrá de informar de todos los expedientes sancionadores que se instruyan.

      Para poder ser designado miembro de la Comisión Deontológica, se requerirá tener una antigüedad de, al menos, 10 años en la Sociedad; no haber sido sancionado con anterioridad y estar al corriente en sus obligaciones como asociado.

      El mandato de dicha Comisión será el mismo que el de la Junta Directiva, sin perjuicio de que podrán ser reelegidos, total o parcialmente, por las nuevas Juntas Directivas entrantes.

      Estará compuesto por, al menos, cinco miembros, y sus decisiones habrán de adoptarse por mayoría simple, y será presidida por la persona que resulte elegida entre sus miembros, y en su defecto, por el de mayor antigüedad en la Sociedad, y en caso de igualdad, el de más antigüedad como colegiado, y de persistir dicha igualdad, el de más edad.

      Se elegirá, asimismo un Secretario, que levantará acta de todas las reuniones de la Comisión Deontológica y que será el encargado de tramitar los expedientes que pudieran estar pendientes en la misma. Para su elección y, en su caso, designación provisional, se seguirá el mismo procedimiento que para el Presidente, pero refiriéndose siempre y en todo caso, al más joven.

      De producirse alguna vacante, será inmediatamente cubierta por la Junta Directiva.

      Una vez aceptado el cargo, no podrá renunciarse al mismo, salvo causa justificada a criterio de la Junta Directiva, o cause baja en la Sociedad, de acuerdo con las causas previstas en el artículo 33 de los presentes Estatutos.

      Artículo 35º.

      El procedimiento sancionador se ajustará a las siguientes normas:

      1. Conocida, bien de oficio o de denuncia, la comisión de una falta, la Junta Directiva designará de entre sus miembros a un Instructor y Secretario.

      Esto no obstante, podrá tramitar una información reservada, para lo cual oirá previamente al supuesto infractor, tras lo cual, adoptará el acuerdo de incoar expediente disciplinario, con la designación de Instructor y Secretario, o, en su caso, de archivo, para lo cual se

      requerirá el informe de la Comisión Deontológica.

      Si ésta mostrara su conformidad, se procederá al archivo del expediente. En caso de disconformidad, la Junta Directiva resolverá.

      2. Del acuerdo de incoación de expediente disciplinario, y de la designación de Instructor y Secretario, se notificará al interesado al objeto de poder recusarlos, para lo que dispondrá de un plazo de 7 días.

      El cargo de Instructor y Secretario, será de obligada aceptación, salvo que tuviera motivos de abstención, o que su recusación por el expedientado fuere aceptada por la Junta Directiva.

      3. Sólo serán consideradas causas de abstención o recusación, el parentesco dentro del cuarto grado en caso de consanguinidad o de afinidad dentro del segundo; la amistad intima o enemistad manifiesta, o tener interés personal en el asunto de que se trate.

      4. El Instructor dispondrá del plazo de 2 meses, contados desde la finalización del de recusación, para la tramitación del expediente.

      De cualquier forma, en supuestos de dificultad en su tramitación, o ante causas justificadas, podrá ampliarse dicho plazo por la Junta Directiva, previa petición del Instructor.

      5. El Instructor podrá acordar la práctica de cuantas diligencias o pruebas estime oportuno realizar, para lo cual contará con el apoyo de la Secretaria de la Sociedad.

      De practicarse alguna prueba testifical, se dará traslado al expedientado para poder formular las preguntas o repreguntas que estime oportunas en su defensa.

      Esto, no obstante, y con carácter obligatorio habrá de oírse al denunciante, o a su representante legal si fuera persona jurídica, y al expedientado, así como la incorporación del expediente de información reservada que se hubiese practicado si lo hubiere.

      6. Cuando la tramitación del expediente lo permita, el Instructor formulará Pliego de Cargos al expedientado, quien dispondrá de un plazo de 10 días, para formular el correspondiente Pliego de Descargos, en el que podrá proponer los medios probatorios que a su derecho conviniere, cuya práctica será necesaria, salvo que el Instructor lo rechace por causas justificadas y motivadas, y dándosele vista de lo actuado.

      7. Concluida las pruebas que el Instructor considerare oportuno practicar, y en su caso, la que el expedientado hubiere propuesto, se dictará una Resolución, de la que se dará traslado al expedientado, quien dispondrá de un plazo de 8 días, para formular Alegaciones.

      8. Evacuado el trámite de Alegaciones, o concluido dicho plazo, sin formular alguna, se dará por concluido el expediente, el cual se elevará a la Comisión Deontológica para emitir su preceptivo informe.

      9. La Comisión Deontológica, elevará su informe, dentro de los 15 días siguientes a su remisión del expediente, y de lo que dará traslado a la junta Directiva.

      10. El expedientado, podrá intervenir en el examen de los testigos que depongan en el expediente, así como designar un Letrado que le defienda, el cual podrá intervenir en todas las pruebas que se practiquen, sin que para ello sea preciso la presencia del propio interesado, siempre y cuando haya hecho constar al Instructor por escrito dicha designación.

      11. Los plazos señalados, se contarán siempre desde que se produce la notificación y entendiéndose siempre de días hábiles.

      Artículo 36º.

      Una vez finalizadas las actuaciones y emitido el informe de la Comisión Deontológica, se elevarán a la Junta Directiva, para que adopte el Acuerdo correspondiente, dentro de los siguientes 30 días desde que la fuera remitido el mismo, con el correspondiente expediente disciplinario.

      Cuando la dificultad de expediente así lo aconseje, o se hayan planteado cuestiones jurídicas, o cuando así lo considerara necesario la Junta Directiva, podrá solicitar informe al Asesor Jurídico de la Sociedad, si lo hubiere, o en su defecto al que se designe al efecto, quien evacuará su opinión dentro de los siguientes 7 días hábiles.

      Artículo 37º.

      Los acuerdos de la Junta Directiva al resolver los expedientes sancionadores, deberán ser motivados y refrendados en la primera Asamblea General que se celebre.

      Artículo 38º.

      Contra los acuerdos que la Junta Directiva adopte en materia disciplinaria, podrán ser recurridos por los interesados, en un plazo de 15 días hábiles, ante la misma, quien dispondrá de otros 15 días para su resolución definitiva.
      El acuerdo que se adopte, podrá ser impugnado ante la jurisdicción ordinaria.

      Artículo 39º - Autonomía Financiera

      La Sociedad tendrá plena autonomía para la administración de sus propios recursos, con estricto cumplimiento de sus obligaciones y ajustándose al presupuesto previamente acordado.

      Artículo 40º - Recursos Financieros

      La Sociedad se nutrirá para el desarrollo de sus fines de los siguientes recursos:

      1. Las cuotas anuales y las extraordinarias que fije la Junta Directiva, siguiendo las directrices de la Asamblea General, cada año se irán incrementando de acuerdo con lo acordado por la Junta Directiva, siguiendo las directrices generales de la Asamblea General.

      2. Los productos de los bienes y derechos que le correspondan, así como las subvenciones, legados, donaciones, etc. que puedan recibir de forma legal.

      3. Los ingresos que obtenga la Sociedad mediante las actividades licitas que acuerde realizar la Junta Directiva, siempre dentro de los fines estatutarios.

      Artículo 41º - Contabilidad

      Se llevará los registros y el control contable de acuerdo con la legalidad vigente y en particular adaptada al Plan General Contable y a los principios contables generalmente admitidos.

      La Sociedad llevará los pertinentes libros de cuentas para el control y buen orden de la gestión financiera de la entidad.

      Una vez acabado el ejercicio económico, serán practicados los correspondientes balances, cuentas de resultados y memoria anual explicativa que serán sometidos a la aprobación de la Asamblea General Ordinaria.

      Juntamente con la documentación descrita en el anterior apartado será sometido a la Asamblea el presupuesto de ingresos y gastos correspondientes al siguiente ejercicio.

      De todo ello se facilitará a los asociados un resumen suficientemente explicativo.

      Artículo 42º - Liquidación del ejercicio anual.

      El ejercicio social coincidirá con el año natural.

      Una vez finalizado éste y estableciendo el estado de ingresos y gastos, si hubiera beneficios se revertirá en el patrimonio de la Sociedad. Si existiesen pérdidas, la Junta Directiva determinará la forma de cubrirlas, bien sea con una aportación extraordinaria de los socios, bien sea como estime más conveniente.

      Artículo 43º - Pago de las cuotas

       

      El domicilio legal del cumplimiento de las obligaciones de pago por parte del asociado es la sede de la Sociedad.

      A fin de facilitar esta obligación este cumplimiento será obligatorio domiciliar los pagos periódicos en una entidad bancaria o de crédito.

      El importe de los recibos es indivisible, por lo cual su forma de pago no podrá fraccionarse ni efectuar entregas a cuenta.

      Se disolverá voluntariamente cuando así lo acuerde la Asamblea General Extraordinaria, convocada al efecto, por una mayoría de 2/3 de los asociados.

      En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante liquido se destinará a favor del Colegio de Huérfanos de Médicos, o en su defecto a fines que no desvirtúen su naturaleza ni lucrativa.

      En todo caso no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y las disposiciones complementarias.

      D. IGNACIO JESÚS DÁVILA GONZÁLEZ, Secretario de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados para adaptarlos a las previsiones de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de asociados de fecha 20 de febrero de 2.004.

      En Madrid, a 27 de febrero de 2.004.

      PEDRO OJEDA FERNÁNDEZ, Secretario de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en sus artículos 27º y 28º para añadir la categoría de socio emérito, con sus derechos y limitaciones, aprobada en Asamblea General de los socios de fecha 28 de octubre de 2006.

      En Madrid, a 2 de noviembre de 2006.

       

      PEDRO OJEDA FERNÁNDEZ, Secretario de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en su artículo 8º para modificar la dirección social de la Asociación, aprobada en Asamblea General de los socios de fecha 19 de octubre de 2012.

      En Madrid, 20 de octubre de 2012.

      DARÍO ANTOLÍN AMÉRIGO, Secretario de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en su artículo 28º para modificar los derechos y deberes de los socios pre-numerarios y adheridos, aprobada en Asamblea General de los socios de fecha 25 de octubre de 2019.

      En Madrid, 25 de octubre de 2019.

      D.ª. CARMEN MARÍA ANDREU BALAGUER, Secretaria de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en su artículo 8º para modificar  el domicilio social de la SEAIC y en su artículo 27º para especificar  con qué titulación  podrán ser socios numerarios y sustituir el diploma por un certificado acreditativo, aprobada en Asamblea General de los socios de fecha 8 de noviembre de 2024.

      En Madrid, 18 de noviembre de 2024.

      D.ª. CARMEN MARÍA ANDREU BALAGUER, Secretaria de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en su artículo 20º para introducir las figuras de Vicepresidente primero y Vicepresidente segundo y reducir a 9 vocales;  en su artículo 22º para especificar  que la vacante del presidente será ocupada con carácter accidental por el Vicepresidente primero y en su defecto por el Vicepresidente Segundo; en su artículo 23º para incluir al Vicepresidente Segundo en los asuntos de trámite y realización de gestiones urgentes; en su artículo 24º para añadir la palabra “Primero” en las funciones del vicepresidente y definir las funciones del Vicepresidente Segundo; en su artículo 25º para añadir la palabra “Primero” en el ultimo párrafo, aprobado en Asamblea General de los socios de fecha 3 de octubre de 2025.

      En Madrid, 3 de octubre  de 2025.

       

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      Política de Privacidad

      Política de privacidad

       

      La SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ALERGOLOGIA E INMUNOLOGIA CLINICA (SEAIC), como responsable del servicio de los sitios web bajo el dominio seaic.org, y sus subdominios, en adelante el SITIO WEB, quiere ofrecerle las mayores garantías legales en relación con su privacidad y explicarle con la mayor claridad y transparencia posible, todo lo relativo al tratamiento de la información personal que nos proporcione a través de los diferentes sistemas de captura utilizados en nuestros sitios web. Esta política de privacidad ha sido actualizada por última vez el 19/12/2023.

      Hemos actualizado esta política con el objetivo de explicarle el tipo de datos personales que recogemos, por qué los recogemos y cómo puede actualizarlos, gestionarlos, exportarlos y eliminarlos. La SEAIC ha adecuado sus sitios web a las exigencias de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal y Garantía de los Derechos Digitales (nueva LOPD), y cumplen también con el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas (RGPD), así como con la Ley 34/2002, de 11 de julio, de Servicios de la Sociedad de la Información y Comercio Electrónico (LSSICE).

      Esta Política tiene la finalidad de ofrecerle toda la información necesaria sobre qué tipo de información personal recopilamos y utilizamos, cómo puede controlar su uso, y describe nuestras prácticas relacionadas con la información recopilada de los diferentes sitios web de la SEAIC que enlazan o hacen referencia a esta Política (como, por ejemplo, páginas de redes sociales y mensajes de correo electrónico con formato HTML).

       

      1. Responsables del tratamiento de sus datos personales

      • SOCIEDAD ESPAÑOLA DE ALERGOLOGIA E INMUNOLOGIA CLINICA (SEAIC)
      • NIF/CIF: G-58318395
      • Dirección: Calle Agustín de Foxá, 25, Chamartín, 28036, Madrid.
      • Correo electrónico de contacto:  seaic@seaic.org Teléfono: 915 348 826

       

      2. Recogida de datos, finalidades, base de legitimación y plazos de conservación

      • Socios. Sus datos serán tratados al haberse dado de alta como socio o mientras no nos comunique su baja, conforme a los fines de los estatutos de la asociación y en base a la prestación de servicios y la ejecución contractual.

      Los datos solicitados al socio serán tratados también con la finalidad de tramitar su renovación, de suscribirle a los servicios adicionales ofrecidos, de generar los recibos y el pago (mediante domiciliación en su cuenta bancaria o Paypal) y en general para la gestión de las actividades y eventos de la SEAIC y de sus órganos de representación, la gestión de las relaciones de la SEAIC con terceras personas, jurídicas y físicas, públicas y privadas y la organización de las actividades que la SEAIC desarrolle en cumplimiento de sus fines.

      Usted podrá crearse un perfil personal en nuestra área de socios donde podrá acceder mediante usuario y contraseña a sus datos y actualizarlos en cualquier momento.

      Los socios registrados se comprometen a mantener actualizados sus datos, sobre todo antes de la renovación anual a inicios de cada año fiscal para actualizar la cuota, en caso de que corresponda hacerlo, y su pago. El socio solo aparecerá en el directorio visible para otros socios y en nuestro directorio “encuentra a tu alergólogo”, si así lo decide.

      La SEAIC podrá enviarle información de sus servicios en base al interés legítimo para el cumplimiento de sus fines estatutarios y mantener al socio al tanto de las novedades, actividades, o eventos de la SEAIC o de terceros que pueden ser de interés para el sector. En todo caso, el socio podrá cancelar el envío de nuestras comunicaciones en cualquier momento.

      La SEAIC mantendrá sus datos activos mientras sea socio y una vez solicitada su baja los mantendremos bloqueados hasta cinco años más, para atender posibles gestiones tributarias o para cubrir posibles responsabilidades, siempre y cuando no sean aplicables otros plazos. Algunos datos identificativos, profesionales y académicos mínimos, junto con las fechas de alta y baja en la SEAIC serán mantenidos por razones históricas y estadísticas durante toda la vida útil de la propia SEAIC y al objeto de poder emitir certificados que acrediten los años de pertenencia a la SEAIC.

      Comités científicos. Usted como socio podrá formar parte de los mismos y participar en los proyectos o publicaciones realizadas, mientras lo desee.

       

      • Participación en convocatoria de ayudas o premios organizados por la SEAIC. La SEAIC, como difusora de la alergología en España, convoca diversas convocatorias de ayudas o premios que cuentan con la participación de socios u otras personas físicas interesadas en participar (pacientes, miembros de asociaciones, etc.). Los concursantes deben facilitar sus datos identificativos, de contacto, así como la información Los concursantes deben facilitar sus datos identificativos, de contacto, así como la información establecida en las bases de cada convocatoria, que deberán de consultar. La base del tratamiento de sus datos se sustenta en la prestación del servicio para llevar a cabo la evaluación y resolución del concurso por parte de un Jurado

      La SEAIC podrá publicar en medios de comunicación la relación de ganadores, así como imágenes y reseñas de los actos celebrados en base al interés legítimo. Al referirse a menores de edad, en la mayoría de los casos, se optará por la publicación únicamente de sus iniciales acompañadas por el centro al que pertenecen.

      Los datos de los concursantes serán conservados durante 2 años, salvo los datos identificativos de los ganadores que serán mantenidos por razones históricas y estadísticas durante toda la vida útil de la propia SEAIC.

       

      • Inscripciones a congresos. Como socio, usted puede inscribirse a nuestro congreso anual organizado por la SEAIC, debiendo hacerlo mediante la página web que nuestro colaborador Viajes El Corte Inglés habilite con la finalidad de tramitar su inscripción al congreso, gestionar el cobro y enviarle la información y servicios sobre el mismo. Viajes El Corte Inglés, como Encargado del Tratamiento, únicamente tratará los datos mínimos y necesarios para prestarnos dichos servicios.

       

      • Cursos. Los socios podrán contratar alguno de los cursos ofertados por la SEAIC debiendo cumplimentar el formulario habilitado a tal efecto facilitando sus datos ident0ificativos y de contacto, e información de pago y facturación.

      La base de legitimación es la relación contractual o prestación del servicio y los datos facilitados serán conservados mientras se mantenga dicha relación, así como bloqueados hasta cinco años más, por gestiones tributarias y para cubrir posibles responsabilidades.

      De no existir plazas disponibles para el curso seleccionado, el usuario puede facilitar su correo electrónico, prestando su consentimiento para ser incluido en una lista de espera y ser contactado, por la SEAIC, a efectos de ser informado de nuevas convocatorias. Su correo electrónico será conservado hasta la siguiente convocatoria del curso o, en su defecto, durante un plazo máximo de 1 año.

       

      • Premios anuales otorgados por la SEAIC. Los candidatos deben facilitar sus datos identificativos, de contacto, y los vinculados a sus méritos para evaluar su candidatura. La base del tratamiento de sus datos se sustenta en la prestación del servicio para llevar a cabo la evaluación y concesión de los premios por parte de un Jurado según la normativa que figura en la convocatoria de los premios, así como para gestionar el envío de comunicaciones, noticias o de próximos eventos, siempre y cuando usted nos de su consentimiento. Los méritos de los candidatos serán compartidos exclusivamente con los evaluadores que formen parte del Jurado.

      La SEAIC podrá publicar en medios de comunicación la relación y fotografías de los premiados, así como imágenes y reseñas de los actos celebrados en base al interés legítimo. La imagen, el nombre y apellidos de los premiados serán compartidos con los patrocinadores de los premios.

      Los datos de los candidatos serán conservados durante 2 años y transcurridos los plazos de conservación o bloqueo de datos, los datos personales serán eliminados conforme a nuestras políticas internas, salvo los datos identificativos de los premiados que serán mantenidos por razones históricas y estadísticas durante toda la vida útil de la propia SEAIC.

      Para la participación en las ceremonias de entrega de los premios se recogerán datos identificativos de los asistentes, que serán eliminados en el plazo de dos meses desde la fecha del evento.

       

      • Inscripciones a eventos. Usted puede inscribirse en los eventos que periódicamente organiza la SEAIC como socio o usuario no asociado, debiendo facilitar sus datos identificativos y de contacto, así como, en caso de que no se trate de un evento gratuito, información de pago y facturación.

      La base jurídica del tratamiento de sus datos se sustenta en la prestación del servicio y la ejecución contractual necesaria para formalizar la inscripción y participación en los eventos. Si el evento es gratuito sus datos personales serán tratados con el fin de gestionar su inscripción y asistencia, y también con la finalidad de gestionar el envío de comunicaciones, noticias o de próximos eventos, siempre y cuando usted nos dé su consentimiento.

      Si el evento es gratuito, sus datos serán conservados durante un año, salvo que sean aplicables otros plazos. Si es de pago, transcurrido un año serán bloqueados hasta cinco años más, para atender posibles gestiones tributarias o para cubrir posibles responsabilidades, siempre y cuando no sean aplicables otros plazos.

       

      • Conferenciantes y profesores. Los conferenciantes y profesores invitados a impartir una charla/curso y quienes así lo soliciten, deben facilitar sus datos identificativos y de contacto. La base del tratamiento de sus datos se sustenta en la prestación del servicio de organización de eventos y cursos. Deberán facilitar su consentimiento con la firma del documento titulado habilitado para tal fin.

      La SEAIC podrá publicar en medios de comunicación la relación conferenciantes y profesores, la institución a la que pertenecen, así como el título de sus charlas o cursos en base al interés por la difusión de la actividad. En aquellos casos en los que así se determine, se les podrá solicitar una foto siempre y cuando Usted nos de su consentimiento.

      Los datos de los conferenciantes/profesores serán conservados durante dos años y luego bloqueados hasta cinco años más, para atender posibles gestiones tributarias o para cubrir posibles responsabilidades, siempre y cuando no sean aplicables otros plazos. Los datos de los ganadores que serán mantenidos por razones históricas y estadísticas durante toda la vida útil de la propia SEAIC

      Algunos datos identificativos serán mantenidos por razones históricas y estadísticas durante toda la vida útil de la propia SEAIC y al objeto de poder emitir certificados que acrediten la actividad realizada.

       

      • Boletín o suscripción a boletines. Los usuarios no asociados podrán suscribirse a nuestros boletines informativos a través del correo electrónico, solicitándole los siguientes datos personales: nombre, apellidos y correo electrónico, que trataremos en base al consentimiento solicitado. Sus datos de contacto serán conservados para esta finalidad mientras no cancele su suscripción.

       

      • Formulario de contacto. Nos pondremos en contacto con usted, a través de correo electrónico para atender su consulta o responder a las preguntas que nos haga a través de nuestra web, teléfono o direcciones de correo electrónico. Le solicitamos los siguientes datos personales: nombre, apellidos y correo electrónico, que trataremos en base al consentimiento solicitado. En todos los casos se usará la dirección de correo electrónico para responderle. Sus datos de contacto serán conservados para esta finalidad durante un año, salvo que sean aplicables otros plazos.

       

      Tratamiento de imágenes

      Como normal general, la SEAIC puede grabar su imagen en los distintos eventos o actividades que realiza, ya que de manera general dichos actos son grabados con la finalidad usarlos como medio de promoción y difusión de la SEAIC o por su carácter de interés general, informativo y/o divulgativo, pudiéndolos publicar en nuestra página web, redes sociales, prensa o televisión en base al interés legítimo.

      No obstante, en las bases y/o convocatoria del evento o actividad, se informará sobre el tratamiento de sus datos, incluida la imagen y se solicitará el oportuno consentimiento en el momento de la inscripción, sobre todo en aquellas actividades que no tengan ese carácter de interés general, informativo y/o divulgativo.

      En cualquier caso, Usted también será informado al inicio del evento sobre esta circunstancia y si Usted no nos da su consentimiento, deberá ubicarse en la zona de la sala que le indicaremos. Del mismo modo, si en dicho evento hubiese otros actos, anteriores o posteriores al evento central o principal, es decir, de recepción, Cóctel, etc. Aunque el fotógrafo le preguntará, le rogamos recuerde decirle al fotógrafo que no desea salir en dichas fotos.

      En todos los casos el tratamiento de las imágenes se hará de conformidad con lo establecido en la L.O. 1/1982, de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, cuya cesión tendrá carácter gratuito y en ningún caso comportará la obligación de que usemos dichas imágenes.

       

      Información adicional sobre el tratamiento de datos personales:

      • Revocabilidad: En los casos en los que la SEAIC solicite su consentimiento, éste es revocable en cualquier momento comunicándolo a la SEAIC en los términos establecidos en esta política para el ejercicio de los derechos. La revocación que no tendrá carácter retroactivo.
      • Transcurridos los plazos de conservación o bloqueo de datos, todos los datos personales tratados por la SEAIC serán eliminados conforme a nuestras políticas internas, asegurándonos que no se puede reconstruir ni leer excepto algunos datos de los socios. Dichos datos serán los identificativos, profesionales y académicos mínimos, que junto con las fechas de alta y baja en la SEAIC serán mantenidos por razones históricas y estadísticas durante toda la vida útil de la propia Asociación y al objeto de poder emitir certificados que acrediten los años de pertenencia a la Asociación.
      • No aceptamos el envío de CV en nuestro formulario de contacto o de manera espontánea a nuestros correos electrónicos, por lo que cualquier archivo remitido en este sentido será inmediatamente eliminado.

       

      Existen otras finalidades para las cuales tratamos sus datos personales:

      • Para garantizar el cumplimiento de las condiciones de uso y la ley aplicable. Esto puede incluir el desarrollo de herramientas y algoritmos que ayudan a esta web a garantizar la confidencialidad de los datos personales que recoge.
      • Para apoyar y mejorar los servicios que ofrece el SITIO WEB.
      • Cookies. Nuestro SITIO WEB dispone de tecnología para la implantación de archivos en el equipo del usuario. Dichos archivos, denominados “cookies”, tienen diferentes finalidades y son instaladas previo consentimiento, pudiendo usted bloquear o deshabilitarlas a través de las opciones de configuración de su navegador. Dispone de toda la información detallada en nuestra política de cookies.
      • Para gestionar las redes sociales en las que la SEAIC tenga presencia. El tratamiento de los datos que se lleve a cabo de las personas que se hagan seguidoras en las redes sociales de las páginas oficiales de la SEAIC, se regirá por este apartado. Así como por aquellas condiciones de uso, políticas de privacidad y normativas de acceso que pertenezcan a la red social que proceda en cada caso y aceptadas previamente por el usuario. La SEAIC tratará sus datos con las finalidades de administrar correctamente su presencia en la red social, informándole de nuestras actividades, productos o servicios, así como para cualquier otra finalidad que las normativas de las redes sociales permitan.

      En ningún caso utilizaremos los perfiles de seguidores en redes sociales para enviar publicidad de manera individual. La SEAIC no vende, alquila ni cede datos de carácter personal que puedan identificar al usuario, ni lo hará en el futuro, a terceros sin el consentimiento previo.

      Exactitud y veracidad de los datos: Como socio o usuario, es usted el único responsable de la veracidad y corrección de los datos que nos remita, exonerando a la SEAIC de cualquier responsabilidad al respecto. Usted garantiza y responde, en cualquier caso, de la exactitud, vigencia y autenticidad de los datos personales facilitados, comprometiéndose a mantenerlos debidamente actualizados.

      Aceptación y consentimiento: El usuario declara haber sido informado de las condiciones sobre protección de datos de carácter personal, aceptando y consintiendo el tratamiento de estos por parte de la SEAIC en la forma y para las finalidades indicadas en esta política de privacidad.

      Comunicaciones o correos comerciales: De acuerdo con la LSSICE, la SEAIC no realiza prácticas de SPAM, por lo que no envía comunicaciones o correos comerciales por vía electrónica que no hayan sido previamente solicitados o autorizados por el usuario. En consecuencia, en cada uno de los formularios habidos en los distintos sitios web de la SEAIC, el usuario tiene la posibilidad de dar su consentimiento expreso para inscribirse al boletín, cuya comunicación estará debidamente identificada, con independencia de la información puntualmente solicitada.

       

       

      3. Socios: proceso y condiciones de registro o suscripción y pago de cuotas

       

      La SEAIC no admite la suscripción por parte de menores de edad, de manera que, si la fecha de nacimiento señala que es menor de 18 años, no se procederá a la tramitación de su alta ni al cobro de la cuota.

      El proceso de alta en la SEAIC se inicia cuando la persona interesada en ser socio de la SEAIC envía el formulario de solicitud de inscripción. Una vez recibido, desde nuestra Secretaría Técnica revisamos la información suministrada y comprobamos la cuota correspondiente. Posteriormente, notificamos a través del correo electrónico al nuevo socio que su inscripción ha sido validada, le informamos sobre el pago y le orientamos sobre cómo crear su perfil personal en el área de socios y/o acceder al mismo.

      La suscripción/renovación como socio de la SEAIC se realiza mediante el pago de una cuota anual que podrá efectuarse por domiciliación bancaria o mediante el pago con Paypal.

      El proceso de pago se llevará a cabo mediante una de estas dos modalidades:

      1. Domiciliación a su cuenta bancaria. Usted recibirá un correo electrónico para confirmarle el próximo cobro de la cuota y su cuantía, al menos con una semana de antelación al cobro. El cargo se realizará de forma automática en su cuenta en tanto no notifique su intención de ser baja de la SEAIC. La domiciliación bancaria es la forma de pago más recomendable, ya que facilita el trabajo administrativo de la Secretaría Técnica.
      2. PAYPAL. Usted recibirá un correo electrónico con el recibo correspondiente y un enlace a la pasarela de pago, externa a la SEAIC. Debe realizar el pago por sí mismo y aceptar las políticas de la pasarela de pago externas a la SEAIC que en ningún caso almacenará o tratará los datos de su tarjeta.

      Los socios registrados se comprometen a mantener actualizados sus datos, sobre todo antes de la renovación anual a inicios de cada año fiscal para actualizar la cuota, en caso de que corresponda hacerlo, y su pago.

      Las cuotas, así como los recibos correspondientes, estarán disponibles en el perfil del socio de la SEAIC. Quienes necesiten factura en lugar del recibo podrán solicitarla a seaic@seaic.org, una vez hayan realizado el pago.

      Políticas de retorno, devolución y cancelación

      Un socio se podrá dar baja de la SEAIC en cualquier momento. Para ello debe contactar con la Sociedad a través del correo seaic@seaic.org. Una vez realizado el pago de la cuota del año en curso, a los socios que se den baja de la SEAIC o de un grupo no se les devolverá el importe correspondiente.

       

      4. Navegación

       

      Al navegar por la web se pueden recoger datos no identificables, que pueden incluir, direcciones IP, ubicación geográfica (aproximadamente), un registro de cómo se utilizan nuestros servicios y sitios, y otros datos que no pueden ser utilizados para identificar al usuario. Entre los datos no identificativos están también los relacionados a sus hábitos de navegación a través de servicios de terceros detallados en el apartado Cookies.

       

      5. Secreto y seguridad de los datos

       

      La SEAIC se compromete en el uso y tratamiento de los datos incluidos personales de los usuarios, respetando su confidencialidad y a utilizarlos de acuerdo con la finalidad del mismo, así como a dar cumplimiento a su obligación de guardarlos y adaptar todas las medidas para evitar la alteración, pérdida, tratamiento o acceso no autorizado (como los protocolos Https que usamos), de conformidad con lo establecido en la normativa vigente de protección de datos.

      La SEAIC no puede garantizar que la red de Internet sea totalmente inexpugnable y por tanto tampoco que los datos no puedan ser violados mediante accesos fraudulentos a ellos por parte de terceros.

      Confidencialidad del procesamiento: La SEAIC se asegurará de que cualquier persona que esté autorizada por nuestra Sociedad para procesar sus datos como socio o usuario (incluido su personal, colaboradores y prestadores) estarán bajo la obligación apropiada de confidencialidad, ya sea un deber contractual o legal.

      Respuesta ante un incidente de seguridad: Al darse cuenta de un Incidente de Seguridad, la SEAIC deberá notificárselo al socio o usuario sin demoras indebidas y deberá proporcionar la información oportuna relacionada con el Incidente de Seguridad tal como se conozca o cuando el socio o usuario lo solicite razonablemente.

       

      6. ¿A qué destinatarios se comunicarán sus datos?

       

      Los datos personales sólo serán comunicados a terceros para cumplir con las obligaciones legales, por ejemplo, la tributaria, o en la medida necesaria para la prestación de los servicios y actividades al socio de la SEAIC.

      El sitio web de la SEAIC puede dar acceso a otras páginas web, incluidos los perfiles oficiales de la SEAIC en Redes Sociales, informándole que al pulsar en dichos enlaces será redireccionado a una página respecto de la cual la SEAIC no es responsable. Usted debe ser consciente de que estas webs externas a la SEAIC pueden recoger, utilizar o transferir sus datos personales bajo condiciones y términos diferentes, recomendándole que cuando acceda a una de estas páginas web, se informe de su política de privacidad, condiciones de uso general o del uso que pueden dar a sus cookies pues no podemos controlar la forma en que esas páginas webs usan la información personal que usted divulga.

      La SEAIC le comunica que realizará encargos de tratamientos a terceros conforme al RGPD, exigiendo por parte del encargado el cumplimiento de todas las garantías de protección de datos. Todas las utilidades ofrecidas por terceros son estrictamente necesarias para el desarrollo de nuestros servicios y han sido seleccionados atendiendo al cumplimiento de los derechos que preservamos en esta web.

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      7. ¿Cuáles son sus derechos cuando nos facilita sus datos?

       

      Puede ejercer de manera gratuita los derechos que le confiere el RGPD. Cualquier persona tiene derecho a revocar el consentimiento, solicitar el acceso a los datos personales que le conciernen, a solicitar su rectificación o supresión, a solicitar la limitación de su tratamiento, a oponerse a su tratamiento (si hay interés público o interés legítimo) y/o el derecho de portabilidad. En todos los casos podrá ejercer sus derechos por escrito a calle de Agustín de Foxá, 25, Chamartín, 28036, Madrid o por correo electrónico dirigido a rgpd@seaic.org indicando la referencia “Protección de Datos”. En la solicitud debe constar: Nombre, apellidos y fotocopia de su DNI, en caso de serle requerido para acreditar debidamente su identidad, petición en la que se concreta tu solicitud y domicilio/email a efectos de notificaciones. Cualquier persona puede presentar una reclamación ante la Agencia Española de Protección de Datos a través de la web www.agpd.es  en caso de considerar que sus derechos no han sido satisfechos.

       

      8.Resolución de conflictos

       

      Si tiene alguna queja relacionada con nuestro cumplimiento de esta política de privacidad, debe contactar con nosotros en primer lugar. Investigaremos e intentaremos resolver las quejas y conflictos en relación con el uso y divulgación de la información personal de acuerdo con esta política.

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