resultados de la búsqueda: asma/wp-content/uploads/logos/Hospital Universitario Fundación Jiménez Díaz/profesionales/empleo/Sitio web no disponible/wwwww

Sevilla 2015

Estimados socios,

Estamos a poco más de un mes para que dé comienzo el Simposio de Sevilla SEAIC 2015 que cuenta con un excelente programa de Urticaria Crónica y de Vía Respiratoria Única coordinado por los Doctores José Carlos Orta, Ana Navarro y Julio Delgado. Si aún no estáis inscritos, todavía quedan plazas disponibles. Para más información visitar www.seaic2015.com.

El Comité de Comunicación se encargará de lanzar por twitter únicamente los mensajes que recibamos de los ponentes de LAS SESIONES PLENARIAS y de las MESAS REDONDAS, no así de las comunicaciones orales ni de las presentaciones de póster.

No obstante, sí animamos a los autores de póster y comunicaciones orales a que lancen los mensajes clave de sus trabajos a través de twitter usando @SEAIC_Alergia #SEAIC2015.

Os recordamos que para el próximo Simposio de Sevilla se ofrece la posibilidad de subir poster a la web, imprimirlos y recogerlos en la misma sede del Simposio de forma gratuita. Tenéis toda la información en la web.

Muchas gracias a todos,

¡Nos vemos en Sevilla!

Se adjunta nota del Coordinador del Comité Local, el Dr. José Carlos Orta, en referencia a datos a tener en cuenta para el Simposio SEAIC Sevilla 2015.

Un cordial saludo

Darío Antolín Amérigo
Secretario de la Junta Directiva de la SEAIC

icono PDF Recordatorio Sevilla 2015 (2956 descargas )

Calidad de las Sociedades Científicas

Ya están publicadas en la web del Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad las recomendaciones del Proyecto Compromiso por la Calidad de las Sociedades Científicas en España de 2014, en la que ha participado la SEAIC.

» Consultar en la web del MSSSI

La vacuna alergénica frente a las picaduras de himenópteros resulta eficaz en el 95-97 por ciento de los casos

Fuente: http://medininca.blogspot.com/2008/07/la-vacuna-alergnica-frente-las.html

Los expertos en Alergología indican que médicos y pacientes desconocen que existe un tratamiento eficaz frente a la alergia a veneno de himenópteros.
Se trata de la vacuna alergénica, que resulta eficaz en el 95-97 por ciento de los casos. “Gran parte de las personas que sufren una reacción alérgica tras la picadura de un himenóptero no son diagnosticadas al no ser enviadas al especialista de alergia y, por ello, no reciben un correcto tratamiento para su enfermedad, con el riesgo que implica para su vida esta situación”, ha explicado Arantza Vega, coordinadora del Comité de Himenópteros de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC).

Esta especialista ha señalado que aunque no se puede predecir quien sufrirá una reacción alérgica tras ser picado por una abeja o avispa, «sí sabemos que las personas que ya han presentado una, en el 60 por ciento de los casos sufrirá una nueva reacción igual, o más grave que la anterior, si son picados de nuevo». La mayoría de los pacientes que sufren una reacción alérgica por la picadura de estos insectos son atendidos en los servicios de Urgencias o en Atención Primaria. «El paciente desconoce que existe un tratamiento para curar su alergia y evitar que su vida peligre en caso de una nueva picadura”, ha asegurado.

La SEAIC recomienda a las personas que han tenido una reacción alérgica tras una picadura de himenóptero que acudan a un alergólogo para que éste les realice las pruebas pertinentes y, en los casos que esté indicado, se les trate con la vacuna específica para el veneno causante de su alergia.

Se estima que en España existe más de un millón de personas alérgicas al veneno de los himenópteros. Andalucía, Galicia, Castilla y León y Valencia son las comunidades autónomas que registran un mayor número de casos de alergia por esta causa. Las reacciones alérgicas más comunes son enrojecimiento, dolor, picor e inflamación en el punto de picadura y zonas adyacentes, afectando en algunas ocasiones un área muy extensa. Se estima que en torno a un 3 por ciento aparecen reacciones generalizadas (hipotensión, broncoespasmo y pérdida de conciencia) que son las realmente graves, ya que pueden poner en peligro la vida de la persona. La tasa de mortalidad anual se sitúa en un 04 por ciento por millón de habitantes, “es decir, que en España pueden morir entre 15 y 20 personas al año por la picadura de un himenóptero”, calcula la experta.

Los expertos señalan que la mayoría de las picaduras se producen durante los meses de verano, ya que la actividad tanto de avispas como de abejas aumenta con el calor. De igual manera, la exposición de la población es mayor por el aumento de actividades al aire libre, siendo los apicultores y los agricultores los que corren mayor riesgo de picaduras.

La inmunoterapia o vacuna alergénica es el único tratamiento curativo eficaz para las personas que han sufrido reacciones graves. Ésta consiste en la administración del veneno del himenóptero que le haya producido la reacción alérgica. Las dosis de veneno administradas son progresivamente crecientes, hasta llegar a una dosis de mantenimiento que es la que se repite periódicamente durante un plazo de cinco años. Según ha indicado la doctora Vega, “la inmunoterapia es el único tratamiento que combate la causa, produciendo una curación en el 95-98 por ciento de los pacientes. Pocas enfermedades alérgicas poseen un porcentaje tan alto de curación como la producida por el veneno de himenópteros. Habitualmente se indica en alérgicos con reacciones graves y pruebas positivas, independientemente del tiempo transcurrido desde la última reacción”.

El Comité de Alergia a Himenópteros de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC) ha puesto en marcha la web www.alergiaabejasyavispas.com. Esta página, creada por alergólogos especializados en las reacciones alérgicas causadas por la picadura de los himenópteros, está dirigida tanto a pacientes como a la población general.

Esta especialista ha explicado que “el objetivo de esta web es ofrecer información divulgativa –diagnóstico, tratamiento, recomendaciones, etc- a cualquier persona interesada en esta patología alérgica, poco conocida entre la población general, para que se convierta en un lugar de consulta y encuentro sobre la alergia a abejas y avispas”

Buzón de sugerencias

Buzón de sugerencias

icono candadoAcceso restringido para socios. Iniciar sesión.

You do not have access to this post.

Primavera 2017

Los alérgicos al polen se enfrentan a una primavera menos intensa que en 2016. Las previsiones apuntan a una primavera muy leve en Canarias, leve en el litoral mediterráneo y zona septentrional, moderada en la zona centro y Andalucía, e intensa en Extremadura. Para su seguimiento, la SEAIC estrena su nueva web www.polenes.com

icono PDF Previsión pólenes 2017 (16022 descargas )
icono PDF Contaminación y primavera (12567 descargas )
icono PDF Nueva web polenes.com (15250 descargas )
icono PDF Infografía polinización 2017 (23636 descargas )

Alergias alimentarias en los centros educativos.

Por desgracia, el pasado 28 de marzo de 2019 se publicaba en el periódico (Articulo completo aquí) “ la alergia de mi hijo puede matarle y en el colegio hacen la fiesta del huevo”, una madre de un colegio de Badajoz denunciaba un proyecto piloto “proyecto pollito “, que se realizó en la clase de primero infantil, con el fin de estudiar el huevo y realizar actividades sobre el mismo, conociendo que en esa clase uno de los niños presentaba alergia al huevo, en este proyecto se pedía a los padres que llevaran a clase huevos de distintos tipos. La madre comenta que desde el inicio de su escolarización había presentado un informe del especialista en el que costaba la alergia que padecía y el mecanismo de actuación en el caso de anafilaxia y que todo el colegio,  era conocedor de su patología. A pesar de ello, y de la denuncia de la madre, el proyecto se llevó a cabo, pues según la directora del centro se aseguró que se siguió el protocolo de forma estricta y se garantizó la seguridad del paciente, al parecer el referente de salud les comunicó que “el paciente tenía alergia a la clara del huevo y siempre que estuviese abierto…” En el informe del especialista claramente figuraba: que la exposición a huevo crudo, frito, o cocido le podía provocar anafilaxia, y que esa reacción se podía producir por ingestión, inhalación o contacto.

Con este artículo quiero remarcar la desinformación en la actualidad en lo que se refiere a alergias alimentarias en los centros educativos. Los referentes en salud, son enfermeros del Equipo de Atención Primaria de la zona de salud a la que pertenece el centro educativo, designado por el coordinador  y con experiencia en la aplicación de protocolos, en este caso del ”Protocolo de actuación ante urgencias sanitarias en los centros educativos de Extremadura” realizado en el 2016, por docentes, médicos de primaria, enfermeros, trabajadores sociales, psicólogos, pedagogos y pediatras de atención primaria. En este manual se dedican dos capítulos a la alergia: reacción anafiláctica y asma, que ocupan 8 folios, en las que únicamente se explica la actuación y tratamiento en el caso de sufrir una crisis, que por supuesto es absolutamente necesario conocer; pero para nada se habla de alergia a alimentos, ni medidas de evitación, en las que el personal docente, referente educativo y referente en salud debería estar formado por Alergólogos.   Además entre los objetivos de dicho manual figura:  “ favorecer la inclusión educativa de todo  el alumnado, teniendo en cuenta las enfermedades más frecuentes con el fin de prevenir situaciones de riesgo “, que claramente no se ha cumplido en esta ocasión.

Dra. Mª Isabel Alvarado Izquierdo

Alergóloga Complejo Hospitalario Universitario de Cáceres

Presidenta de la SAICEX

Comité de Alergia Infantil SEAIC.

 

Alergia a medicamentos

Diagnóstico y seguimiento de alergia a fármacos

Requisitos

  • Sospecha de alergia a fármacos con derivación intrahospitalaria o extrahospitalaria.
  • Disposición de teléfono y/o Internet y posibilidad de servicio de grabación de voz.
  • El servicio de Alergología debe disponer de una mensajería/aplicación segura para realizar envío de correo electrónico o mensaje de texto al paciente al menos 1 semana antes con:  Fecha y hora de la consulta telemática.
  • No sufrir ninguna discapacidad física ni psicológica que impida usar ninguno de estos sistemas.
  • Correo electrónico corporativo específico para Estudio de Alergia a Fármacos, proporcionarlo al paciente y a través de este medio, con previo consentimiento verbal, solicitar envío de fotografías de las lesiones cutáneas presentadas.
  • El paciente menor de <16 años puede tener un representante legal que responda al interrogatorio del evento sospechoso.
  • El paciente adulto que presente alguna discapacidad puede tener un representante legal que responda al interrogatorio del evento sospechoso.
  • Formato digital de consentimiento escrito para el paciente o tutor legal, que debe reflejarse en la historia clínica.
  • El consentimiento verbal puede ser grabado vía telefónica si se dispone de grabador de voz.

Fase de preparación

  • Acceso y revisión de historia clínica del paciente para informarnos de tratamientos actualizados e identificar los fármacos tolerados, antecedentes personales, antecedentes médicos.
  • Revisión de fotografías de lesiones cutánea, tanto en la historia clínica del paciente en caso de disponer de este servicio o en el correo electrónico específico destinado a esta consulta.
  • Datos a tener presente como factor de riesgo para desarrollar una reacción de hipersensibilidad a fármacos:
  • Relacionados con el fármaco y su administración:
    Masa molecular, capacidad de formar uniones no covalentes con el HLA, vía de administración (la tópica produce más reacciones de hipersensibilidad que la parenteral y esta a su vez más que la oral).
    Las dosis bajas y dadas de forma intermitente incrementan el riesgo de reacciones mediadas por IgE.
  • Relacionados con el paciente:
    Factores genéticos: asociación entre ciertos alelos del HLA y reacciones cutáneas graves (p. ej., HLA B*5701 y abacavir), asociación entre ciertas mutaciones genéticas como la de BCRA en el cáncer de ovario y las reacciones de hipersensibilidad por carboplatino, la α-triptasemia hereditaria y la mastocitosis y opiáceos, AINE, contrastes radiológicos, antihipertensivos IECA y relajantes musculares, entre otros.
  • Analizaremos si estamos ante:
  • Paciente de ALTO riesgo: AP de reacción grave o alta probabilidad de sufrirla: embarazadas, enfermedad cardiovascular grave, renal y/o respiratoria, mastocitosis sistémica uso de betabloqueantes.
  • Paciente de BAJO riesgo: AP de reacción leve o baja probabilidad de sufrirla: AP de reacción con morfología y/o cronología inespecífica, los síntomas aislados como náuseas, vómitos, cefalea NO son señales de peligro.

Consultas asíncronas

  • En caso de seguimiento se podrían utilizar mejorar la accesibilidad del sistema y su usabilidad para el paciente, siempre a través de un correo electrónico corporativo.
  • Será de utilidad para valorar reacciones tardías que el paciente desee reportar.

Consulta telemática

  • La primera consulta se realizará mediante llamada telefónica o plataforma para videoconsultas de manera síncrona de preferencia para dirigir la anamnesis, la sospecha de alergia fármacos puede llevar a confusión por parte del paciente y obviar datos importantes en caso de ser una consulta asíncrona.
  • El uso de consultas asíncronas puede ayudar a aportar datos nuevos en las consultas de seguimiento, si las tuviera.
  • Comenzaremos la consulta telemática presentándonos y realizaremos anamnesis detallada. Confeccionaremos la historia clínica y  comprobaremos:
  • Edad y sexo del paciente.
  • Antecedentes personales o familiares de urticaria crónica y/o angioedema.
  • Antecedentes de RH previas a fármacos.Cirugías previas.
  • Tratamiento crónico tomando en cuenta uso crónico de antihistamínicos, IECA, betabloqueantes.
  • El fármaco sospechoso, la vía de administración y dosis/días utilizado hasta presentar el cuadro sugerente de alergia a tal fármaco.
  • Motivo de toma del fármaco.
  • Fecha del evento sospechoso de alergia a fármacos.
  • Número de episodios asociados al mismo.
  • Tiempo de aparición de signos y síntomas tras toma del fármaco.
  • Tratamiento utilizado para revertir los síntomas y tiempo de resolución del cuadro.
  • Necesidad de asistencia en urgencias hospitalarias y/o hospitalización.
  • Con los datos obtenidos realizaremos una estratificación del Riesgo según:
  • Morfología de la reacción: identificaremos «señales de peligro».
  • Cronología de la reacción:

Reacciones inmediatas <1h (1-6h)

  • Alto riesgo: Urticaria y/o angioedema, prurito palmoplantar, genital, ótico, de cuero cabelludo, broncoespamo, edema laríngeo, anafilaxia.
  • Bajo riesgo: Prurito aislado reacciones vasovagales, náuseas vómitos, diarreas, eritema y/o urticaria localizada en zona de administración parenteral, reacciones desconocidas en la infancia.

Reacciones no inmediatas: >1h (>24h)

  • Alto riesgo: SSJ, PEAG, DRESS, exantema ampolloso generalizado, vasculitis, afectación órgano específicas: citopenias, hepatitis, neumonitis, enfermedades autoinmunitarias inducidas: Pénfigo ampolloso, pénfigo vulgar, lupus.
  • Bajo riesgo: Exantema fijo, dermatitis de contacto, urticaria no inmediata.
  • Definiremos endotipos, fenotipos y biomarcadores de las reacciones presentadas, nos podemos basar en el siguiente esquema:
Figura 1.Vecillas Sánchez L, Alenazy LA, Garcia-Neuer M, Castells MC. DrugHypersensitivity andDesensitizations: Mechanisms and New Approaches. Int J Mol Sci. 2017; 18: 1316.
  • Con todos estos datos procedemos a programar estudios pertinentes y pruebas complementarias, explicaremos al paciente el tipo de estudio a realizar, tiempos probables: días, hora.
  • Solicitaremos consentimiento verbal vía telefónica y posteriormente el día de la prueba se firmará el consentimiento informado.
  • Se colocará la alerta de evitar el fármaco sospechoso o grupo de fármacos en historia clínica hasta culminar estudios.
  • Solicitaremos en caso de ser necesario analítica sanguínea si corresponde, para la determinación de IgE específica. Ejemplo Penicilinas.
  • Solicitaremos, si se dispone del test de activación de basófilos (TAB), si así lo requerimos.
  • En caso de anafilaxia, solicitar la determinación en sangre de triptasa basal y comparar cifras de triptasa en el momento de la reacción, si se dispone.
  • Determinación de IL-6 si está disponible.
  • Dejaremos reflejado en la historia clínica las pautas de estudio alergológico programado que corresponda seguir para el día de la cita presencial.
  • Estas pruebas se realizarán bajo supervisión de un alergólogo y equipo de enfermería experimentada para que el paciente pueda recibir tratamiento inmediato en caso de producirse una reacción alérgica.
  • Al inicio de estudio alergológico en Hospital de Día se comprobará que no ha tomado el medicamento implicado.
  • Se realizarán según el caso:
  • Pruebas cutáneas intraepidérmicas, intradérmicas con lectura inmediata o tardía según corresponda o utilizar pruebas epicutáneas.
  • Si procede se realizará prueba de exposición controlada (oral, endovenoso, intramuscular , subcutánea) en muchas ocasiones son imprescindibles para llegar al diagnóstico y consisten en administrar dosis pequeñas y progresivas del medicamento implicado hasta alcanzar la dosis terapéutica recomendada para el tratamiento de su enfermedad.
  • En caso de confirmarse o descartarse la alergia al fármaco se realiza un informe clínico detallado que quedará reflejado en la historia clínica.
  • Si el paciente requiere de manera ineludible el fármaco al que es alérgico le plantearemos a él y a su médico la posibilidad de realizar una desensibilización al medicamento.

Observaciones y bibliografía

*Esta guía pretende ser un complemento a los protocolos habituales desde la perspectiva de la telemedicina (TM) y por tanto no incide en aquellos aspectos que pertenezcan a la práctica clínica habitual en el diagnóstico y tratamiento de la alergia a fármacos.

  • Patterson R, DeSwarte RD, Greenberger PA, Grammer LC. La alergia a los medicamentos y protocolos para su tratamiento. Boletín de la Oficina Sanitaria Panamericana (OSP); 106 (6), jun 1989. 1989.
  • Pérez TC, editor Alergología y pandemia COVID192021: Real Academia Nacional de Medicina.
  • Virginia Villarreal-González R, Canel-Paredes A, Arias-Cruz A, Fraga-Olvera A, Delgado-Bañuelos A, Agustín Rico-Solís G, et al. Alergia a medicamentos: aspectos fundamentales en el diagnóstico y tratamiento. Reporte de grupo del Colegio Mexicano de Inmunología Clínica y Alergia. Revista Alergia de Mexico. 2022;69(4).
  • Cernadas JR. Alergia a Fármacos–Breves tópicos de uma enorme aventura. Sociedade Portuguesa de Alergologia e Imunologia Clínica Lisboa,, Portugal; 2023. p. 191-2.
  • Su C, Belmont A, Liao J, Kuster JK, Trubiano JA, Kwah JH. Evaluating the PEN-FAST clinical decision-making tool to enhance penicillin allergy delabeling. JAMA Internal Medicine. 2023;183(8):883-5.
  • De las Vecillas Sánchez L, Alenazy LA, Garcia-Neuer M, Castells MC. Drug hypersensitivity and desensitizations: mechanisms and new approaches. International journal of molecular sciences. 2017;18(6):1316.

FOBIA A LOS CORTICOIDES EN DERMATITIS ATÓPICA

La dermatitis atópica es una enfermedad cutánea inflamatoria crónica recidivante. La mayoría de los casos son leves y se tratan en Atención Primaria por médicos generales, mientras que los casos moderados a graves o resistentes al tratamiento, se derivan a dermatólogos, pediatras especializados y alergólogos para estudio y tratamiento adicional.

Recientemente se ha demostrado que el uso de medicamentos podría predecir la persistencia de Dermatitis atópica en los niños. Una identificación temprana de niños con un mayor riesgo de enfermedad grave y persistente puede mejorar el manejo de la enfermedad y reducir su carga.

La fobia a los corticoides tópicos es un problema común, tanto en pacientes pediátricos como en adultos con dermatitis atópica, y contribuye, no solo a una baja adherencia al tratamiento y a un control deficiente de la enfermedad, sino que, en última instancia, aumenta la necesidad de atención médica. Informaciones erróneas por parte de medios públicos, familia, amigos y profesionales de la salud, pueden agravar aún más la fobia a los corticoides tópicos.

Se ha publicado recientemente un estudio danés en el que se evaluó, a partir de un cuestionario, la estructura familiar de los pacientes pediátricos con dermatitis atópica, lugar de residencia, nivel educativo de los padres, enfermedades cutáneas actuales y anteriores, predisposición al tratamiento de la dermatitis atópica, fobia a los corticoides (Topical Corticosteroid Phobia, TOPICOP) y gravedad de la DA (Patient-Orient Eczema Measure, POEM).

De las conclusiones se puede extraer que ni el número de visitas previas a consultas médicas generales ni la edad del niño en la primera visita al médico de cabecera o al dermatólogo, se asociaron con la gravedad de la dermatitis atópica en el futuro. Por el contrario sí que se objetivó una asociación significativa entre una puntuación alta del test de fobia a los corticoides y un nivel educativo bajo de los padres, dando como resultado en estos casos un retraso en el tratamiento de los brotes de dermatitis atópica.

Estas conclusiones destacan la importancia de una buena educación a los padres por parte de los especialistas que atendemos a niños con esta enfermedad crónica, que ayuda a reducir los gastos de atención médica, así como la carga de la enfermedad.

Articulo aconsejado:

Dra. Elena Villalba Lorenzo, del hospital Hospital Público Marina Baixa, Villajoyosa (Alicante). Comité de Alergia Infantil SEAIC.

Puede consultarse el artículo:

Trine Gerner, Jeanette Halskou Haugaard, Christian Vestergaard, Mette Deleuran, Gregor Borut Jemec, Charlotte Gotthard Mortz, Tove Agner, Alexander Egeberg, Lone Skov, Jacob P. Thyssen Healthcare utilization in Danish children with atopic dermatitis and parental topical corticosteroid phobia. Pediatr Allergy Immunol. 2021 Feb;32(2):331-341

 

 

Notas de prensa 2013

19/12/2013 Alergia e Intolerancia
Con motivo del aumento del número de casos de reacciones a alimentos durante las celebraciones navideñas, la SEAIC recuerda que no es lo mismo intolerancia que alergia a los alimentos, dado que el mecanismo por el que se produce cada tipo de reacción y las manifestaciones son muy diferentes.

icono PDF Alergia e Intolerancia (9756 descargas )

25/10/2013 Symposium Internacional de Alergia a Himenópteros
Se estima que más de 50.000 andaluces han sufrido reacciones alérgicas tras la picadura de abejas y avispas
icono PDF Prevalencia de alergia al veneno de himenópteros (5682 descargas )

Según los resultados de una encuesta realizada en centros asistenciales de Andalucía, la tercera parte de pacientes que sufren una reacción alérgica grave a himenópteros no acude a la consulta del alergólogo.
icono PDF Encuesta sobre reacciones a himenópteros (6591 descargas )

La utilización de abejorros para la polinización en los invernaderos ha provocado, en los últimos años, un aumento en el número de pacientes alérgicos a las picaduras de estos insectos himenópteros.
icono PDF Reacciones a abejorros y otros insectos (5479 descargas )

La SEAIC ha firmado un acuerdo con la farmacéutica FAES Farma para poner en marcha el Informe Alergológica 2014.
icono PDF Acuerdo Alergológica 2014 (5491 descargas )

31/07/2013 Alergia y Embarazo
Durante el embarazo, el adecuado control de las enfermedades alérgicas es necesario para evitar que la madre y el feto tengan problemas derivados de aquellas. Ni la inmunoterapia ni el tratamiento farmacológico de la alergia están contraindicados en el embarazo de forma absoluta.

icono PDF Alergia y embarazo (14453 descargas )

26/07/2013 Polinización en 2013
Las previsiones sobre las concentraciones de pólenes de la primavera y verano de 2013 han resultado bastante ajustadas. Se han registrado elevadas concentraciones de pólenes, con una temporada prolongada y de irregular distribución.

icono PDF Polinización en 2013 (8069 descargas )

02/07/2013 Alergias en verano
La SEAIC ha elaborado un decálogo con alertas sobre situaciones nuevas que los pacientes alérgicos y sus familiares deben tener en cuenta para así poder disfrutar de las vacaciones sin sobresaltos.

icono PDF Decálogo Alergia en verano (7967 descargas )

14/05/2013 Día Internacional del Angioedema Hereditario 2013
El 16 de mayo es el día internacional del angioedema hereditario, una enfermedad genética que afecta a 800 personas en España, que puede confundirse con un proceso alérgico o una intoxicación alimentaria y cuyo diagnóstico puede demorarse hasta 13 años.

icono PDF Día del Angioedema 2013 (7290 descargas )

06/05/2013 Día Mundial del Asma 2013
El 7 de mayo se celebra el día mundial del asma, enfermedad que afecta al 5-10% de la población infantil y en la que la alergia respiratoria juega un papel determinante.

icono PDF Día del Asma 2013 (7537 descargas )

08/04/2013 Semana Mundial de la Alergia 2013
Del 8 al 14 de abril se celebra la III Semana Mundial de la Alergia, bajo el lema «Alergia a Alimentos, un problema de Salud Pública en aumento», iniciativa promovida por la Organización Mundial de Alergia (WAO) en la que participa la SEAIC.

icono PDF Semana de la Alergia 2013 (8400 descargas )

icono PDF Declaración pública EAACI (22371 descargas )

21/01/2013 Urticaria por frío
Estímulos como el aire frío, la inmersión en agua a baja temperatura, el contacto con objetos congelados o la ingestión de alimentos o bebidas frías pueden descendenar ronchas o hinchazón en algunas personas.

icono PDF Urticaria a frigore (9942 descargas )

—————————————–

enlace volver a la página de inicio

Actividades de interés

Estimados socios:
Os informamos de dos asuntos científicos que pueden resultar de vuestro interés:

1º La sección de ORL de la EAACI organiza a finales de Agosto una reunión sobre rinitis, en Málaga, en la que participa como co-chair y speaker nuestra compañera Carmen Rondón: 1st Symposium of Clinical Cases in Allergic Rhinitis (www.c2ar.org)

2º El Comité de Asma está trabajando en un proyecto conjunto con SEPAR, proyecto ABANICO (Actitudes y Barreras en el Asma No Inicialmente COntrolada). Este proyecto pretende recoger en una encuesta con la participación más amplia posible, la actividad habitual de los alergólogos y neumólogos ante pacientes con asma no controlada. El estudio tiene el aval de SEPAR y SEAIC. En el tarjetón adjunto tenéis los datos de acceso a la encuesta y una carta explicativa del proyecto.

“BLOG” DEL COMITÉ DE INMUNOLOGIA CLINICA COMO FORO DE INFORMACION Y DISCUSION DE TEMAS DE ACTUALIDAD. MARZO 2012

ACTUALIZACIONES BASICAS EN PATOLOGIA ALERGICA

En este blog sobre “Actualizaciones básicas en la patología alérgica” queremos comentar un articulo publicado hace aproximadamente un año en el J Allergy Clin Immunol que nos parece relevante no solo por su contenido básico sino también por su diseño y elaboracion. La hipótesis de trabajo consiste en la posibilidad de que los niños alérgicos pueden tener alterada su capacidad de respuesta inmunológica  “natural” frente a determinados componentes bacterianos, lo que daría  lugar a una desviación en la maduración del sistema inmunológico, que impide el viraje de la respuestas neonatales con predominio Th2 hacia el predominio de las respuestas Th1 de la edad adulta.

El trabajo en cuestión ha sido realizado en Perth por la Prof. Meri Tulic    image001, University of Western Australia,  en la School of Paediatrics and Child Health (SPACH) y dirigido por la Prof. Susan L. Prescott   Image002 , destacada alergóloga con excelentes publicaciones en el campo de la alergia básica y clínica, formada en la escuela del Prof. Patrik Holt, en la misma Universidad de Perth.

La investigación  se realizó en colaboración con diferentes Centros y Universidades de Suecia y Reino Unido:  Tulic MK, Hodder M, Forsberg A, McCarthy S, Richman T, D’Vaz N, van den Biggelaar AH, Thornton CA, Prescott SL. Differences in innate immune function between allergic and nonallergic children: new insights into immune ontogeny. J Allergy Clin Immunol. 2011 Feb;127(2):470-478.

El reconocimiento bacteriano por el sistema inmune “natural” o innato depende del buen funcionamiento de los receptores Toll que existen en determinadas células del sistema linfo monocitario (Fagocitos mononucleares, linfocitos B, células dendríticas, mastocitos y otras).  Estos receptores, alertan al sistema inmune sobre la presencia de los microbios, que detectan reconociendo los antígenos microbianos. El reconocimiento por los receptores Toll y la correspondiente activación celular pone en marcha la defensa primaria o “natural” y en definitiva, representa la primera barrera de los organismos frente a la invasión bacteriana.

El trabajo de Meri Tulic es un estudio caso-control en el que se analiza la respuesta de la inmunidad “natural” o “innata” frente a diferentes productos microbianos  que son ligandos de los receptores Toll, como el lipopolisacarido bacteriano o LPS de E. coli o componentes de las membranas bacterianas como el acido lipoteicoico o las partículas de zimosan o bien oligonucleótidos CpG´s no metilados y otros mas, de forma, que cada uno de esos ligandos es especifico para un tipo concreto del  repertorio de los receptores Toll, y una vez reconocido el ligando por su correspondiente receptor, se transmite la señal para la activación de la célula correspondiente y la liberación de las citocinas proinflamatorias.

El análisis de activación celular se realizo en 35 niños alérgicos seguidos desde el nacimiento hasta la edad de 5 años, frente a otros 35 controles sanos, en similares circunstancias.  Se han estudiado las dos vertientes de la respuesta inmune la “natural” o innata y la “adquirida”  o “adaptativa”  Para la primera, se estimularon las células mononucleadas de los pacientes con los ligandos citados anteriormente, específicos de los receptores Toll  (TLR 2, 3, 4, 2-6, 7/8, y 9)  y para la segunda se utilizó la estimulación celular in vitro con antígenos o alérgenos específicos como ácaros y albumina de huevo (OA). Lógicamente, la respuesta que se mide en cada caso es diferente.

En el primero o inmunidad “natural” se mide la síntesis in vitro de citocinas dependientes de TLR´s como la IL-1 beta, IL-6 y  el TNF alfa.  Por el contrario, para analizar el funcionamiento de la inmunidad “adquirida” o adaptativa, se mide la síntesis de IFN gamma y de IL-13, por las células mononucleares después de la estimulación antígeno específica y mitógenos. En la valoración de las respuestas no solo se analizaron las citocinas solubles sino además se realizó citometria de flujo para cotejar la correspondiente activación celular como consecuencia de la estimulación de los receptores TOLL en las células mononucleares.

Los resultados indican que los niños sanos tienen al nacer una débil respuesta “innata” o “natural”, con escasa producción de IL-1 beta y otras citocinas de la inmunidad “natural”. Con el paso del tiempo, esa respuesta “natural” madura, asemejándose a la de los adultos sanos, además, paralelamente y como consecuencia de esa buena maduración de la respuesta “natural”, la  otra respuesta llamada “adquirida”  o adaptativa vira hacia un predomino Th1 que es la que prevalece en los sujetos normales adultos. La respuesta normal “adquirida” inducida por alérgenos a los cinco años, será pues de tipo Th1 con predominio de la producción in vitro de interferón gamma. Por el contrario, los niños alérgicos tienen una respuesta “innata” o natural exagerada, ya desde el nacimiento, que es similar o mayor que la de los adultos, pero a lo largo de los primeros años, hay un empobrecimiento de esa  respuesta a los ligandos de los TLR ´s, siendo considerablemente menor que la obtenida en los controles sanos a los cinco años. Hay por tanto, en los alérgicos, una respuesta “natural” inicial exageradamente alterada, para deprimirse y deteriorarse a lo largo del desarrollo hacia los cinco años.  Se produce una parada en la maduración de la respuesta “adquirida” anti alérgenos , y por tanto, no hay viraje del entorno Th2 de  la época prenatal a Th1 como ocurre en los sanos.

Hay unas bases celulares para explicar el que una maduración alterada de la inmunidad “natural” antimicrobiana puede producir una mala respuesta “adquirida” frente a los alérgenos, especialmente, en niños genéticamente predispuestos a las enfermedades alérgicas. Además no solo las células T reguladoras están afectadas sino que en los niños alérgicos hay una mayor expresión de receptores Toll en las células dendríticas plasmocitoides con un incremento en la síntesis de IL-6 y con el consiguiente deterioro en la maduración de las T reguladoras:   Dominitzki S, Fantini MC, Neufert C, Nikolaev A, Galle PR, Scheller J, Monteleone G, Rose-John S, Neurath MF, Becker Cutting edge: trans-signaling via the soluble IL-6R abrogates the induction of FoxP3 in naive CD4+CD25 T cells. J Immunol. 2007 Aug 15;179(4):2041-5.

La modulación de la respuesta alérgica relacionada con la interacción con los agentes microbianos no se limita a la maduración del sistema inmune que condiciona la tendencia a la génesis de la enfermedad alérgica, sino también, es importante por su papel en la rama efectora de la respuesta inflamatoria, previniendo la inflamación eosinofilica que ocurre en el asma bronquial y disminuyendo la hiperreactividad bronquial. Hay un trabajo reciente que utilizando un modelo murino de asma bronquial, demuestra como la infección por H pylori previene la inflamación asmática por inducción de linfocitos T reguladores: Arnold IC, Dehzad N, Reuter S, Martin H, Becher B, Taube C, Müller A.   Helicobacter pylori infection prevents allergic asthma in mouse models through the induction of regulatory T cells. J Clin Invest. 2011 Aug;121(8):3088-93. Los efectos beneficiosos (tolerancia inmunológica) sobre la prevención del asma bronquial se manifiestan con mayor intensidad cuando los ratones son infectados con H pylori en el periodo neonatal. El trabajo es un análisis exhaustivo y muy demostrativo desde el punto de vista de la inflamación asmática y su prevención por la infección no solo a nivel histológico sino también molecular.

Obviamente por estos dos trabajos que comentamos en este blog da la impresión que estamos revisitando la “teoría de la higiene” que como es sabido, sostiene que la exposición temprana a los antígenos microbianos es esencial para la prevención de las enfermedades alérgicas.  Esto es así, pero querríamos dejar conciencia de que al ser una enfermedad multifactorial no es este aspecto el único ni el mas importante, que modula la aparición de la enfermedad.  (Platts-Mills TA, Erwin E, Heymann P, Woodfolk J. Is the hygiene hypothesis still a viable explanation for the increased prevalence of asthma? Allergy. 2005;60 Suppl 79:25-31.)

En algún momento, tendremos que centrar nuestros esfuerzos en una investigación a fondo sobre el papel de las vacunas bacterianas, que en los años 40-50 tuvieron su preponderancia en la alergia, pero que por influencia de la escuela anglosajona, se dejaron de utilizar, incluso fueron denostadas, posiblemente con razón, por falta de los conocimientos científicos adecuados en aquellos tiempos. Es ahora, con todos estos efectos que se han demostrado de la modulación con los productos bacterianos (LPS?) de la respuesta inmunológica, cuando merecería la pena realizar un esfuerzo para aconsejar o no la utilización de estos productos, revisitando los conocimientos, siempre con bases científicas actualizadas por el conocimiento moderno del sistema inmunológico y su modulación por los microbios y sus productos.

Consejos para disfrutar de las navidades a pesar de la alergia alimentarias

Como sabemos, la temporada navideña suele estar llena de alegrías e ilusiones, pero puede resultar una época estresante y un desafío si su hijo padece de alergias alimentarias, ya que representa un momento especialmente crítico al aumentar el riesgo de sufrir una reacción alérgica. Los motivos pueden ser diversos:

  • Celebraciones fuera del hogar, que conllevan un menor control sobre la manipulación y preparación de los alimentos.
  • Menús navideños que incluyen alimentos que causan con frecuencia reacciones alérgicas como el huevo, la leche, frutos secos, pescados, mariscos y frutas, presentes en muchos platos y productos consumidos durante las fiestas, por lo que el riesgo de ingestión accidental por parte de los niños es mayor.
  • No disponer de un etiquetado con la información completa y detallada de los alérgenos que contienen los productos que se consumen.
  • En esta época se ingieren alimentos que no se toman de forma habitual en la dieta el resto del año, por lo que los niños tendrán contacto por primera vez con ellos.
  • En la mesa se sirve una amplia variedad de platos, lo cual aumenta el riesgo de contaminación cruzada cuando existe una alergia alimentaria.

Por todas estas circunstancias, es necesario extremar las precauciones que se deben seguir y adaptar los platos que se preparen a las necesidades de los niños para evitar reacciones alérgicas.  Con la intención de que los padres se sientan más seguros y preparados para minimizar los riesgos durante las Navidades, recopilamos las siguientes recomendaciones:

  • Si han decidido viajar, deben tener muy en cuenta una serie de factores como la gastronomía, el medio de transporte, el idioma y la atención sanitaria del país de destino.
  • Si deciden acudir a un restaurante, deben leer con atención la carta de alérgenos e informar a su camarero sobre las alergias alimentarias. Si lo considera necesario, solicite hablar con el gerente y/o el cocinero para que no tenga ninguna duda de que la cocina ha sido informada y resolver cualquier inquietud.
  • Si es en tu casa: aunque implique mayor esfuerzo, ganarás en seguridad y tranquilidad, ya que decidirás el menú y tendrás el control en la elección de los ingredientes, preparación y manipulación de los alimentos que se servirán.
  • Si os invitan a comer fuera, comuníquese con anticipación con el anfitrión, es importante que la persona que organiza la comida conozca las alergias de su hijo, así como las medidas de prevención necesarias en la manipulación y preparación de los alimentos.
  • Ofrézcase a colaborar con el anfitrión en la creación y adaptación de un menú seguro, incluyendo preferiblemente recetas que no contengan los alimentos implicados, garantizando de esta manera que no se produce su ingestión accidental. Las asociaciones de pacientes con alergias alimentarias ofrecen en sus páginas web recetas alternativas para satisfacer necesidades dietéticas específicas o por categorías libres del alérgeno alimentario.
  • Debe leer correctamente los etiquetados: es importante conocer la composición detallada de todos los productos que se van a consumir para identificar los alérgenos que contienen.
  • Evitar la exposición por inhalación: algunos niños con alergia alimentaria pueden presentar síntomas cuando respiran los vapores que desprenden algunos alimentos durante su cocción.
  • Conocer las medidas de prevención en la preparación de las comidas tales como lavarse las manos antes y después de manipular alimentos, limpiar la superficie de preparación, utilizar recipientes y utensilios diferentes para evitar su contaminación cruzada.
  • Al preparar la mesa, mantener los alimentos libres de alérgenos en una ubicación diferente, recuerde usar utensilios para servir por separado cada plato y no usar fuentes compartidas con la intención de evitar contaminación cruzada.
  • Controlar los alimentos que se comen por primera vez. En estas fechas se prueban algunos alimentos potencialmente alergénicos y con mucha frecuencia encubiertos.
  • Es importante proporcionar al niño con alergia alimentaria un entorno lo más inclusivo posible, brindándole una experiencia que le permita desarrollar más autonomía y ampliar sus habilidades sociales. Las restricciones excesivas (ej: aislamiento a la hora de las comidas o limitar la participación del niño en las celebraciones) podrían resultar en un aislamiento social y sentimientos asociados de depresión o ansiedad.

Por último, además de todas las precauciones anteriores es imprescindible tener en cuenta las siguientes consideraciones generales:

  1. Es muy importante que sepan reconocer los síntomas de una reacción alérgica y valorar su gravedad, con el fin de instaurar de forma precoz el tratamiento más adecuado.
  2. Siempre deben disponer del tratamiento para una reacción alérgica como son la adrenalina autoinyectable, antihistamínicos y/o corticoides pautados por su alergólogo.
  3. Tanto los padres como el niño deben saber reconocer qué alimentos están implicados y deben evitar. La educación del niño sobre su alergia alimentaria es esencial para conseguir evitar reacciones no deseadas.

Las fechas navideñas se acercan, no son pocas las tentaciones que nos empujan a celebrar unas fiestas como las de toda la vida, pero por segundo año consecutivo  continúan condicionadas por la pandemia de Coronavirus. Ahora más que nunca, debemos respetar y cumplir las recomendaciones y restricciones en vigor dadas por las autoridades sanitarias frente al COVID 19. Con ello, evitaremos poner en riesgo a nuestras familias y a los demás, ayudándonos a mantenernos seguros mientras disfrutamos de las Navidades.

Dorimar Brugaletta Matheus. Hospital del Vinalopó, Elche, Alicante. Comité de Alergia Infantil SEAIC.

BIBLIOGRAFIA.

  • Muraro A, Agache I, Clark A, Sheikh A, Roberts G, Akdis CA, et al. European Academy of Allergy and Clinical Immunology. EAACI food allergy and anaphylaxis guidelines. 2014 Oct: 69(10): 1428. PMID: 24905609. doi: 10.1111/all.12441. Epub 2014 Jun 18.

 

 

Recomendaciones sobre el manejo domiciliario de reacciones anafilácticas durante la Pandemia COVID-19

El síndrome respiratorio agudo severo coronavirus 2 (SARS-CoV-2), también conocido como COVID-19, está causado por una nueva cepa de coronavirus que no se ha identificado previamente en humanos. El SARS-CoV-2 se reconoce como un virus respiratorio altamente contagioso con elevada morbilidad y mortalidad, especialmente en poblaciones vulnerables1. Con el fin de evitar la propagación de la infección, las políticas sanitarias han establecido planes con medidas de restricciones que han modificado nuestros hábitos de higiene, sociales, laborales y sanitarios.

Durante la pandemia, el personal sanitario, requirió la adaptación de las medicinas convencionales llevando a cabo estrategias de atención sanitaria en remoto (telemedicina) con el objetivo de no saturar los servicios médicos, los servicios de urgencias, proteger a los pacientes y a sí mismos. Estas recomendaciones han ido cambiando a medida que evolucionaba la pandemia por sus diferentes etapas.

Los alergólogos nos hemos enfrentado al reto de continuar tratando a nuestros pacientes alérgicos sin poder valorarlos presencialmente y con la dificultad añadida de que algunos síntomas alérgicos como la tos, la disnea y las dermatitis se encuentran entre los síntomas del diagnóstico diferencial de COVID-19. Estos síntomas alérgicos pueden limitar la vida de los pacientes, ya que les pueden impedir acudir al trabajo, al colegio o incluso asistir a centros sanitarios por el riego de contagios por SARS-CoV-2. El manejo mediante telemedicina del paciente alérgico nos resulta inquietante pero quizás, la anafilaxia, es unas de las patologías que nos genera más preocupación, por tratarse de una enfermedad con posibles consecuencias fatales.

Es por ello, que los alergólogos hemos tenido que establecer recomendaciones y pautas para el tratamiento agudo de anafilaxia en domicilio, para garantizar óptimos resultados en el manejo de ésta, sopesando el riesgo de la gravedad de la reacción, el riesgo de contraer la infección y el de la carga asistencial en centros médicos asociados con la pandemia de COVID-19 2. En la toma de decisiones llevamos a cabo una valoración personalizada de los riesgos/beneficios de acudir a urgencias según el tipo de reacción sufrida por el paciente, la respuesta al tratamiento inicial y según la presión sanitaria por infección por coronavirus en los centros sanitarios.

La telemedicina (ya sea por teléfono o mediante vídeo llamada) es una manera nueva de relación medico-paciente en tiempos de pandemia que usamos para informar sobre los planes de tratamiento de la anafilaxia. El acceso a la medicina especializada durante la pandemia de COVID ha estado muy limitado por lo que el uso de la telemedicina se implantó y extendió para establecer una comunicación estrecha, clara y directa con los pacientes sobre síntomas, tratamientos y planes de actuación en la anafilaxia, valorando factores de riesgos individualizados. Los alergólogos hemos usado la telemedicina para educar y ofrecer planes de actuación para el manejo de los síntomas de la anafilaxia. Algunas de las recomendaciones e instrucciones han sido:

Instruir sobre el uso del dispositivo autoinyectable de adrenalina (AIA) mediante demostración online, envío de folletos explicativos e información sobre accesos a paginas web con videos demostrativos para facilitar la adherencia al tratamiento

– Informar al paciente que, en casos de anafilaxia, se recomienda el uso precoz de adrenalina y que precisarán de asistencia a servicios de urgencias después de usar el autoinyector. Después de usar el AIA los pacientes deben monitorizar la respuesta al tratamiento:

  • Si los síntomas se resuelven deben acudir a un servicio de urgencia y notificar la reacción.
  • Si los síntomas son graves, persisten o empeoran, se debe administra una segunda dosis de adrenalina y deben avisar a los servicios de urgencias.

– Llevar a cabo una comunicación abierta con pacientes y familiares respecto a los riesgos / beneficios de la evaluación en urgencias después de la administración de adrenalina 3. Enfatizando que la recomendación de ser evaluados por los servicios médicos se basa en la probabilidad de que se necesite una intervención médica para controlar los síntomas de la anafilaxia, y no porque la adrenalina sea un medicamento peligroso 2. Por otra parte, debemos informar que pueden ocurrir reacciones anafilácticas bifásicas o prolongadas4, y ayudarles a gestionar una recurrencia de la reacción.

– Dotar al paciente de 2 dispositivos de adrenalina fundamentalmente en aquellos que requirieron tratamiento con múltiples dosis de adrenalina en reacciones previas.

– Explicar sobre la necesidad de inspección de posibles defectos en los dispositivos inyectables y la comprobación de la fecha de caducidad.

  • Los AIA caducados y defectuosos, deben reemplazarse lo antes posible. Si un paciente sólo tiene acceso a un autoinyector caducado recientemente, debe ser informado de que es preferible usarlo a evitar su administración.

 

– Abordar dudas que puedan surgir respecto a la evitación de factores desencadenantes de anafilaxia y el manejo de reacciones futuras.

– Recomendar al paciente con riesgo de anafilaxia, tener acceso a un pulsioxímetro y tensiómetro en el domicilio.

– Explicar a los pacientes asmáticos que deben mantener un control óptimo del mismo.

 

En vista de que los servicios de urgencias estaban saturados por la pandemia y había alto riesgo de contraer infección por COVID-19, en la ciudad de Nueva York, se establecieron unas recomendaciones basadas en opiniones de expertos para ajustar la practica clínica habitual del manejo del paciente con anafilaxia a éstas difíciles circunstancias (Figura 1).

Se debe resaltar la importancia de uso precoz de AIA: cuanto más rápido se administra la adrenalina, la probabilidad de un desenlace fatal, disminuye 5.

Esperamos que la evolución de la pandemia tenga una tendencia favorable para poder recuperar pronto la atención cercana de nuestros pacientes alérgicos, aunque el uso de la telemedicina jugará un papel clave en el futuro del campo de la salud, para la derivación de pacientes, la asistencia y otras aplicaciones de la atención médica.

 

Rocío Candón Morillo

FEA Alergología. Hospital General Mancha Centro. Alcázar de San Juan.

Miembro Comité de Alergia infantil (CAI). Grupo de trabajo sobre Anafilaxia.

SEAIC.

BIBLIOGRAFIA

1. A Cianferoni, M Votto. COVID-19 and allergy: How to take care of allergic patients during a pandemic? Pediatr Allergy Immunol. 2020;31(Suppl 26):96-101.

2. T Casale, J Wang, A Nowak- Wegrzyn. Acute At Home Management of Anaphylaxis During the Covid-19 Pandemic. J Allergy Clin Immunol Pract. 2020.8(6):1795-1797.

3. Shaker MS, Oppenheimer J, Wallace DV, Golden DBK, Lang DM, Lang ES, et al. Making the GRADE in anaphylaxis management: towards recommendations integrating values, preferences, context, and shared decision-making. Ann Allergy Asthma Immunol. 2020;124:526-35.

4. Shaker M, Wallace D, Golden DBK, Oppenheimer J, Greenhawt M. Simulation of health and economic benefits of extended observation of resolved anaphylaxis. JAMA Netw Open. 2019;2;2(10):e1913951.

 

 

Figura 1:Algoritmo propuesto por Thomas B. Casale et al de anafilaxia revisado que reemplaza el protocolo de manejo estándar durante la pandemia de COVID-192

Convocatoria de ayudas a campamentos de verano 2025

Un año más, la Fundación de la SEAIC abre la Convocatoria de Ayudas para Organizadores de Campamentos de Niños con Asma y Alergia 2025.

Las ayudas consisten en una aportación de 100 € por niño asistente, dirigida a apoyar a los organizadores de estos campamentos.

  • Plazo de presentación de solicitudes: hasta el 20 de abril de 2025.
  • Solicitud online: acceder al formulario

icono PDF Bases de la convocatoria ayudas campamentos 2025 SEAIC (2358 descargas )

Estatutos

Los vigentes estatutos de la SEAIC se estructuran en los siguientes capítulos:

Artículo 1º.

Con el nombre de Sociedad Española De Alergología E Inmunología Clínica, se constituye una Sociedad Profesional y Científica, sin ánimo de lucro, que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del derecho de Asociación y demás normas que la desarrollan y por los presentes Estatutos.

Artículo 2º.

Los fines de la Sociedad son:

a) Fomentar y dar a conocer los estudios sobre Alergología e Inmunología Clínica.

b) Promover y facilitar el contacto de sus miembros entre sí y con otros profesionales o entidades afines.

c) Contribuir a la formación y perfeccionamiento profesional en Alergología e Inmunología Clínica.

d) Propiciar cualquier tipo de intercambio e iniciativa (no exclusivamente científico profesional) entre los socios, que contribuya a la buena marcha de la Sociedad.

e) Intervenir como tal Sociedad en los problemas que puedan afectar a sus miembros, al ejercicio profesional, a la Especialidad, a la Sanidad y a la Salud Pública.

f) Promover programas educativos para el público en general, encaminados a dar a conocer las enfermedades inmunoalérgicas, su prevención, tratamiento, y cualquier actividad relacionada con este fin.

Artículo 3º

La Sociedad tiene personalidad jurídica propia, con plena capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes, enajenarlos y venderlos, así como para celebrar cualquier tipo de contratos relacionados con sus fines, pudiendo comparecer ante Tribunales y Organismos, tanto públicos como privados.

Artículo 4º.

Es competencia de la Sociedad:

a) Organizar o patrocinar en las condiciones que puedan determinarse, reuniones de Alergología e Inmunología Clínica en cualquiera de sus formas y celebrar Congresos y Simposios Nacionales o Internacionales.

b) Potenciar la formación científica y profesional de sus miembros estimulando toda clase de actividades científicas. Ayudar a sus miembros en la tarea y en la proyección de sus actividades en toda clase de manifestaciones científicas. El Copyright de los trabajos de investigación patrocinados por la SEAIC u organismos dependientes de la misma pertenecerán a ésta.

c) Mantener un servicio de información referido a la Especialidad entre sus miembros.

d) Colaborar con otras entidades científicas, nacionales y extranjeras especialmente con las de Alergología e Inmunología Clínica.

e) Cualesquiera otros medios adecuados para el cumplimiento de los fines señalados.

Artículo 5º

La Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica se integra en la Asociación Internacional de Alergia e Inmunología Clínica. Para su futura integración o separación de cualquier organismo nacional o extranjero será preceptiva la apertura del oportuno expediente por la Junta Directiva, cuya resolución final deberá ser aprobada por la Asamblea General.

Artículo 6º

De común acuerdo, las Sociedades o Asociaciones de la Especialidad actualmente existentes en el Estado Español y otras que en lo sucesivo lleguen a constituirse, podrán establecer relación con la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica, a través de un consejo de representantes de las distintas Sociedades o Asociaciones sin menoscabo de las competencias de todas las sociedades. Este consejo tendrá carácter consultor y se regirá por una normativa de régimen interno.

Igualmente, en el seno de la propia Sociedad podrán establecerse distintas secciones de Alergología e Inmunología Clínica.

Artículo 7º.

A propuesta de la Junta Directiva o de la Asamblea General Ordinaria, podrán crearse comités, grupos de trabajo o comisiones en el seno de la Sociedad con objetivos y fines determinados. El período máximo de actuación de cada Comité será hasta la renovación efectiva del cargo de Presidente de la Sociedad, y se regirán por las normas de

funcionamiento que se determinen.

Artículo 8º

El domicilio de la Sociedad está en la Calle Agustín de Foxá Núm. 25, planta baja, local comercial nº 1.  Madrid (CP: 28036).

Artículo 9º

El ámbito de acción para las actividades de la Sociedad es el territorio español.

 

Artículo 10º

Los órganos directivos de la Sociedad estarán constituidos por:

1. Asamblea General de Socios.

2. Junta Consultiva.

3. Junta Directiva.

1.- DE LA ASAMBLEA GENERAL

Artículo 11º

La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno de la Asociación y estará integrada por todos los asociados.

Artículo 12º

Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará al menos una vez al año, las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los Asociados.

Artículo 13º

Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión, así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria habrán de mediar al menos quince días, pudiendo asimismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a media hora.

Artículo 14º

Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto.

Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos en blanco ni las abstenciones.

Será mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de éstas, para:

1. Acuerdo para constituir una Federación de asociaciones o integrarse en ellas.
2. Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado.
3. Modificación de estatutos.
4. Disolución de la entidad.

Artículo 15º

Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:

1. Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
2. Examinar y aprobar la Cuentas anuales.
3. Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la Asociación.
4. Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.
5. Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea Extraordinaria.
6. Acordar la remuneración, en su caso, de los miembros de los órganos de representación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.5 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo.

Artículo 16º

Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria:

1. Nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.
2. Modificación de los Estatutos.
3. Disolución de la Asociación.
4. Expulsión de socios, a propuesta de la Junta Directiva.
5. Constitución de Federaciones o integración en ellas.

Artículo 17º

17.1) Las Votaciones.

El voto de los miembros de la Asamblea General es personal e indelegable.

Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los socios de Honor, Eméritos, Adheridos, Numerarios y Pre-numerarios presentes. En caso de empate, será decisivo el voto del Presidente.

Las votaciones no deben interrumpirse por causa alguna. Las modalidades de votación son:
a) Por asentimiento a la propuesta de la Junta Directiva cuando, una vez anunciada, no suscite reparo u oposición.

b) Pública, que es el carácter de procedimiento ordinario de votación. La votación pública u ordinaria se realizará por el sistema de levantados o sentados, por el de mano alzada o por llamamiento del Secretario de la Mesa a los distintos socios. Votarán en primer lugar quienes estén a favor de la propuesta que se someta a votación, en segundo lugar quienes estén en contra y, en tercer lugar, quienes se abstengan.

c) Secreta, que es la procedente en las distintas elecciones, cuando se vote una moción de censura, cuando lo solicite la décima parte al menos, de los miembros de pleno derecho presentes en la Asamblea General o a propuesta de la Junta Directiva.

La votación secreta se hará en papeletas especialmente habilitadas, debiendo entregar a cada socio la suya al Presidente de la Asamblea, tras ser llamado por el Secretario de ésta.

Los electores que lo deseen, podrán emitir su voto por correo dirigido al Presidente de la Asamblea en un doble sobre: el primero contendrá nombre, fotocopia del D.N.I. y firma, y el segundo contendrá el voto en una papeleta igual a la exigida para el voto personal y permanecerá cerrado hasta que la aceptación se produzca. La recepción del voto por correo terminará la víspera del día de la votación. Los sobres serán abiertos públicamente por el Secretario en el momento del escrutinio.

A fin de agilizar estas votaciones, la Junta Directiva podrá consensuar otro procedimiento, siempre que garantice absolutamente la pureza de la votación.

17.2) De las actas de las Sesiones.

En el Acta de las sesiones de la Asamblea General debe hacerse una relación fiel y sucinta de las incidencias y acuerdos, recogiéndose los resultados de las votaciones y el texto de las resoluciones si las hubiere. El Acta debe ser firmada por el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva.

El Acta ha de depositarse en la Secretaría de la SEAIC, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la celebración de la sesión, y de ella se mandará copia a todos los socios.

Se entenderá que el Acta se da por aprobada provisionalmente si no se hubiese efectuado ninguna reclamación al respecto en los siguientes sesenta días naturales a su envío.

En caso de haberse recibido alguna alegación, se someterá ésta a la consideración de la Asamblea General en la siguiente Sesión, figurando en el orden del día de la misma.

2.- DE LA JUNTA CONSULTIVA

Artículo 18º

Estará constituida por los ex-presidentes de la Sociedad que elegirán un Presidente de entre ellos. Actuará de Secretario el último de sus miembros en relación a su ingreso en la Junta Consultiva.

Artículo 19º

Serán funciones de la Junta Consultiva:

a) Actuar en aquellos asuntos que afectan a la ética de la Sociedad y asesorará a la Junta Directiva en cuantos asuntos sea requerida.

b) Elevar a la Asamblea General a través de la Junta Directiva, cuantos asuntos crea necesarios.

c) La duración de los cargos de la Junta Consultiva se corresponderá con la de Junta Directiva que le dé posesión.

3.- DE LA JUNTA DIRECTIVA

Artículo 20º

Constitución de la Junta Directiva.

La Sociedad estará regida por una Junta Directiva compuesta por un Presidente, un Presidente electo, un Vicepresidente Primero, un Vicepresidente Segundo, un Secretario, un Vicesecretario-Tesorero, y nueve Vocales.

Todos los cargos de la Junta Directiva serán elegidos por la Asamblea General Extraordinaria. La duración del mandato será de cuatro años para todos sus miembros, renovándose por mitades cada dos años; primero el Vicepresidente Primero, el Vicesecretario-Tesorero y cinco Vocales; y después el Presidente, el Vicepresidente Segundo, el Secretario y los cuatro Vocales restantes.

Los miembros de la Junta Directiva no podrán ser reelegidos para el mismo cargo de inmediato, pero sí reelegidos posteriormente. Quedan exceptuados los cargos técnicos: Secretario y Vicesecretario-Tesorero que podrán ser reelegidos de inmediato. El Presidente electo será elegido dos años antes de la finalización del mandato del Presidente al que debe suceder.

Artículo 21º

1º Candidaturas:

1.a) Convocadas las elecciones por el Presidente de la Junta Directiva, se abrirá un período de presentación de candidaturas durante un plazo de treinta días naturales.

Los candidatos para cualquier cargo de la Junta Directiva de la Sociedad deberán ser socios de honor o numerarios de la misma, reunir las condiciones exigidas por la legislación vigente y tener la plenitud de sus derechos como tales con una antigüedad de al menos dos años.

1.b) Cada candidatura, individual o colectiva, dirigida al Presidente de la Junta Directiva, deberá ser propuesta por diez miembros numerarios o de honor, incluirá el programa de actuación, e irá acompañada de una declaración de los candidatos afirmando que están dispuestos a aceptar el cargo, en caso de ser elegidos.

Las candidaturas deberán estar en poder de la Junta Directiva al menos tres meses antes de la fecha de las elecciones y comunicadas con sus respectivos programas de actuación, a todos los miembros con derecho a voto, al menos dos meses antes de la citada fecha de elección.

Posteriormente se abrirá un período de campaña electoral de un mínimo de treinta días naturales de duración, a fin de que todos los candidatos puedan dirigirse a los electores.

2º Elección:

La Junta Directiva debe comunicar a los electores mediante una convocatoria de Asamblea General Extraordinaria, con un mínimo de treinta días naturales, el día, hora, lugar y demás circunstancias de la elección.

La elección se realizará mediante voto directo y secreto de los electores, en papeletas que se confeccionarán para ello. En cada una de estas papeletas debe figurar el cargo y nombre de todos los candidatos. Sólo se podrá emitir un voto por cada vacante convocada, independiente de la candidatura a que pertenezca.

Cada elector deberá depositar su voto en una urna, debidamente acreditado.

3º Voto por correo:

Los electores podrán votar por correo dirigido al Presidente de la Junta Directiva en un doble sobre: el primero contendrá el nombre, fotocopia del D.N.I. y firma, y el segundo, contendrá el voto en una papeleta igual a la exigida para el voto personal y permanecerá cerrado hasta que la aceptación se produzca. La recepción del voto por correo terminará la víspera del día de la votación. Los sobres serán abiertos públicamente por el Secretario en el momento del escrutinio.

El voto por correo sólo será válido en la primera votación y el voto personal anula el voto por correo.

4º Escrutinio:

El escrutinio será realizado por una mesa constituida por el Secretario, Vicesecretario- Tesorero, un vocal designado por el Presidente, y un delegado de cada una de las candidaturas presentadas, procediendo en primer lugar al escrutinio del voto personal, seguido del escrutinio del voto por correo.

5º Proclamación:

a) Realizado el escrutinio, serán proclamados electos, en primera votación, los candidatos que obtengan la mayoría simple de los votos emitidos.

b) El Secretario de la Junta Directiva levantará acta de la sesión, haciendo constar el número de participantes en las votaciones, los votos por correo y el resultado de la elección, y se comunicará durante el transcurso de la Asamblea.

c) Si se produjesen empates entre varios candidatos, se procederá a una segunda votación entre los que, manteniendo su candidatura, hayan obtenido igual número de votos. En esta segunda votación será proclamado electo aquel que obtenga mayor número de votos, y se realizará mediante nueva convocatoria de Asamblea General Extraordinaria.

Artículo 22º - Vacantes

En caso de quedar vacante la Presidencia antes del término de su mandato, este cargo pasará a ser ocupado con carácter accidental por el Vicepresidente Primero y en su defeco por el Vicepresidente Segundo hasta completar el término de su mandato. Las vacantes de Secretario se cubrirán por el Vicesecretario-Tesorero y las de éste por el vocal que designe la Junta Directiva. Las vacantes de vocales no serán cubiertas hasta la fecha que corresponda la renovación de la Junta Directiva.

Artículo 23º - Funciones de la Junta Directiva

La actuación de la Junta Directiva se hará con arreglo a las normas siguientes:

a) Será competencia de la Junta Directiva el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º de estos Estatutos.

1. Propondrá a la Asamblea General los posibles Presidentes y Sedes de los Congresos y Simposios de la Sociedad. Las propuestas de Sede se enviarán debidamente detalladas y documentadas a la Junta Directiva al menos 3 meses antes de la reunión que debe decidir el asunto. Asimismo, los candidatos a Presidente del Congreso enviarán una aceptación por escrito para el caso de ser elegidos. La Junta Directiva estudiará las propuestas y las que en su criterio reúnan las condiciones requeridas las elevará a la Asamblea para su definitiva designación.

2. La Junta Directiva nombrará el Comité Científico de las reuniones científicas de la Sociedad, que elaborará una propuesta de los temas a tratar. Los temas definitivos serán elegidos por el Comité Científico y la Junta Directiva conjuntamente.

3. La Junta Directiva designará al Presidente y cargos electivos de la Fundación de la SEAIC, que tendrán una duración de un máximo de 4 años.

b) Aunque es deseable la participación en las decisiones de todos los integrantes de la Junta Directiva, los asuntos de trámite y la realización de gestiones urgentes serán resueltos por el Presidente, Vicepresidente y el Secretario a los que se incorporará el Vicesecretario-Tesorero en ausencia de éste último o bien cuando se trate de asuntos que de alguna manera atañen a las finanzas de la Sociedad. Estos acuerdos se comunicarán a los restantes miembros de la Junta Directiva por escrito a la mayor brevedad posible.

c) Otros asuntos requerirán la consulta a todos los miembros de la Junta Directiva. La Junta Directiva se reunirá al menos dos veces al año para hacer examen del estado y funcionamiento de la Sociedad.

Otras funciones de la Junta Directiva en pleno serán:

1. Conocimiento del estado financiero de la Sociedad.

2. Preparación de los programas de trabajo que en cumplimiento de los Estatutos deba efectuar la Sociedad.

3. Designación conjuntamente con el Comité Científico, de los temas de Simposios, Reuniones Científicas o similares y de las personas a cuyo cargo debe ir su desarrollo.

4. Concesión de patrocinio, ayudas económicas y de otra posible clase a las actividades que los Estatutos de la Sociedad contemplan.

5. Admisión de socios en las condiciones que marcan los Estatutos.

6. Apertura, estudio y resolución de los diversos expedientes que en función de su cargo, los Estatutos de la Sociedad encomiendan.

7. Estudio y en su caso resolución de los asuntos que el Presidente de la Sociedad proponga.

8. Estudio y en su caso aprobación de los asuntos que a solicitud de cualquier miembro de la Junta Directiva queden incluidos en el Orden del Día de la Reunión pertinente.

9. Admisión y estudio de las propuestas que por escrito sean elevadas por miembros de la sociedad.

Artículo 24º - Funciones de los miembros de la Junta Directiva.

Serán funciones del Presidente:

responderá al Presidente la representación de la Sociedad en todas las relaciones de la misma con los Poderes Públicos, Entidades Públicas, Corporaciones y Personas Jurídicas o naturales de cualquier orden, incluso ante los Tribunales y Juzgados que fueren menester, pudiendo a tal fin designar Letrados y Procuradores para la defensa de los intereses de la Sociedad.

Podrá delegar sus atribuciones en el Vicepresidente, o en cualquier otro miembro de la Junta Directiva.

2. Presidir la Asamblea General.

3. Presidir la Junta Directiva.

4. Velar por el cumplimiento de los Estatutos de la Sociedad.

Serán funciones del Vicepresidente Primero:

1. Sustituir al Presidente cuando éste delegue en él por escrito.

2. Ocupar la Presidencia con carácter accidental en caso de vacante de la misma, hasta completar el término de su mandato.

3. Coordinar el trabajo, la organización y las funciones de los Comités de la Sociedad.

Serán funciones del Vicepresidente segundo:

1. Sustituir al Presidente cuando éste delegue en él por escrito.

2. Ocupar la vicepresidencia primera con carácter accidental en caso de vacante de la misma, hasta completar el término de su mandato.

3. Coordinar el trabajo, la organización y las funciones de las Comisiones de la Sociedad.

Serán funciones del Secretario:

1. Convocar por orden del Presidente las Reuniones de los diversos órganos gestores de la Sociedad.

2. Cuidar de la apertura y desarrollo de los expedientes que se incoen en el seno de la Sociedad.

3. Levantar Actas de las Sesiones celebradas.

4. Expedir las certificaciones oportunas con autorización y visto bueno del Presidente.

5. Redactar la Memoria anual.

6. Custodiar la documentación oficial y social.

7. Controlar el fichero de asociados.

8. Cuantas otras funciones sean propias de su cargo.

El Secretario dispondrá de una Secretaría Técnica encargada de ejecutar todo el trabajo burocrático de la Sociedad.

La Secretaría Técnica tendrá su sede en el lugar que determine la Junta Directiva y su trabajo será supervisado por el Secretario de la Sociedad, que será responsable de su funcionamiento.

La vacante de Secretario será cubierta por el Vicesecretario hasta completar el término de su mandato.

Serán funciones del Vicesecretario-Tesorero, el cuidado de las finanzas de la Sociedad.

Serán funciones de los Vocales las derivadas del cumplimiento de los apartados precedentes y todas aquellas que les puedan ser encomendadas por la Junta Consultiva, la Junta Directiva o la Asamblea General.

 

Artículo 25º - Convocatoria y Constitución de la Reunión:

 

El Secretario convocará la reunión a instancias del Presidente, tantas veces como el interés de la Sociedad lo exija, debiendo hacerlo con, al menos 15 días de antelación. La mitad más uno de los miembros de la Junta Directiva puede solicitar en escrito dirigido al Presidente la convocatoria de una reunión.

La Junta Directiva se considerará válidamente reunida cuando estén presentes la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de los miembros presentes. En caso de empate se procederá a una nueva votación. De producirse un nuevo empate será decisivo el voto del Presidente.

La Junta Directiva no se considerará válidamente reunida sin la presencia del Presidente o por delegación de éste por escrito, la del Vicepresidente Primero.

 

Artículo 26º

La Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica estará constituida por personas naturales con capacidad de obrar y mayores de edad. En las condiciones que se determinan podrán pertenecer a la Sociedad, entidades de otra clase.

Artículo 27º

Los socios podrán ser: de Mérito, de Honor, Eméritos, Numerarios, Pre-Numerarios, Adheridos y Cooperadores.

a) Podrán ser socios de Mérito aquellas personas nacionales o extranjeras que destaquen por sus merecimientos científicos en el campo de la Alergología y de la Inmunología Clínica o que hayan prestado relevantes servicios a la Sociedad. También podrán ostentar esta categoría aquellas personas que sin merecimientos específicos de la Especialidad lo tengan en otros campos de la ciencia.
Para la concesión del Certificado de socio de Mérito, será preceptivo que la Junta Directiva abra el oportuno expediente y que eleve la correspondiente propuesta a la Asamblea General, sin cuya aprobación no será posible el nombramiento. Estarán exentos de pago de cuota y recibirán el oportuno diploma acreditativo de su categoría.

b) Podrán ser socios de Honor, los Presidentes de la Sociedad al acabar su mandato. Su designación será hecha por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. Tendrán los mismos derechos de los socios numerarios, estarán exentos del pago de cuota y recibirán el oportuno Diploma acreditativo de su categoría.

c) Podrán ser socios Eméritos aquellos miembros Numerarios de la Sociedad, con antigüedad superior a 15 años, que hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad o hayan cesado en su ejercicio profesional activo o sufran invalidez para el desarrollo de la profesión, acreditando documentalmente dichas circunstancias. Tendrán los mismos derechos de los socios numerarios, estarán exentos del pago de cuota y recibirán el oportuno Diploma acreditativo de su categoría. La admisión deber ser aprobada por la Junta Directiva.

Si a criterio de la Junta Directiva o por propuesta de la Asamblea General se considerara que algún miembro de la Sociedad no incluido en las condiciones anteriores merece esta categoría, se procederá a la apertura del correspondiente expediente por la Junta Directiva y en caso afirmativo la nominación precisará la aprobación de la Asamblea General.

d) Podrán ser socios Numerarios

aquellas personas que estén en posesión del título de licenciado o doctor en Medicina o grado académico correspondiente y del título oficial de especialista en Alergología, expedido u homologado en un estado de la Unión Europea. El candidato aportará una solicitud de admisión presentada por dos socios de Honor, Eméritos o Numerarios de la Sociedad y la correspondiente certificación del título de Especialista en Alergología. La admisión debe ser aprobada provisionalmente por la Junta Directiva, que enviará a los socios la lista de los candidatos y de sus valedores, por si existiera alguna objeción. Si transcurrido el plazo de 30 días, no hubiese objeción alguna, se considerarán definitivamente admitidos. En caso contrario, la admisión se decidirá en la Asamblea General. La Junta Directiva podrá admitir como socios Numerarios a los Especialistas en Inmunología o en otra rama de las Ciencias, que por su labor científica y profesional considere acreedores de ello; serán presentados por dos socios de Honor o Numerarios y aportarán un "curriculum vitae". Tendrán los derechos y deberes inherentes a su condición y recibirán el correspondiente certificado acreditativo.

e) Podrán ser socios Pre-numerarios aquellas personas que estén cursando su formación para la obtención del título de especialista en Alergología. El candidato aportará una solicitud de admisión presentada por dos socios de Honor, Eméritos o Numerarios de la Sociedad y la correspondiente justificación de su período de formación. La admisión deber ser aprobada por la Junta Directiva. Tendrán los derechos y deberes inherentes a su

condición y recibirán el correspondiente diploma acreditativo. Al adquirir el título de especialista en Alergología y comunicarlo documentalmente a la Junta Directiva, podrán pasar a ser socios Numerarios, con todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición.

f) Podrán ser socios Adheridos aquellas personas que, no reuniendo las condiciones exigidas para ser socios Numerarios o Pre-Numerarios, demuestren sus reconocidos méritos científicos y profesionales en relación con la Alergología e Inmunología Clínica. Las propuestas de socios Adheridos deberán ser presentadas por dos socios de Honor, Eméritos o Numerarios y se acompañarán del "curriculum vitae" del solicitante. La admisión debe ser aprobada provisionalmente por la Junta Directiva, que enviará a los socios la lista de los candidatos y de sus valedores, por si existiera alguna objeción. Si transcurrido el plazo de 30 días, no hubiese objeción alguna, se considerarán definitivamente admitidos. En caso contrario, la admisión se decidirá en la Asamblea General.

g) Podrán tener la categoría de socios Cooperadores aquellas personas, entidades, corporaciones, sociedades, agrupaciones, asociaciones o similares que por su cooperación y ayuda a los fines de la Sociedad, se hagan acreedores de ello. Para la concesión es preceptiva la apertura del correspondiente expediente por la Junta Directiva y su nombramiento debe ser aprobado por la Asamblea General. Recibirán el oportuno diploma acreditativo de su condición.

Artículo 28º

Serán derechos y deberes de los socios los siguientes:

Beneficiarse de los fines de la Sociedad y que estos Estatutos contemplan.

Todos los socios de Mérito, de Honor, Eméritos, Numerarios, Pre-Numerarios y Cooperadores tendrán un documento expedido por la Sociedad que acredite su condición.

Ser informados de todas las actividades de la Sociedad.

Los socios de Mérito tendrán voz y voto en la Asamblea General, pero no podrán ser elegidos para ocupar cargos directivos en la Sociedad.

Los socios de Honor, los socios Eméritos y los socios Numerarios tendrán desde el momento de su admisión voz y voto en la Asamblea General y podrán ser elegidos en las condiciones previstas por los Estatutos para desempeñar cargos directivos de la Sociedad.

Los socios Pre-Numerarios y los Adheridos tendrán voz y voto en la Asamblea General, pero no podrán ser elegidos para ocupar cargos directivos en la Sociedad.

Artículo 29º

Los socios podrán perder su condición de tales de la forma siguiente:

a) Por fallecimiento.

b) Por renuncia voluntaria.

c) Por falta injustificada de pago de cuotas durante dos años consecutivos. La baja por impago de cuotas irá precedida de advertencia por parte del Vicesecretario-Tesorero y el abono de todas las cuotas pendientes rehabilitará al interesado en todos sus derechos.

d) Por acuerdo de la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, previa incoación del oportuno expediente y consecutivo a la certeza de que haya realizado alguna acción contraria a los fines e intereses de la Sociedad. Para ello se nombrará previamente un Instructor y un Secretario, ambos miembros de la Junta Directiva.

Por abandonar su periodo de formación.

Artículo 30º

La Junta Directiva será la competente para conocer de las distintas infracciones señaladas en el Art. 31 de los presentes Estatutos, cuya corrección se ajustará al procedimiento que se establece en los artículos siguientes.

La Junta Directiva, podrá actuar de oficio, o por denuncia de un tercero, con independencia que sea persona física o Jurídica.

Las faltas leves podrán ser corregidas por el Presidente de la Sociedad, previa autorización de la Junta Directiva, y oyendo al supuesto infractor.

Las faltas prescribirán al año de su comisión, salvo que se haya procedido a su corrección, bien mediante la iniciación de una información reservada, o del correspondiente expediente disciplinario.

Artículo 31º

Las infracciones serán calificadas de leves, graves y muy graves, con arreglo a la tipificación siguiente.

1.- Son infracciones muy graves:

a) La ejecución de algún acto que contradiga, impida o dificulte el cumplimiento de los objetivos y fines sociales.
b) La conducta pública reprobable, y la que constituya grave detrimento para el prestigio de la Sociedad o para el de alguno de los Miembros.
c) Haber sido sancionado por la comisión de dos faltas graves.
d) Pertenecer o actuar a través de Sociedades Mercantiles que capten su clientela a través de Publicidad organizada, en clara competencia desleal con el resto de sus compañeros.

e) Participar en Asambleas u otros actos, cuyos programas y objetivos sean contrarios a los intereses de nuestra Sociedad.
f) Actuar bajo la supuesta cobertura de titulaciones, que no se posean y cualesquiera otras conductas dolosas, constitutivas de delitos.

2.- Son infracciones graves:

a) El incumplimiento doloso de los acuerdos de las Juntas General y Directiva.
b) El incumplimiento esencial de los cometidos y gestiones específicamente asignados.
c) La inhibición y falta de participación reiterada, sin justificación adecuada, en las actividades que promueva la Sociedad.
d) Haber sido sancionado por dos infracciones leves.

3.- Son infracciones leves:

a) El incumplimiento por negligencia de los acuerdos adoptados por la Junta General o la Junta Directiva.
b) La falta de cooperación al cumplimiento de los fines sociales, cuando por su poca entidad tal omisión no imposibilite o dificulte la realización de estos.
c) La incorrección con los socios o con terceros, cuando, en éste último caso, afecte a la Sociedad o a sus componentes.
d) El incumplimiento de los deberes y obligaciones estatutarias inherentes a la condición de socio, siempre que no deban ser calificados como falta muy grave o grave.

Artículo 32º.

Las sanciones que podrán imponerse por razón de las infracciones son las siguientes:

1. Expulsión de la Sociedad.
2. Suspensión de la condición que ostente el sancionado por un período máximo de un año.
3. Inhabilitación por período de uno a cuatro años para ejercer cargos directivos o representar públicamente a la Sociedad.
4.. Amonestación escrita.

Las sanciones se impondrán atendiendo a las circunstancias objetivas y subjetivas concurrentes y a la reiteración en la conducta infractora.

La sanción de expulsión sólo podrá imponerse por la comisión de falta muy grave.

La suspensión de derechos societarios y la de inhabilitación para ejercer cargos directivos y de representación podrá imponerse por la comisión de falta muy grave o grave.

La amonestación escrita, podrá imponerse por la comisión de falta grave o leve.

Artículo 33º.

 

La Junta Directiva, actuando bien de oficio, bien a instancia de cinco de sus miembros, será la competente para conocer de las distintas infracciones, que resultan del precedente Art. 31, a excepción de las leves, respecto de las que no, lo será el Presidente de la misma, quien podrá oír, si lo estima oportuno, al supuesto infractor, antes de emitir su veredicto.

Artículo 34º.

La Junta Directiva, procederá a designar entre los miembros de la Sociedad, una Comisión Deontológica, que habrá de informar de todos los expedientes sancionadores que se instruyan.

Para poder ser designado miembro de la Comisión Deontológica, se requerirá tener una antigüedad de, al menos, 10 años en la Sociedad; no haber sido sancionado con anterioridad y estar al corriente en sus obligaciones como asociado.

El mandato de dicha Comisión será el mismo que el de la Junta Directiva, sin perjuicio de que podrán ser reelegidos, total o parcialmente, por las nuevas Juntas Directivas entrantes.

Estará compuesto por, al menos, cinco miembros, y sus decisiones habrán de adoptarse por mayoría simple, y será presidida por la persona que resulte elegida entre sus miembros, y en su defecto, por el de mayor antigüedad en la Sociedad, y en caso de igualdad, el de más antigüedad como colegiado, y de persistir dicha igualdad, el de más edad.

Se elegirá, asimismo un Secretario, que levantará acta de todas las reuniones de la Comisión Deontológica y que será el encargado de tramitar los expedientes que pudieran estar pendientes en la misma. Para su elección y, en su caso, designación provisional, se seguirá el mismo procedimiento que para el Presidente, pero refiriéndose siempre y en todo caso, al más joven.

De producirse alguna vacante, será inmediatamente cubierta por la Junta Directiva.

Una vez aceptado el cargo, no podrá renunciarse al mismo, salvo causa justificada a criterio de la Junta Directiva, o cause baja en la Sociedad, de acuerdo con las causas previstas en el artículo 33 de los presentes Estatutos.

Artículo 35º.

El procedimiento sancionador se ajustará a las siguientes normas:

1. Conocida, bien de oficio o de denuncia, la comisión de una falta, la Junta Directiva designará de entre sus miembros a un Instructor y Secretario.

Esto no obstante, podrá tramitar una información reservada, para lo cual oirá previamente al supuesto infractor, tras lo cual, adoptará el acuerdo de incoar expediente disciplinario, con la designación de Instructor y Secretario, o, en su caso, de archivo, para lo cual se

requerirá el informe de la Comisión Deontológica.

Si ésta mostrara su conformidad, se procederá al archivo del expediente. En caso de disconformidad, la Junta Directiva resolverá.

2. Del acuerdo de incoación de expediente disciplinario, y de la designación de Instructor y Secretario, se notificará al interesado al objeto de poder recusarlos, para lo que dispondrá de un plazo de 7 días.

El cargo de Instructor y Secretario, será de obligada aceptación, salvo que tuviera motivos de abstención, o que su recusación por el expedientado fuere aceptada por la Junta Directiva.

3. Sólo serán consideradas causas de abstención o recusación, el parentesco dentro del cuarto grado en caso de consanguinidad o de afinidad dentro del segundo; la amistad intima o enemistad manifiesta, o tener interés personal en el asunto de que se trate.

4. El Instructor dispondrá del plazo de 2 meses, contados desde la finalización del de recusación, para la tramitación del expediente.

De cualquier forma, en supuestos de dificultad en su tramitación, o ante causas justificadas, podrá ampliarse dicho plazo por la Junta Directiva, previa petición del Instructor.

5. El Instructor podrá acordar la práctica de cuantas diligencias o pruebas estime oportuno realizar, para lo cual contará con el apoyo de la Secretaria de la Sociedad.

De practicarse alguna prueba testifical, se dará traslado al expedientado para poder formular las preguntas o repreguntas que estime oportunas en su defensa.

Esto, no obstante, y con carácter obligatorio habrá de oírse al denunciante, o a su representante legal si fuera persona jurídica, y al expedientado, así como la incorporación del expediente de información reservada que se hubiese practicado si lo hubiere.

6. Cuando la tramitación del expediente lo permita, el Instructor formulará Pliego de Cargos al expedientado, quien dispondrá de un plazo de 10 días, para formular el correspondiente Pliego de Descargos, en el que podrá proponer los medios probatorios que a su derecho conviniere, cuya práctica será necesaria, salvo que el Instructor lo rechace por causas justificadas y motivadas, y dándosele vista de lo actuado.

7. Concluida las pruebas que el Instructor considerare oportuno practicar, y en su caso, la que el expedientado hubiere propuesto, se dictará una Resolución, de la que se dará traslado al expedientado, quien dispondrá de un plazo de 8 días, para formular Alegaciones.

8. Evacuado el trámite de Alegaciones, o concluido dicho plazo, sin formular alguna, se dará por concluido el expediente, el cual se elevará a la Comisión Deontológica para emitir su preceptivo informe.

9. La Comisión Deontológica, elevará su informe, dentro de los 15 días siguientes a su remisión del expediente, y de lo que dará traslado a la junta Directiva.

10. El expedientado, podrá intervenir en el examen de los testigos que depongan en el expediente, así como designar un Letrado que le defienda, el cual podrá intervenir en todas las pruebas que se practiquen, sin que para ello sea preciso la presencia del propio interesado, siempre y cuando haya hecho constar al Instructor por escrito dicha designación.

11. Los plazos señalados, se contarán siempre desde que se produce la notificación y entendiéndose siempre de días hábiles.

Artículo 36º.

Una vez finalizadas las actuaciones y emitido el informe de la Comisión Deontológica, se elevarán a la Junta Directiva, para que adopte el Acuerdo correspondiente, dentro de los siguientes 30 días desde que la fuera remitido el mismo, con el correspondiente expediente disciplinario.

Cuando la dificultad de expediente así lo aconseje, o se hayan planteado cuestiones jurídicas, o cuando así lo considerara necesario la Junta Directiva, podrá solicitar informe al Asesor Jurídico de la Sociedad, si lo hubiere, o en su defecto al que se designe al efecto, quien evacuará su opinión dentro de los siguientes 7 días hábiles.

Artículo 37º.

Los acuerdos de la Junta Directiva al resolver los expedientes sancionadores, deberán ser motivados y refrendados en la primera Asamblea General que se celebre.

Artículo 38º.

Contra los acuerdos que la Junta Directiva adopte en materia disciplinaria, podrán ser recurridos por los interesados, en un plazo de 15 días hábiles, ante la misma, quien dispondrá de otros 15 días para su resolución definitiva.
El acuerdo que se adopte, podrá ser impugnado ante la jurisdicción ordinaria.

Artículo 39º - Autonomía Financiera

La Sociedad tendrá plena autonomía para la administración de sus propios recursos, con estricto cumplimiento de sus obligaciones y ajustándose al presupuesto previamente acordado.

Artículo 40º - Recursos Financieros

La Sociedad se nutrirá para el desarrollo de sus fines de los siguientes recursos:

1. Las cuotas anuales y las extraordinarias que fije la Junta Directiva, siguiendo las directrices de la Asamblea General, cada año se irán incrementando de acuerdo con lo acordado por la Junta Directiva, siguiendo las directrices generales de la Asamblea General.

2. Los productos de los bienes y derechos que le correspondan, así como las subvenciones, legados, donaciones, etc. que puedan recibir de forma legal.

3. Los ingresos que obtenga la Sociedad mediante las actividades licitas que acuerde realizar la Junta Directiva, siempre dentro de los fines estatutarios.

Artículo 41º - Contabilidad

Se llevará los registros y el control contable de acuerdo con la legalidad vigente y en particular adaptada al Plan General Contable y a los principios contables generalmente admitidos.

La Sociedad llevará los pertinentes libros de cuentas para el control y buen orden de la gestión financiera de la entidad.

Una vez acabado el ejercicio económico, serán practicados los correspondientes balances, cuentas de resultados y memoria anual explicativa que serán sometidos a la aprobación de la Asamblea General Ordinaria.

Juntamente con la documentación descrita en el anterior apartado será sometido a la Asamblea el presupuesto de ingresos y gastos correspondientes al siguiente ejercicio.

De todo ello se facilitará a los asociados un resumen suficientemente explicativo.

Artículo 42º - Liquidación del ejercicio anual.

El ejercicio social coincidirá con el año natural.

Una vez finalizado éste y estableciendo el estado de ingresos y gastos, si hubiera beneficios se revertirá en el patrimonio de la Sociedad. Si existiesen pérdidas, la Junta Directiva determinará la forma de cubrirlas, bien sea con una aportación extraordinaria de los socios, bien sea como estime más conveniente.

Artículo 43º - Pago de las cuotas

 

El domicilio legal del cumplimiento de las obligaciones de pago por parte del asociado es la sede de la Sociedad.

A fin de facilitar esta obligación este cumplimiento será obligatorio domiciliar los pagos periódicos en una entidad bancaria o de crédito.

El importe de los recibos es indivisible, por lo cual su forma de pago no podrá fraccionarse ni efectuar entregas a cuenta.

Se disolverá voluntariamente cuando así lo acuerde la Asamblea General Extraordinaria, convocada al efecto, por una mayoría de 2/3 de los asociados.

En caso de disolución, se nombrará una comisión liquidadora la cual, una vez extinguidas las deudas, y si existiese sobrante liquido se destinará a favor del Colegio de Huérfanos de Médicos, o en su defecto a fines que no desvirtúen su naturaleza ni lucrativa.

En todo caso no esté previsto en los presentes Estatutos se aplicará la vigente Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación, y las disposiciones complementarias.

D. IGNACIO JESÚS DÁVILA GONZÁLEZ, Secretario de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados para adaptarlos a las previsiones de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, por acuerdo de la Asamblea General Extraordinaria de asociados de fecha 20 de febrero de 2.004.

En Madrid, a 27 de febrero de 2.004.

PEDRO OJEDA FERNÁNDEZ, Secretario de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en sus artículos 27º y 28º para añadir la categoría de socio emérito, con sus derechos y limitaciones, aprobada en Asamblea General de los socios de fecha 28 de octubre de 2006.

En Madrid, a 2 de noviembre de 2006.

 

PEDRO OJEDA FERNÁNDEZ, Secretario de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en su artículo 8º para modificar la dirección social de la Asociación, aprobada en Asamblea General de los socios de fecha 19 de octubre de 2012.

En Madrid, 20 de octubre de 2012.

DARÍO ANTOLÍN AMÉRIGO, Secretario de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en su artículo 28º para modificar los derechos y deberes de los socios pre-numerarios y adheridos, aprobada en Asamblea General de los socios de fecha 25 de octubre de 2019.

En Madrid, 25 de octubre de 2019.

D.ª. CARMEN MARÍA ANDREU BALAGUER, Secretaria de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en su artículo 8º para modificar  el domicilio social de la SEAIC y en su artículo 27º para especificar  con qué titulación  podrán ser socios numerarios y sustituir el diploma por un certificado acreditativo, aprobada en Asamblea General de los socios de fecha 8 de noviembre de 2024.

En Madrid, 18 de noviembre de 2024.

D.ª. CARMEN MARÍA ANDREU BALAGUER, Secretaria de la Asociación a que se refieren estos Estatutos, CERTIFICA: que los presentes Estatutos han sido modificados en su artículo 20º para introducir las figuras de Vicepresidente primero y Vicepresidente segundo y reducir a 9 vocales;  en su artículo 22º para especificar  que la vacante del presidente será ocupada con carácter accidental por el Vicepresidente primero y en su defecto por el Vicepresidente Segundo; en su artículo 23º para incluir al Vicepresidente Segundo en los asuntos de trámite y realización de gestiones urgentes; en su artículo 24º para añadir la palabra “Primero” en las funciones del vicepresidente y definir las funciones del Vicepresidente Segundo; en su artículo 25º para añadir la palabra “Primero” en el ultimo párrafo, aprobado en Asamblea General de los socios de fecha 3 de octubre de 2025.

En Madrid, 3 de octubre  de 2025.

 

Descargar el documento completo: icono PDF ESTATUTOS SEAIC 2025. (443 descargas )

Biblioteca Virtual

.

La Biblioteca Virtual es un espacio destinado a ofrecer recursos bibliográficos de utilidad para profesionales.

———————————————————————————————————————————–

El desarrollo de las tecnologías de la información y la comunicación ha contribuido a facilitar el acceso al creciente volumen de información científica, de forma que atualmente existen diferentes portales de internet que ofrecen servicios de consulta sobre diversas bases de datos bibliográficas.

Las bases de datos de artículos científicos tienen su origen en antiguos repertorios bibliográficos como Excerpta Medica o Index Medicus, que posteriormente pasan a versiones computerizadas como EMBASE y Medline. Estas bases de datos son consideradas fuentes de información secundaria, ya que hacen referencia a las fuentes primarias, es decir, las revistas científicas que contienen la información original.

———————————————————————————————————————————–

En esta página dispone de enlaces a diferentes portales de acceso a bases de datos de artículos científicos (fuentes de información bibliográfica), así como a revistas especializadas en Alergología e Inmunología Clínica (publicaciones periódicas).

También puede encontrar descargas de documentos y libros electrónicos. Algunos documentos, como el tratado de Alergología de la SEAIC y las monografías publicadas por la Fundación SEAIC, solo podrán descargarse tras registrarse con las credenciales de socio.

Si es socio de la SEAIC y aún no tiene sus credenciales puede solicitarlas a la Secretaría Técnica.

———————————————————————————————————————————–

enlace volver a la página de profesionales

enlace volver a la página de inicio

Cartilla de inmunoterapia sublingual

El Comité de Inmunoterapia de la SEAIC ha editado una cartilla para el seguimiento de la inmunoterapia sublingual para facilitar a los pacientes su tratamiento, así como a los profesionales implicados en su aplicación.

icono PDF Cartilla de inmunoterapia sublingual (8215 descargas )

Curso SEAIC sobre alergia a medicamentos en el programa FACME

La Federación de Asociaciones Científico Médicas Españolas (FACME) ha lanzado el primer programa de formación médica continuada con financiación pública, destinado a más de 25.000 especialistas del Sistema Nacional de Salud. Esta iniciativa, impulsada por el Ministerio de Sanidad y respaldada con fondos europeos Next Generation EU, incluye 20 cursos online gratuitos acreditados con créditos universitarios y europeos de FMC.

Entre ellos, la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC) lidera el cursoReacciones alérgicas a medicamentos y desetiquetado de falsos diagnósticos, elaborado por el Comité de Alergia a Medicamentos de la SEAIC, presidido por la Dra. Esther Moreno y con la participación del Dr. Manuel Alcántara.

Esta propuesta formativa resulta esencial para mejorar la identificación de reacciones adversas y evitar diagnósticos erróneos que condicionan la práctica clínica. El curso se desarrolla en colaboración con expertos de referencia y está orientado a profesionales del SNS y residentes que buscan actualizar sus competencias en alergología y farmacología clínica.

Información práctica:

Becas Posgrado Imperial College

El Programa de Posgrado en Alergia de Imperial College London ofrece 6 becas para profesionales (médicos, enfermeros, dietistas, investigadores básicos) altamente motivados de Reino Unido y la Unión Europea para el curso académico 2020-2021. Las becas cubrirán el 30-50% de las tasas del ‘Postgraduate Certificate in Allergy’. La fecha límite para presentar solicitudes es el 15 de Julio de 2020.

icono PDF Información Posgrado Imperial College (1893 descargas )

Encuestas COVID-19

This content is for Subscribers Users

Resumen de privacidad

Esta web utiliza cookies para que podamos ofrecerte la mejor experiencia de usuario posible. La información de las cookies se almacena en tu navegador y realiza funciones tales como reconocerte cuando vuelves a nuestra web o ayudar a nuestro equipo a comprender qué secciones de la web encuentras más interesantes y útiles. Nunca almacenamos información personal.

Tienes toda la información en nuestras páginas: Política de cookies Política de privacidad Aviso legal