Alergólogos de España, Italia y Portugal se han reunido en Florencia para promocionar e implantar investigaciones científicas de interés común en el ámbito de la Alergología. Uno de los puntos en común es que el polen del olivo, junto con el de gramíneas y parietaria, constituye una causa frecuente de alergia respiratoria en la Europa mediterránea.
Ver nota de prensa: Congreso SEAS 2010 (7516 descargas )
El Comité de Aerobiología, con el patrocinio de AstraZeneca, pone en marcha la aplicación «AlertaPolen» para teléfonos móviles, que informa al paciente alérgico de los niveles de polen en su zona y avisa cuando se superan los umbrales de riesgo.
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Apreciados socios:
Os remitimos este comunicado para poneros al corriente del estado de las conversaciones con la Consejería de Sanidad de la Comunidad Autónoma Balear.
A modo de resumen, a finales de julio se publicó en los medios de comunicación locales la noticia de la creación de un comité multidisciplinar carente de un alergólogo para la atención de pacientes alérgicos del área de Ibiza-Formentera (a href=»http://www.noudiari.es/2014/07/la-doctora-natalia-costa-preside-el-nuevo-comite-de-alergias-del-area-de-salud-de-ibiza-y-formentera»>más información).
La SEAIC reaccionó con presteza quejándose de la situación en comunicados de prensa y, además, solicitó una reunión con el Consejero balear de Sanidad para expresarle nuestro malestar y solicitar la contratación de alergólogos titulados en la Comunidad Balear. Nuestra petición de reunión fue rápidamente atendida por parte de la Consejería y, con fecha 29 de septiembre, los Dres. José María Olaguibel y Joaquín Sastre, en representación de la SEAIC, y el Dr. Alberto Oehling, en representación de los alergólogos baleares, mantuvieron una reunión con el Exmo. Sr. Consejero de Sanidad, D. Martí Sansaloni y el Director de Atención Especializada, Sr. D. José Luis Gallego. En dicha reunión, ambas instituciones, la SEAIC y la Consejería, expresaron sus puntos de vista acerca de la atención sanitaria a la población alérgica de la región y acercaron posturas con el objetivo de mejorar la situación actual.
La SEAIC se comprometió a enviar documentación relevante acerca de la actividad profesional que desarrollan los alergólogos en la sanidad pública y su relación con otras especialidades afines y con Atención Primaria y Pediatría para comprender mejor el engarce de nuestra especialidad en un enfoque de atención sanitaria multidisciplinar.
Con este primer encuentro, se ha establecido una vía de diálogo que creemos podrá suponer un punto de inflexión en el actual modelo de atención sanitaria alergológica de dicha Comunidad.
Un cordial saludo
Dr. Pedro Ojeda
Secretario de la Junta Directiva de la SEAIC
| Presidenta: | Dra. Marta Ferrer Puga |
| Secretaria: | Dra. Carmen D’Amelio Garófano |
| Vocales: | 1. Dra. Carmen Andreu Balaguer 2. Dra. Mónica Antón Gironés 3. Dra. Alicia Armentia Medina 4. Dra. Teresa Carrillo Díaz 5. Dr. Tomás Chivato Perez 6. Dr. Carlos Colás Sanz 7. Dr. Ignacio Dávila González 8. Dr. Francisco Javier Fernández Sánchez 9. Dr. Gabriel Gastaminza Lazarte 10. Dra. María José Goikoetxea Lapresa 11. Dra. Valentina Gutiérrez Vall de Cabres 12. Dr. Luis Pietro Andrés 13. Dra. María José Torres Jaén 14. Dra. Carmen Vidal Pan 15. Dr. José Manuel Zubeldia Ortuño |
Actualizado el día 04/12/2023
| Presidentes: | Dr. Francisco Javier Montoro Lacomba Dra. Mónica Antón Gironés |
| Vocales: | 1. Dr. Carlos Colás Sanz 2. Dr. Ángel Moral de Gregorio 3. Dra. Ana Navarro Pulido 4. Dra. Paloma Poza Guedes 5. Dra. Matilde Rodríguez 6. Dra. Arantza Vega Castro 7. Dr. José Mª Vega Chicote |
Actualizado el día 04/12/2023
| Presidenta: | Dra. Rosa Muñoz Cano |
| Secretario: | Dr. Teodorikez Jiménez Rodríguez |
| Coordinador del área de ayudas: | Dr. Juan Fraj |
| Miembros del grupo asesor: | 1. Dr. Domingo Barber Hernández 2. Dr. Jesús Fernández Crespo 3. Dra. Montserrat Fernández Rivas 4. Dr. Rodrigo Jiménez Saiz 5. Dra. Mariona Pascal Capdevila 6. Dra. María José Torres Jaén |
Actualizado el día 04/12/2023
Las reacciones adversas a medicamentos se definen como un “efecto perjudicial o no deseado que aparece tras la administración de un fármaco a las dosis normalmente utilizadas en el hombre para prevenir, diagnosticar y/o tratar una enfermedad”. La mayoría de los efectos adversos son hasta cierto punto predecibles. Las reacciones alérgicas a medicamentos son impredecibles y dependen de una respuesta inmunológica que no siempre es la misma. Por esto último, las manifestaciones son muy diversas, aunque lo más frecuente es la reacción cutánea generalizada.
Los medicamentos que con más frecuencia se relacionan con reacciones alérgicas son los antibióticos, entre los que destacan las penicilinas. También son frecuentes las reacciones a analgésicos y antiinflamatorios. En todo caso, cualquier fármaco puede ser una potencial causa de alergia. La frecuencia de reacciones alérgicas a medicamentos aumenta en relación directa con el mayor consumo de fármacos por parte de la población.
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| Presidente: | Dr. Manuel Alcántara Villar | Vocales: | 1. Dr. José Fernando Florido López 2. Dra. Alicia Habernau Mena 3. Dr. José Antonio Navarro Echeverría 4. Dra. Paloma Poza Guedes |
Actualizado el día 04/12/2023
Los artrópodos son animales invertebrados de pequeño tamaño caracterizados por poseer un esqueleto externo y patas articuladas. Constituyen aproximadamente el 75% del reino animal e incluyen principalmente los insectos y los arácnidos.
La picadura se define como la lesión originada por la penetración de un aparato agresor en el interior de la piel, que ocurre a consecuencia de un acto que tiene como finalidad la introducción de un veneno (artrópodos venenosos) o para obtener fluidos procedentes de la víctima (artrópodos hematófagos). Entre los primeros destacan insectos como las abejas, las avispas y las hormigas, y arácnidos como las arañas y los escorpiones. Los hematófagos comprenden entre otros a los mosquitos y tábanos, chinches, pulgas y garrapatas.
| Venenosos | Hematófagos | |
| Insectos | Himenópteros (abejas, avispas y hormigas) |
Dípteros (mosquitos y tábanos) Hemípteros (chinches) Sifonápteros (pulgas) |
| Arácnidos | Arañas Esporpiones |
Garrapatas |
| Miriápodos | Escolopendra |
Las reacciones a picaduras suelen ser locales, con picor, enrojecimiento y edema circunscrito en la zona donde pica el artrópodo. En personas susceptibles puede producirse hinchazón intensa y de larga duración, aunque esto generalmente no conlleva riesgos de reacción grave.
Las reacciones alérgicas de importancia médica son las denominadas reacciones sistémicas o generalizadas, que se manifiestan por picor y erupción a distancia de la picadura o por toda la extensión de la piel y en ocasiones dificultad para respirar y alteración del nivel de conciencia. Estas reacciones suelen ocurrir por picaduras de himenópteros (abejas y avispas).
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| Presidente: | Prof. Ignacio Jesús Dávila González |
| Presidenta electa: | Dra. Arantza Vega Castro |
| Vicepresidente: | Dr. Darío Antolín Amérigo |
| Secretario: | Prof. José Manuel Zubeldia Ortuño |
| Vicesecretario-tesorero: | Dr. Moisés Labrador Horrillo |
| Vocales: | Profª. Carmen Mª Andreu Balaguer
Dra. Nagore Bernedo Belar Dra. Rosa Miriam Blanco Pérez Dr. Antonio Letrán Camacho Dra. Inmaculada Sánchez Machín Prof. Joaquín Sastre Domínguez Prof. Antonio Luis Valero Santiago Dra. Mónica Venturini Díaz Dra. Beatriz Veleiro Dr. David González de Olano Dra. Beatriz Pola Bibián Dr. José Antonio Navarro Echeverría Dra. Beatriz Fernández Parra |
Actualizado el día 19/02/2024
Estimados socios,
El comité organizador local del Simposio de Sevilla SEAIC 2015 (22-24 de Octubre) ha elaborado una nota recordatoria de la particularidad del inicio del mismo el Jueves 22 a las 15:30, con el Simposio de Urticaria Crónica, que se adjunta por si fuera de vuestro interés.
Un cordial saludo
Darío Antolín Amérigo
Secretario de la Junta Directiva de la SEAIC
| Presidenta: | Dra. Teresa Carrillo Díaz |
| Secretaria: | Dra. Olga Luengo Sánchez |
| Vocales: | 1. Dra. Nagore Bernedo Belar 2. Dra. Nieves Cabañes Higuero 3. Dra. Miriam Clar Castelló 4. Dra. Leticia Domínguez Cereijo 5. Dra. Rosario López Rico 6. Dra. Ana Morales Hidalgo 7. Dra. Cristina Navarro Garrido 8. Dr. José María Olaguibel Rivera 9. Dra. Mariona Pascal Capdevila 10. Dra. Mª del Pilar Serrano Delgado |
Información exclusiva para socios de la SEAIC. Si no lo ha hecho, identifíquese aquí.
Actualizado el día 19/11/2025
| Presidenta: | Dra. Nancy Ortega Rodríguez | Vocal-tesorero: | Prof. Moisés Labrador Horrillo | Vocal: | Dr. Lluís Marqués Amat | Vocal: | Dr. José Antonio Navarro Echeverriaç |
Actualizado el día 02/12/2024
Reacciones inmediatas <1h (1-6h)
Reacciones no inmediatas: >1h (>24h)

*Esta guía pretende ser un complemento a los protocolos habituales desde la perspectiva de la telemedicina (TM) y por tanto no incide en aquellos aspectos que pertenezcan a la práctica clínica habitual en el diagnóstico y tratamiento de la alergia a fármacos.
La relevancia tanto en términos de prevalencia, como en impacto socioeconómico de la alergia a alimentos está creciendo no solo en España, sino en todo el mundo, afectando a millones de pacientes. Hasta hace apenas dos décadas, la única solución para este problema era la identificación del agente causal, su evitación y la aplicación del tratamiento adecuado en caso de producirse un contacto accidental.
Sin embargo, en las últimas décadas, la comunidad científica ha puesto mucho esfuerzo en el desarrollo de terapias activas para tratar a los pacientes con alergia alimentaria, siendo la más relevante la inmunoterapia con alimentos. Estos esfuerzos han sido liderados mediante proyectos de investigación y ensayos clínicos que, a medida que iban publicándose, se aplicaban en la práctica clínica diaria de algunos centros europeos.
Actualmente la inmunoterapia con alimentos, especialmente la inmunoterapia por ruta oral, se ha consolidado como un tratamiento eficaz y ya se incluye en las guías de la EAACI como tratamiento indicado en pacientes con alergia persistente a leche, huevo o cacahuete en centros con experiencia. Este paso adelante se ha visto reforzado por la reciente comercialización en Estados Unidos del primer producto para tratar la alergia a cacahuete con inmunoterapia oral. Sin embargo, el tratamiento, aunque eficaz, sigue siendo objeto de debate debido a su controvertido perfil de seguridad y su implementación en la práctica clínica diaria aún plantea ciertos dilemas.
En este contexto, desde el Board of Pediatrics de la EAACI se puso en marcha un grupo de trabajo con el objetivo de saber el nivel de implementación del tratamiento en Europa, y poder hacer una valoración del grado de experiencia que atesora el continente ante la probable alta expansión que sufrirá la aplicación del tratamiento fuera del ensayo clínico en los próximos años.
La metodología consistió en identificar a través de abstracts a congresos europeos y nacionales de los últimos 5 años, centros en los que se practicase la inmunoterapia, además de identificar autores en la literatura. Adicionalmente, se enviaron 3 rondas de emails desde la secretaría de la EAACI a todos los miembros, para intentar identificar más centros con experiencia. Los voluntarios participaron rellenando una encuesta extensa sobre la práctica general de la inmunoterapia, y más específica sobre la práctica de la inmunoterapia con leche, huevo y cacahuete.
Un total de 102 centros en 18 países en toda Europa participaron en el proyecto. El primer dato llamativo es la gran disparidad en la distribución por todo el territorio, siendo España el país con un mayor número de centros (n=39), seguido de Francia (n=16) e Italia (n=7), y con una escasísima representación en países con una gran población como por ejemplo Alemania, con un solo centro. Se indagó sobre la experiencia en el tratamiento de alergia a alimentos menos estudiados habitualmente, y se encontró un interesante patrón geográfico marcado por los hábitos de consumo. En el sur de Europa, se trataba con frecuencia la alergia a melocotón, en el centro de Europa la alergia a la avellana, y en el norte la alergia a pescados. La experiencia acumulada estimada de pacientes tratados para todos los alimentos identificados es 24,875 pacientes, lo que se puede considerar una cifra muy baja, teniendo en cuenta la prevalencia global de la alergia a alimentos.
El perfil de un centro “medio” europeo que realiza inmunoterapia con alimentos es un servicio que trabaja en la sanidad pública (80,4% de los centros identificados), que lleva 9 años realizando el tratamiento y ha tratado aproximadamente a 100 pacientes en total, por ruta oral eminentemente. El tratamiento se aplica de rutina en la práctica clínica habitual en el 80,4% de los centros, principalmente en hospitales terciarios (77,5%). El número de médicos medio por centro es de 3 alergólogos/pediatras y 2 enfermeras con todo el equipo médico necesario para atender eventuales reacciones. El 98% de los centros realizan pruebas de exposición oral previa al inicio de la inmunoterapia, y evaluaciones alternativas relevantes de la eficacia, como son el estudio de la calidad de vida o la tolerancia mantenida (sustained unresponsiveness) solo se realizan en el 20,6% y 54,9% de los centros, respectivamente. Las alergias alimentarias más frecuentemente tratadas en los centros son alergia a leche y huevo (91,2% y 78,4%, respectivamente), mientras que la implementación de la inmunoterapia con cacahuete no llega a la mitad de los centros (46,1%).
En conclusión, más allá de la disparidad de procedimientos, entornos y experiencia de los centros identificados, y teniendo en cuenta que no todos los centros europeos han participado en el proyecto, debemos reflexionar sobre si los recursos sanitarios están preparados para asumir la alta demanda de tratamiento prevista en los próximos años.
Por último, querría agradecer profundamente a todos los centros españoles que colaboraron en este estudio y que dedicaron tiempo a completar la encuesta. Muchas gracias a todos vosotros.
Pablo Rodríguez del Río, Facultativo especialista de área en Alergia Hospital Niño Jesús, Madrid, España. Comité de Alergia Infantil
REFERENCIAS RELEVANTES:
.- Hossny E, Ebisawa M, El-Gamal Y, et al. Challenges of managing food allergy in the developing world. World Allergy Organ J. 2019;12(11):100089.
.- Pajno GB, Fernández-Rivas M, Arasi S, et al. EAACI Guidelines on allergen immunotherapy: IgE-mediated food allergy. Allergy.2018;73(4):799-815
.- Chu KD, Wood RA, French S et al. Oral immunotherapy for peanut allergy (PACE): a systematic review and meta-analysis of efficacy and safety. Lancet. 2019 Jun 1;393(10187): 2222-2232
.- Rodríguez del Río P, Álvarez-Perea A, Blumchen K, et al. Food immunotherapy practice: Nation differences across Europe, The FIND project. Allergy. 2021; 00:1–13. https://doi.org/10.1111/all.15016
Envío de correo electrónico o mensaje de texto en aplicación segura al menos 1 semana antes con:
Esta fase puede estar dirigida a una visita de revisión ya programada o a una visita solicitada por el propio paciente para resolver dudas o abordar una reagudización de la enfermedad.
El departamento de alergia deberá disponer de un servicio de mensajería segura para que el paciente pueda solicitar una visita en cualquier momento.
Se realiza mediante llamada telefónica o plataforma para videoconsultas. Se aconseja realizar consultas síncronas aunque la disposición de consultas asíncronas puede ayudar a mejorar la accesibilidad del sistema y su usabilidad para el paciente. Durante el su desarrollo de la consulta se abordarán los siguientes aspectos:
Iniciar siempre la consulta presentándonos
Control actual de la urticaria: Se evalúan el UAS7 y UCT, la presencia de síntomas nocturnos con su afectación al sueño, el número de reagudizaciones sufridas desde la última visita, las posibles visitas a urgencias, necesidad de toma de alguna dosis más de antihistamínico de rescate y de corticoesteroides orales. Preguntar siempre por tolerancia al ejercicio/esfuerzo y práctica actual de deporte/tipo.
Evaluación de la adhesión terapéutica: Dentro del UAS7, si se ha saltado alguna dosis.
Evaluación de tratamiento con fármaco biológico en urticaria crónica (si pertinente): Interrogar sobre posibles efectos adversos inmediatos y tardíos, cumplimiento de las dosis, deseo de administración hospitalaria o domiciliaria y registro de número de dosis administradas desde inicio o última revisión. La disposición de sistemas de recordatorios a los pacientes con las fechas recomendadas de administración puede mejorar la adhesión.
Evaluación de factores agravantes: Interrogatorio sobre posibles signos y síntomas de infección (síntomas nasales, óticos o faríngeos, fiebre, malestar), estrés psicológico, ansiedad-depresión, introducción de nuevos fármacos, AINES, privación del sueño, alergia alimentaria, embarazo, urticaria física reproducible (dermografismo, frio/calor, presión, vibración, colinérgica …).
Solicitud de pruebas complementarias si se considera necesario: hemograma (ver volumen plaquetario medio y recuento de basófilos), proteína C-reactiva, VSG, anticuerpos antitiroideos, anticuerpos antinucleares, IgE total y dímero D.
Evaluación y ajuste del tratamiento: Adecuar el tratamiento en función de la situación actual de la enfermedad y el riesgo futuro de reagudización, lo que podría contemplar su mantenimiento, aumento o reducción de dosis del medicamento la mediación. Abordar de forma específica los factores agravantes actuales y las comorbilidades, y considerar la necesidad de una visita presencial temprana.
Actualizar o cambiar tratamiento sintomático si lo precisa en receta electrónica.
Programación de la siguiente visita: Programar la próxima cita en función del resultado de la consulta actual y la gravedad de la urticaria:
Dentro de esta programación pueden solicitarse pruebas complementarias si se considera necesario y que el paciente podrá aportar en una próxima consulta telemática o presencial.
Si tras 1 año de buen control de urticaria, sin precisar antihistamínicos, dar alta y recomendar únicamente consultar de nuevo en caso de reactivación.
Valorar realizar prueba de tolerancia oral con AINES selectivos de la COX2 en caso de historia de ECEA (enfermedad cutánea exacerbada por AINE).
Tras un ingreso hospitalario o visita a urgencias por una agudización de una urticaria es recomendable una consulta telemática a los 7 días.
La consulta remota debe quedar siempre reflejada en la historia clínica del paciente.
Finalizar siempre la consulta preguntando si queda alguna pregunta por responder.
Debe disponerse de correo electrónico seguro como mail corporativo.
Apps y páginas web en relación con urticaria crónica
UrticariAPP: https://apps.apple.com/es/app/urticariapp-control-urticaria/id1172388402
Artículo 10º
Los órganos directivos de la Sociedad estarán constituidos por:
1. Asamblea General de Socios.
2. Junta Consultiva.
3. Junta Directiva.
Artículo 11º
La Asamblea General es el órgano supremo de gobierno la Asociación y estará integrada por todos los asociados.
Artículo 12º
Las reuniones de la Asamblea General serán ordinarias y extraordinarias. La ordinaria se celebrará al menos una vez al año, las extraordinarias se celebrarán cuando las circunstancias lo aconsejen, a juicio del Presidente, cuando la Junta Directiva lo acuerde o cuando lo proponga por escrito una décima parte de los Asociados.
Artículo 13º
Las convocatorias de las Asambleas Generales se realizarán por escrito expresando el lugar, día y hora de la reunión así como el orden del día con expresión concreta de los asuntos a tratar. Entre la convocatoria habrán de mediar al menos quince días, pudiendo asimismo hacerse constar si procediera la fecha y hora en que se reunirá la Asamblea en segunda convocatoria, sin que entre una y otra pueda mediar un plazo inferior a media hora.
Artículo 14º
Las Asambleas Generales, tanto ordinarias como extraordinarias, quedarán válidamente constituidas en primera convocatoria cuando concurran a ella un tercio de los asociados con derecho a voto, y en segunda convocatoria cualquiera que sea el número de asociados con derecho a voto.
Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de las personas presentes cuando los votos afirmativos superen a los negativos, no siendo computables a estos efectos los votos en blanco ni las abstenciones.
Será mayoría cualificada de las personas presentes o representadas, que resultará cuando los votos afirmativos superen la mitad de éstas, para:
a) Acuerdo para constituir una Federación de asociaciones o integrarse en ellas.
b) Disposición o enajenación de bienes integrantes del inmovilizado.
c) Modificación de Estatutos.
d) Disolución de la entidad.
Artículo 15º
Son facultades de la Asamblea General Ordinaria:
a) Aprobar, en su caso, la gestión de la Junta Directiva.
b) Examinar y aprobar la Cuentas anuales.
c) Aprobar o rechazar las propuestas de la Junta Directiva en orden a las actividades de la Asociación.
d) Fijar las cuotas ordinarias o extraordinarias.
e) Cualquiera otra que no sea de la competencia exclusiva de la Asamblea Extraordinaria.
f) Acordar la remuneración, en su caso, de los miembros de los órganos de representación, de conformidad con lo establecido en el artículo 11.5 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de Marzo.
Artículo 16º
Corresponde a la Asamblea General Extraordinaria:
a) Nombramiento de los miembros de la Junta Directiva.
b) Modificación de los Estatutos.
c) Disolución de la Asociación.
d) Expulsión de socios, a propuesta de la Junta Directiva.
e) Constitución de Federaciones o integración en ellas.
Artículo 17º
17.1) Las Votaciones.
El voto de los miembros de la Asamblea General es personal e indelegable.
Los acuerdos se adoptarán por mayoría de los socios de Honor y Numerarios presentes. En caso de empate, será decisivo el voto del Presidente.
Las votaciones no deben interrumpirse por causa alguna.
Las modalidades de votación son:
a) Por asentimiento a la propuesta de la Junta Directiva cuando, una vez anunciada, no suscite reparo u oposición.
b) Pública, que es el carácter de procedimiento ordinario de votación. La votación pública u ordinaria se realizará por el sistema de levantados o sentados, por el de mano alzada o por llamamiento del Secretario de la Mesa a los distintos socios. Votarán en primer lugar quienes estén a favor de la propuesta que se someta a votación, en segundo lugar quienes estén en contra y, en tercer lugar, quienes se abstengan.
c) Secreta, que es la procedente en las distintas elecciones, cuando se vote una moción de censura, cuando lo solicite la décima parte al menos, de los miembros de pleno derecho presentes en la Asamblea General o a propuesta de la Junta Directiva. La votación secreta se hará en papeletas especialmente habilitadas, debiendo entregar a cada socio la suya al Presidente de la Asamblea, tras ser llamado por el Secretario de ésta.
Los electores que lo deseen, podrán emitir su voto por correo dirigido al Presidente de la Asamblea en un doble sobre: el primero contendrá nombre, fotocopia del D.N.I. y firma, y el segundo contendrá el voto en una papeleta igual a la exigida para el voto personal y permanecerá cerrado hasta que la aceptación se produzca. La recepción del voto por correo terminará la víspera del día de la votación. Los sobres serán abiertos públicamente por el Secretario en el momento del escrutinio.
A fin de agilizar estas votaciones, la Junta Directiva podrá consensuar otro procedimiento, siempre que garantice absolutamente la pureza de la votación.
17.2) De las actas de las Sesiones.
En el Acta de las sesiones de la Asamblea General debe hacerse una relación fiel y sucinta de las incidencias y acuerdos, recogiéndose los resultados de las votaciones y el texto de las resoluciones si las hubiere. El Acta debe ser firmada por el Presidente y el Secretario de la Junta Directiva.
El Acta ha de depositarse en la Secretaría de la SEAIC, dentro de los sesenta días naturales siguientes a la celebración de la sesión, y de ella se mandará copia a todos los socios.
Se entenderá que el Acta se da por aprobada provisionalmente si no se hubiese efectuado ninguna reclamación al respecto en los siguientes sesenta días naturales a su envío.
En caso de haberse recibido alguna alegación, se someterá ésta a la consideración de la Asamblea General en la siguiente Sesión, figurando en el orden del día de la misma.
Artículo 18º
Estará constituida por los ex-presidentes de la Sociedad, que elegirán un Presidente de entre ellos. Actuará de Secretario el último de sus miembros en relación a su ingreso en la Junta Consultiva.
Artículo 19º
Serán funciones de la Junta Consultiva:
a) Actuar en aquellos asuntos que afectan a la ética de la Sociedad y asesorar a la Junta Directiva en cuantos asuntos sea requerida.
b) Elevar a la Asamblea General, a través de la Junta Directiva, cuantos asuntos crea necesarios.
c) La duración de los cargos de la Junta Consultiva se corresponderá con la de Junta Directiva que le dé posesión.
Artículo 20º
Constitución de la Junta Directiva
La Sociedad estará regida por una Junta Directiva compuesta por un Presidente, un Presidente electo, un Vicepresidente, un Secretario, un Vicesecretario-Tesorero y diez Vocales. Todos los cargos de la Junta Directiva serán elegidos por la Asamblea General Extraordinaria. La duración del mandato será de cuatro años para todos sus miembros, renovándose por mitades cada dos años; primero el Vicepresidente, el Vicesecretario-Tesorero y cinco Vocales; y después el Presidente, el Secretario y los cinco Vocales restantes. Los miembros de la Junta Directiva no podrán ser reelegidos para el mismo cargo de inmediato, pero sí reelegidos posteriormente. Quedan exceptuados los cargos técnicos: Secretario y Vicesecretario-Tesorero que podrán ser reelegidos de inmediato. El Presidente electo será elegido dos años antes de la finalización del mandato del Presidente al que debe suceder.
Artículo 21º
1º. Candidaturas:
1.a) Convocadas las elecciones por el Presidente de la Junta Directiva, se abrirá un período de presentación de candidaturas durante un plazo de treinta días naturales.
Los candidatos para cualquier cargo de la Junta Directiva de la Sociedad deberán ser socios de honor o numerarios de la misma, reunir las condiciones exigidas por la legislación vigente y tener la plenitud de sus derechos como tales con una antigüedad de al menos dos años.
1.b) Cada candidatura, individual o colectiva, dirigida al Presidente de la Junta Directiva, deberá ser propuesta por diez miembros numerarios o de honor, incluirá el programa de actuación, e irá acompañada de una declaración de los candidatos afirmando que están dispuestos a aceptar el cargo, en caso de ser elegidos.
Las candidaturas deberán estar en poder de la Junta Directiva al menos tres meses antes de la fecha de las elecciones y comunicadas con sus respectivos programas de actuación, a todos los miembros con derecho a voto, al menos dos meses antes de la citada fecha de elección.
Posteriormente se abrirá un período de campaña electoral de un mínimo de treinta días naturales de duración, a fin de que todos los candidatos puedan dirigirse a los electores.
2º. Elección:
La Junta Directiva debe comunicar a los electores mediante una convocatoria de Asamblea General Extraordinaria, con un mínimo de treinta días naturales, el día, hora, lugar y demás circunstancias de la elección.
La elección se realizará mediante voto directo y secreto de los electores, en papeletas que se confeccionarán para ello. En cada una de estas papeletas debe figurar el cargo y nombre de todos los candidatos. Sólo se podrá emitir un voto por cada vacante convocada, independiente de la candidatura a que pertenezca.
Cada elector deberá depositar su voto en una urna, debidamente acreditado.
3º. Voto por correo:
Los electores podrán votar por correo dirigido al Presidente de la Junta Directiva en un doble sobre: el primero contendrá el nombre, fotocopia del D.N.I. y firma, y el segundo, contendrá el voto en una papeleta igual a la exigida para el voto personal y permanecerá cerrado hasta quela aceptación se produzca. La recepción del voto por correo terminará la víspera del día de la votación. Los sobres serán abiertos públicamente por el Secretario en el momento del escrutinio.
El voto por correo sólo será válido en la primera votación y el voto personal anula el voto por correo.
4º. Escrutinio:
El escrutinio será realizado por una mesa constituida por el Secretario, Vicesecretario-Tesorero, un vocal designado por el Presidente, y un delegado de cada una de las candidaturas presentadas, procediendo en primer lugar al escrutinio del voto personal, seguido del escrutinio del voto por correo.
5º. Proclamación:
Realizado el escrutinio, serán proclamados electos, en primera votación, los candidatos que obtengan la mayoría simple de los votos emitidos.
El Secretario de la Junta Directiva levantará acta de la sesión, haciendo constar el número de participantes en las votaciones, los votos por correo y el resultado de la elección, y se comunicará durante el transcurso de la Asamblea.
Si se produjesen empates entre varios candidatos, se procederá a una segunda votación entre los que, manteniendo su candidatura, hayan obtenido igual número de votos. En esta segunda votación será proclamado electo aquel que obtenga mayor número de votos, y se realizará mediante nueva convocatoria de Asamblea General Extraordinaria.
Artículo 22º
Vacantes
En caso de quedar vacante la Presidencia antes del término de su mandato, este cargo pasará a ser ocupado con carácter accidental por el Vicepresidente hasta completar el término de su mandato. Las vacantes de Secretario se cubrirán por el Vicesecretario-Tesorero y las de éste por el vocal que designe la Junta Directiva. Las vacantes de vocales no serán cubiertas hasta la fecha que corresponda la renovación de la Junta Directiva.
Artículo 23º
Funciones de la Junta Directiva
La actuación de la Junta Directiva se hará con arreglo a las normas siguientes:
a) Será competencia de la Junta Directiva el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 4º de estos Estatutos:
1. Propondrá a la Asamblea General los posibles Presidentes y Sedes de los Congresos y Simposios de la Sociedad. Las propuestas de Sede se enviarán debidamente detalladas y documentadas a la Junta Directiva al menos 3 meses antes de la reunión que debe decidir el asunto. Asimismo los candidatos a Presidente del Congreso enviarán una aceptación por escrito para el caso de ser elegidos. La Junta Directiva estudiará las propuestas y las que en su criterio reúnan las condiciones requeridas las elevará a la Asamblea para su definitiva designación.
2. La Junta Directiva nombrará el Comité Científico de las reuniones científicas de la Sociedad, que elaborará una propuesta de los temas a tratar. Los temas definitivos serán elegidos por el Comité Científico y la Junta Directiva conjuntamente.
3. La Junta Directiva designará al Presidente y cargos electivos de la Fundación de la SEAIC, que tendrán una duración de un máximo de 4 años.
b) Aunque es deseable la participación en las decisiones de todos los integrantes de la Junta Directiva, los asuntos de trámite y la realización de gestiones urgentes serán resueltos por el Presidente, Vicepresidente y el Secretario a los que se incorporará el Vicesecretario-Tesorero en ausencia de éste último o bien cuando se trate de asuntos que de alguna manera atañen a las finanzas de la Sociedad. Estos acuerdos se comunicarán a los restantes miembros de la Junta Directiva por escrito a la mayor brevedad posible.
c) Otros asuntos requerirán la consulta a todos los miembros de la Junta Directiva. La Junta Directiva se reunirá al menos dos veces al año para hacer examen del estado y funcionamiento de la Sociedad.
Otras funciones de la Junta Directiva en pleno serán:
1. Conocimiento del estado financiero de la Sociedad.
2. Preparación de los programas de trabajo que en cumplimiento de los Estatutos deba efectuar la Sociedad.
3. Designación conjuntamente con el Comité Científico, de los temas de Simposios, Reuniones Científicas o similares y de las personas a cuyo cargo debe ir su desarrollo.
4. Concesión de patrocinio, ayudas económicas y de otra posible clase a las actividades que los Estatutos de la Sociedad contemplan.
5. Admisión de socios en las condiciones que marcan los Estatutos.
6. Apertura, estudio y resolución de los diversos expedientes que en función de su cargo, los Estatutos de la Sociedad encomiendan.
7. Estudio y en su caso resolución de los asuntos que el Presidente de la Sociedad proponga.
8. Estudio y en su caso aprobación de los asuntos que a solicitud de cualquier miembro de la Junta Directiva queden incluidos en el Orden del Día de la Reunión pertinente.
9. Admisión y estudio de las propuestas que por escrito sean elevadas por miembros de la Sociedad.
Artículo 24º
Funciones de los miembros de la Junta Directiva
A. Serán funciones del Presidente:
1. Corresponderá al Presidente la representación de la Sociedad en todas las relaciones de la misma con los Poderes Públicos, Entidades Públicas, Corporaciones y Personas Jurídicas o naturales de cualquier orden, incluso ante los Tribunales y Juzgados que fueren menester, pudiendo a tal fin designar Letrados y Procuradores para la defensa de los intereses de la Sociedad.
2. Podrá delegar sus atribuciones en el Vicepresidente, o en cualquier otro miembro de la Junta Directiva.
3. Presidir la Asamblea General.
4. Presidir la Junta Directiva.
5. Velar por el cumplimiento de los Estatutos de la Sociedad.
B. Serán funciones del Vicepresidente:
1. Sustituir al Presidente cuando éste delegue en él por escrito.
2. Ocupar la Presidencia con carácter accidental en caso de vacante de la misma, hasta completar el término de su mandato.
3. Coordinar el trabajo, la organización y las funciones de los Comités de la Sociedad.
C. Serán funciones del Secretario:
1. Convocar por orden del Presidente las reuniones de los diversos órganos gestores de la Sociedad.
2. Cuidar de la apertura y desarrollo de los expedientes que se incoen en el seno de la Sociedad.
3. Levantar Actas de las Sesiones celebradas.
4. Expedir las certificaciones oportunas con autorización y visto bueno del Presidente.
5. Redactar la Memoria anual.
6. Custodiar la documentación oficial y social.
7. Controlar el fichero de asociados.
8. Cuantas otras funciones sean propias de su cargo.
El Secretario dispondrá de una Secretaría Técnica encargada de ejecutar todo el trabajo burocrático de la Sociedad.
La Secretaría Técnica tendrá su sede en el lugar que determine la Junta Directiva y su trabajo será supervisado por el Secretario de la Sociedad, que será responsable de su funcionamiento.
La vacante de Secretario será cubierta por el Vicesecretario hasta completar el término de su mandato.
D. Serán funciones del Vicesecretario-Tesorero:
El cuidado de las finanzas de la Sociedad.
E. Serán funciones de los Vocales:
Las derivadas del cumplimiento de los apartados precedentes y todas aquellas que les puedan ser encomendadas por la Junta Consultiva, la Junta Directiva o la Asamblea General.
Artículo 25º
Convocatoria y Constitución de la Reunión
El Secretario convocará la reunión a instancias del Presidente, tantas veces como el interés de la Sociedad lo exija, debiendo hacerlo con, al menos 15 días de antelación. La mitad más uno de los miembros de la Junta Directiva pueden solicitar en escrito dirigido al Presidente la convocatoria de una reunión.
La Junta Directiva se considerará válidamente reunida cuando estén presentes la mitad más uno de sus miembros. Los acuerdos se tomarán por mayoría simple de votos de los miembros presentes. En caso de empate se procederá a una nueva votación. De producirse un nuevo empate será decisivo el voto del Presidente.
La Junta Directiva no se considerará válidamente reunida sin la presencia del Presidente o por delegación de éste por escrito, la del Vicepresidente.
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