Artículo 1º
Con el nombre de Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica se constituye una Sociedad Profesional y Científica, sin ánimo de lucro, que se regirá por la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de Marzo, reguladora del derecho de Asociación y demás normas que la desarrollan, y por los presentes Estatutos.
Artículo 2º
Los fines de la Sociedad son:
Artículo 3º
La Sociedad tiene personalidad jurídica propia, con plena capacidad para adquirir y poseer toda clase de bienes, enajenarlos y venderlos, así como para celebrar cualquier tipo de contratos relacionados con sus fines, pudiendo comparecer ante Tribunales y Organismos, tanto públicos como privados.
Artículo 4º
Es competencia de la Sociedad:
Artículo 5º
La Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica se integra en la Asociación Internacional de Alergia e Inmunología Clínica. Para su futura integración o separación de cualquier organismo nacional o extranjero será preceptiva la apertura del oportuno expediente por la Junta Directiva, cuya resolución final deberá ser aprobada por la Asamblea General.
Artículo 6º
De común acuerdo, las Sociedades o Asociaciones de la Especialidad actualmente existentes en el Estado Español y otras que en lo sucesivo lleguen a constituirse, podrán establecer relación con la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica, a través de un consejo de representantes de las distintas Sociedades o Asociaciones, sin menoscabo de las competencias de todas las sociedades. Este consejo tendrá carácter consultor y se regirá por una normativa de régimen interno.
Igualmente, en el seno de la propia Sociedad podrán establecerse distintas secciones de Alergología e Inmunología Clínica.
Artículo 7º
A propuesta de la Junta Directiva o de la Asamblea General Ordinaria, podrán crearse comités, grupos de trabajo o comisiones en el seno de la Sociedad con objetivos y fines determinados. El período máximo de actuación de cada Comité será hasta la renovación efectiva del cargo de Presidente de la Sociedad, y se regirán por las normas de funcionamiento que se determinen.
Artículo 8º
El domicilio de la Sociedad está en la calle del Comandante Zorita nº 13 (101-102), Madrid.
Artículo 9º
El ámbito de acción para las actividades de la Sociedad es el territorio español.
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Artículo 26º
La Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica estará constituida por personas naturales con capacidad de obrar y mayores de edad. En las condiciones que se determinan podrán pertenecer a la Sociedad, entidades de otra clase.
Artículo 27º
Los socios podrán ser: de Mérito, de Honor, Eméritos, Numerarios, Pre-Numerarios, Adheridos y Cooperadores.
a) Podrán ser Socios de Mérito aquellas personas nacionales o extranjeras que destaquen por sus merecimientos científicos en el campo de la Alergología y de la Inmunología Clínica o que hayan prestado relevantes servicios a la Sociedad. También podrán ostentar esta categoría aquellas personas que sin merecimientos específicos de la Especialidad lo tengan en otros campos de la ciencia. Para la concesión del Certificado de socio de Mérito, será preceptivo que la Junta Directiva abra el oportuno expediente y que eleve la correspondiente propuesta a la Asamblea General, sin cuya aprobación no será posible el nombramiento. Estarán exentos de pago de cuota y recibirán el oportuno diploma acreditativo de su categoría.
b) Podrán ser Socios de Honor los Presidentes de la Sociedad al acabar su mandato. Su designación será hecha por la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva. Tendrán los mismos derechos de los socios numerarios, estarán exentos del pago de cuota y recibirán el oportuno Diploma acreditativo de su categoría.
c) Podrán ser Socios Eméritos aquellos miembros Numerarios de la Sociedad, con antigüedad superior a 15 años, que hayan cumplido los sesenta y cinco años de edad o hayan cesado en su ejercicio profesional activo o sufran invalidez para el desarrollo de la profesión, acreditando documentalmente dichas circunstancias. Tendrán los mismos derechos de los socios numerarios, estarán exentos del pago de cuota y recibirán el oportuno Diploma acreditativo de su categoría. La admisión deber ser aprobada por la Junta Directiva.
Si a criterio de la Junta Directiva o por propuesta de la Asamblea General se considerara que algún miembro de la Sociedad no incluido en las condiciones anteriores merece esta categoría, se procederá a la apertura del correspondiente expediente por la Junta Directiva y en caso afirmativo la nominación precisará la aprobación de la Asamblea General.
d) Podrán ser Socios Numerarios aquellas personas que estén en posesión del título de licenciado o doctor en Medicina o grado académico correspondiente y del título oficial de especialista en Alergología. El candidato aportará una solicitud de admisión presentada por dos socios de Honor, Eméritos o Numerarios de la Sociedad y la correspondiente certificación del título de Especialista en Alergología. La admisión debe ser aprobada provisionalmente por la Junta Directiva, que enviará a los socios la lista de los candidatos y de sus valedores, por si existiera alguna objeción. Si transcurrido el plazo de 30 días, no hubiese objeción alguna, se considerarán definitivamente admitidos. En caso contrario, la admisión se decidirá en la Asamblea General. La Junta Directiva podrá admitir como socios Numerarios a los Especialistas en Inmunología o en otra rama de las Ciencias, que por su labor científica y profesional considere acreedores de ello; serán presentados por dos socios de Honor o Numerarios y aportarán un «curriculum vitae». Tendrán los derechos y deberes inherentes a su condición y recibirán el correspondiente diploma acreditativo.
e) Podrán ser Socios Pre-numerarios aquellas personas que estén cursando su formación para la obtención del título de especialista en Alergología. El candidato aportará una solicitud de admisión presentada por dos socios de Honor, Eméritos o Numerarios de la Sociedad y la correspondiente justificación de su período de formación. La admisión debe ser aprobada por la Junta Directiva. Tendrán los derechos y deberes inherentes a su condición y recibirán el correspondiente diploma acreditativo. Al adquirir el título de especialista en Alergología y comunicarlo documentalmente a la Junta Directiva, podrán pasar a ser socios Numerarios, con todos los derechos y obligaciones inherentes a su condición.
f) Podrán ser Socios Adheridos aquellas personas que no reuniendo las condiciones exigidas para ser socios Numerarios o Pre-Numerarios, demuestren sus reconocidos méritos científicos y profesionales en relación con la Alergología e Inmunología Clínica. Las propuestas de socios Adheridos deberán ser presentadas por dos socios de Honor, Eméritos o Numerarios y se acompañarán del «curriculum vitae» del solicitante. La admisión debe ser aprobada provisionalmente por la Junta Directiva, que enviará a los socios la lista de los candidatos y de sus valedores, por si existiera alguna objeción. Si transcurrido el plazo de 30 días, no hubiese objeción alguna, se considerarán definitivamente admitidos. En caso contrario, la admisión se decidirá en la Asamblea General.
g) Podrán tener la categoría de Socios Cooperadores aquellas personas, entidades, corporaciones, sociedades, agrupaciones, asociaciones o similares que por su cooperación y ayuda a los fines de la Sociedad, se hagan acreedores de ello. Para la concesión es preceptiva la apertura del correspondiente expediente por la Junta Directiva y su nombramiento debe ser aprobado por la Asamblea General. Recibirán el oportuno diploma acreditativo de su condición.
Artículo 28º
Serán derechos y deberes de los socios los siguientes:
a) Beneficiarse de los fines de la Sociedad y que estos Estatutos contemplan.
b) Todos los socios de Mérito, de Honor, Eméritos, Numerarios, Pre-Numerarios y Cooperadores tendrán un documento expedido por la Sociedad que acredite su condición.
c) Ser informados de todas las actividades de la Sociedad.
d) Los socios de Mérito tendrán voz y voto en la Asamblea General, pero no podrán ser elegidos para ocupar cargos directivos en la Sociedad.
e) Los socios de Honor, los socios Eméritos y los socios Numerarios tendrán desde el momento de su admisión voz y voto en la Asamblea General y podrán ser elegidos en las condiciones previstas por los Estatutos para desempeñar cargos directivos de la Sociedad.
f) Los socios Pre-Numerarios y los Adheridos tendrán voz en la Asamblea General pero no tendrán derecho a voto ni a ser elegidos para cargos directivos de la Sociedad.
Artículo 29º
Los socios podrán perder su condición de tales de la forma siguiente:
a) Por fallecimiento.
b) Por renuncia voluntaria.
c) Por falta injustificada de pago de cuotas durante dos años consecutivos. La baja por impago de cuotas irá precedida de advertencia por parte del Vicesecretario-Tesorero y el abono de todas las cuotas pendientes rehabilitará al interesado en todos sus derechos.
d) Por acuerdo de la Asamblea General a propuesta de la Junta Directiva, previa incoación del oportuno expediente y consecutivo a la certeza de que haya realizado alguna acción contraria a los fines e intereses de la Sociedad. Para ello se nombrará previamente un Instructor y un Secretario, ambos miembros de la Junta Directiva.
e) Por abandonar su periodo de formación.
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En el plan estratégico de la SEAIC, el objetivo básico de las Comisiones estriba en proporcionar estructura a nuestra sociedad en aspectos de muy diversa índole, para complementar el conocimiento y desarrollo científico que se genera a través de los Comités.
Formadas en su mayor parte por socios que han colaborado en la gestión de nuestra sociedad, así como de otros profesionales de reconocida experiencia, la composición actual de las Comisiones de la SEAIC, junto con sus objetivos, se recogen en el menú de la izquierda.
Coordinador: Dr. José Antonio Navarro Echeverría
Actualizado el día 27/11/2024
| El Comité de Formación Continuada ofrece a través de esta página las estancias formativas avaladas por la SEAIC (más información moviendo el cursor sobre la tabla para acceder a los enlaces). | ||||||
| Título | Contacto | Patrocinio | Centro | Fechas | Duración | Acreditación |
| El Comité de Formación Continuada ofrece a través de esta página las actividades de formación online que cuentan con el aval de la SEAIC (más información moviendo el cursor sobre la tabla para acceder a los enlaces). | |||||||
| Curso | Contacto | Patrocinio | Modalidad | Fechas | Duración | Acreditación | |
| Centros de referencia en Alergología Módulos: 1. Obstrucción nasal y provocación nasal. 2. Inmunoterapia oral con alimentos. 3. Desensibilización a fármacos. 4. Dermatitis de contacto y atópica grave. —————————————————-
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e-alergia | Menarini | Curso-taller | 2013 | 26 horas (6,5 h por módulo) |
Si | |
| Los aeroalérgenos como factor condicionante de la alergia respiratoria Módulos: 1. Gramíneas, olivo, plátano de sombra. 2. Ácaros, mohos y epitelios. 3. Parietaria, chenopodiaceas, ciprés. 4. Resumen de los resultados de PERFILAR. —————————————————-
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Esteve | Curso-taller | 2013 | ?? horas | Solicitada | ||
| Taller de identificación de lesiones cutáneas (Sesión final presencial en el congreso de 2014) —————————————————-
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Curso-taller | 2013 | ?? horas | Solicitada | |||
Siendo uno de los comités de más reciente creación, el Comité de Anafilaxia tiene, sin embargo, una razón de ser clave para los alergólogos y los pacientes alérgicos, al ser la anafilaxia una enfermedad alérgica grave, con consecuencias potencialmente letales. Además de estudios epidemiológicos, este comité centra su trabajo en la investigación de los mecanismos de la anafilaxia, así como en su prevención y tratamiento adecuados, haciendo hincapié en la formación tanto a otras profesionales sanitarios como a los pacientes alérgicos.
| Presidenta: | Victoria Cardona Dahl (Barcelona) |
| Vicepresidente: | José Antonio Navarro Echeverría (Guipúzcoa) |
| Secretaria: | Vanesa Esteban Vázquez (Madrid) |
| Miembros estables: | Alberto Alvarez-Perea (Madrid) Miriam Barrios Albajar (Madrid) Susana Cabrerizo Ballesteros (Palencia) Karolina Esponda Juárez (Barcelona) Italo Nicolás Girao Popolizio (Vitoria) Jimena Laiseca García (Madrid) Joaquín Martín Lázaro (Lugo) Patricia Martínez Lezcano (Barcelona) Gustavo Jorge Molina Molina (Barcelona) Rosa María Muñoz Cano (Barcelona) Ana Nieto Nieto (Madrid) Carolina Perales Chorda (Valencia) Ana Prieto-Moreno Pfeifer (Madrid) Yolanda Puente Crespo (Sevilla) Marta Reguero Capilla (Sevilla) Filip Skrabski (Tarragona) Miguel Ángel Tejedor Alonso (Madrid) Horacio Sebastián Caligaris Cataldi (Toledo) Jose Luis Cubero Saldaña (Huesca) Carolina Elduque Mora (Barcelona) David Enrique Loli Ausejo (Barcelona) Yolanda Puente Crespo (Sevilla) Carlos Villalobos Vilda (Madrid) |
Actualizado el día 17/01/2024
La Junta Directiva de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC), que agrupa a más de 1.800 profesionales, principalmente médicos especialistas en Alergología de los ámbitos público, privado y mixto, y que tiene como objetivo velar por los intereses profesionales, formativos, docentes, investigadores y científicos de sus asociados, manifiesta su rechazo al actual borrador de modificación del Estatuto Marco del personal estatutario de los servicios de salud (Ley 55/2003) proporcionado recientemente por el Ministerio de Sanidad.
Este posicionamiento está en la misma línea de las declaraciones presentadas por la Organización Médica Colegial (OMC), la Federación Española de Sociedades Científico Médicas (FACME), los distintos sindicatos de la profesión médica y múltiples Sociedades Científicas Médicas.
La SEAIC comparte que, en su versión actual, el borrador de modificación del Estatuto Marco no refleja ni resguarda adecuadamente las particulares condiciones laborales, formativas y de responsabilidad propias de la profesión médica. Por esta razón, manifestamos nuestro rechazo y solicitamos a las autoridades competentes que revisen, negocien y modifiquen el Estatuto con el fin de garantizar el reconocimiento y la adecuada protección del colectivo médico.
Por todo ello, queremos adherirnos a las diferentes concentraciones convocadas por las organizaciones sindicales que, en contra del actual borrador y reclamando un Estatuto propio para la profesión médica, se convocan estos días en las diferentes Comunidades Autónomas, y a la convocatoria en Madrid el sábado 22 de marzo de 12:00 a 14:00, bajo el lema “Por un estatuto propio de la profesión médica y facultativa”, que saldrá de la Plaza de las Cortes, frente al Congreso de los Diputados y la sede de la Organización Médica Colegial (OMC) y que transcurrirá hasta el Ministerio de Sanidad.
La Junta Directiva de la SEAIC anima a todos los médicos y profesionales sanitarios a participar activamente en las movilizaciones en defensa de sus derechos laborales y condiciones profesionales.
En Madrid, a 10 de marzo de 2025
Junta Directiva de la Sociedad Española de Alergología e Inmunología Clínica (SEAIC)
Comunicado oficial SEAIC borrador del Estatuto Marco (1773 descargas )
Contenido disponible sólo para socios.
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Ya está disponible el visor de casos clínicos de residentes en Alergología, donde se pueden consultar los casos presentados en 2011 así como los premios a los mejores trabajos de cada sección.
Acceda a la página desde aquí o desde el enlace de la columna central.
La Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios informa que, ante la escasa disponibilidad actual de unidades se ha hecho precisa la importación de Epipen autoinyector, disponible en los centros de dispensación de medicamentos extranjeros.
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Se adjunta el acta de la reunión del Comité de Inmunoterapia, celebrada en Gran Canaria el 24 de octubre de 2019.
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